Norma Legal Oficial del día 03 de Abril del año 1998 (03/04/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, viernes 3 de MORDAZA de 1998

NORMAS LEGALES

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das en dicha MORDAZA y las establecidas en el Plan de Ordenamiento de la Pesqueria del recurso Merluza, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 107-98-PE. CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente Convenio tiene por objeto garantizar el fiel y cabal cumplimiento de las obligaciones a cargo del "EL ARMADOR" o "LA EMPRESA" comprendidas en la Resolucion Ministerial Nº 163-98-PE de la cual el presente anexo forma parte integrante. CLAUSULA TERCERA: OBLIGACIONES La suscripcion del presente Convenio genera a cargo del "EL ARMADOR" o "LA EMPRESA" las siguientes obligaciones: a) Contar con permiso de pesca vigente para la extraccion del recurso merluza otorgado por el Ministerio de Pesqueria de