Norma Legal Oficial del día 03 de Abril del año 1998 (03/04/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, viernes 3 de MORDAZA de 1998
EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS MORDAZA POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

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En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, y; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de Los MORDAZA ha suscrito Convenios de Ejecucion de Obras con las siguientes Organizaciones de Base: Asoc. "Micaela Bastidas" - Convenio Nº 005-95 aprobado con R.A. Nº 999-95, Asoc. "Hijos de Taurija" - Convenio Nº 015-95 aprobado con R.A. Nº 639-95, Asociacion "Santa Maria", Coop. "El Olivar" - Convenio Nº 004-95 aprobado con R.A. Nº 713-95, A.H. "Daniel MORDAZA Carrion", A.H. "San Alberto" - Convenio Nº 011-96 aprobado con R.A. Nº 262-96, Urb. "Micaela Bastidas" - Convenio Nº 002-97 aprobado con R.A. Nº 614-97 y Convenio Nº 004-97 aprobado con R.A. Nº 959-97, Asoc. "Rio Santa" - Convenio Nº 00397 aprobado con R.A. Nº 619-97, Coop. "Mariscal Gamarra" Convenio Nº 011-97 aprobado con R.A. 1235-97, Coop. "Nstra. Sra. de Guadalupe" - Convenio Nº 010-97 aprobado con R.A. Nº 1234-97. Que, de acuerdo al Informe Nº 451-98-MDLO/DAT, la Direccion de Administracion Tributaria informa sobre el incumplimiento de pago de las letras de cambio giradas a raiz de los Convenios correspondientes a los anos 1995, 1996 y 1997, los cuales han generado a la fecha Intereses Moratorios y/o legales, lo que significa un incremento de las deudas pendientes de pago. Que, es politica de la actual Gestion Municipal promover la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentando el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion. Que, es potestad de la Municipalidad en uso de la autonomia politica, economica y administrativa que la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y la Constitucion Politica del Estado de 1993, regular y modificar el cumplimiento de las obligaciones MORDAZA mencionadas sin que esto tenga la calidad de transaccion ni produzca los efectos de esta. Que, se hace necesario otorgar a los deudores directos de las Letras de Cambio no pagadas, por esta unica vez, el beneficio de la Condonacion del Interes Moratorio y/o Legal respectivo, siendo obligados al pago de la deuda insoluta MORDAZA que les corresponde cancelar, tal como aparece en los respectivos Titulos-Valores (Letras de Cambio). Estando a lo expuesto y de conformidad con los Articulos 1º, 2º, 3º, 10º, 47º Inc. 2) y 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, POR UNANIMIDAD aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 008-98 SOBRE CONDONACION DEL INTERES MORATORIO Y/O LEGAL RESPECTIVO DE LAS LETRAS DE CAMBIO EMITIDAS, ACEPTADAS Y NO PAGADAS A LA FECHA DE VENCIMIENTO HASTA LA ACTUALIDAD, POR LOS POBLADORES DE LAS ORGANIZACIONES DE BASE QUE SUSCRIBIERON CONVENIOS DE EJECUCION DE OBRAS REALIZADAS POR ESTA MUNICIPALIDAD ENTRE LOS ANOS 1995, 1996 Y 1997 Articulo Primero.- Condonar el Interes Moratorio y/o Legal respectivo que se ha generado por el incumplimiento del pago en la fecha de vencimiento fijado en las Letras de Cambio emitidas y aceptadas por los pobladores de las urbanizaciones populares, que suscribieron Convenios de Ejecucion de Obras realizadas por esta Municipalidad los cuales se detallan a continuacion: Asoc. "Micaela Bastidas" - Convenio Nº 005-95 aprobado con R.A. Nº 999-95, Asoc. "Hijos de Taurija" - Convenio Nº 015-95 aprobado con R.A. Nº 639-95, Asociacion "Santa Maria", Coop. "El Olivar" - Convenio Nº 004-95 aprobado con R.A. Nº 713-95, A.H. "Daniel MORDAZA Carrion", A.H. "San Alberto" - Convenio Nº 011-96 aprobado con R.A. Nº 262-96, Urb. "Micaela Bastidas" - Convenio Nº 002-97 aprobado con R.A. Nº 614-97 y Convenio Nº 004-97 aprobado con R.A. Nº 959-97, Asoc. "Rio Santa" - Convenio Nº 003-97 aprobado con R.A. Nº 619-97, Coop. "Mariscal Gamarra" - Convenio Nº 011-97 aprobado con R.A. Nº 1235-97, Coop. "Nstra. Sra. de Guadalupe" Convenio Nº 010-97 aprobado con R.A. Nº 1234-97. Articulo Segundo.- El Beneficio mencionado en el articulo precedente sera de aplicacion exclusiva para aquellos pobladores-deudores de las urbanizaciones populares MORDAZA senaladas, que cumplan con cancelar el saldo total de sus respectivas deudas pendientes de pago con esta Municipalidad en un plazo de 5 meses contados a partir de la fecha de publicacion de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Encarguese a la Direccion de Administracion Tributaria, Direccion de Administracion y Oficina de Asesoria Legal la implementacion y cumplimiento de la presente Ordenanza, asi como a la Unidad de Relaciones Publicas e Imagen Institucional la correspondiente difusion de la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3559

Aprueban Manual de Normas y Procedimientos para la Gestion de Cobranzas Coactivas de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 011-98/CDLO Los MORDAZA, 30 de marzo de 1998 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOS MORDAZA POR CUANTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta, POR MAYORIA aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 011-98/CDLO QUE APRUEBA LA DIRECTIVA: "MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA GESTION DE COBRANZAS COACTIVAS DE LA MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS" Articulo Primero.- APRUEBESE la Directiva Nº 001-98, sobre "MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA GESTION DE COBRANZAS COACTIVAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS"; que consta de once Numerales y dos Disposiciones Transitorias, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- FACULTESE al Despacho de Alcaldia para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias que permitan la implementacion de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- ENCARGUESE a Direccion Municipal, Direccion de Administracion Tributaria y Ejecutoria Coactiva, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DIRECTIVA Nº 001-98 MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA GESTION DE COBRANZAS COACTIVAS 1. BASE LEGAL: - Decreto Legislativo Nº 816 - Codigo Tributario. - Decreto Ley Nº 17355 - Sobre Procedimientos Coactivos. - Ley Nº 23853 -Ley Organica de Municipalidades - Decreto Legislativo Nº 767 - Compilados por el Decreto Supremo Nº 017-93-JUS - Ley Organica del Poder Judicial. - Decreto Legislativo Nº 768 - Codigo Procesal Civil. - Ley Nº 25035 - Ley de Simplificacion Administrativa. - Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Reglamento de la Simplificacion Administrativa. - Decreto Ley Nº 26111 - Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, compilados por Decreto Supremo Nº 002-94-JUS. 2. DE LA EJECUCION COACTIVA MUNICIPAL 2.1 La ejecucion coactiva es facultad de la Administracion Municipal que tiene por objeto el ejercicio de la coercion para la obtencion de deudas exigibles tributarias o administrativas que no hubieren sido canceladas oportunamente. Dicha facultad se ejerce por intermedio del Ejecutor Coactivo, en base a las normas del Codigo Tributario - Decreto Legislativo Nº 816 y el Decreto Ley Nº 17355, de acuerdo a la naturaleza de la deuda. 2.2 En el ejercicio de la coercion para la captacion de recursos tributarios, el Ejecutor Coactivo, aplicara las Normas contenidas en el Codigo Tributario y en la cobranza de diversas Rentas Municipales, que no tengan origen tributario (Multas Administrativas), el Ejecutor Coactivo aplicara las normas contenidas en el Decreto Ley Nº 17355, y en ambos casos, las normas sobre ejecucion contempladas en los Articulos del 608º al 672º y 725º al 748º del Codigo Procesal Civil. 2.3 El Ejecutor Coactivo sera responsable de la formacion, conservacion, seguridad y custodia de los valores, los que deberan permanecer en el ambiente de cobranza coactiva designado por la Administracion Municipal. 2.4 Los Auxiliares Coactivos seran los que actuen en los procedimientos de cobranza coactiva, atendiendo a los contribuyentes dentro de las instalaciones del municipio en el ambiente designado para este fin.

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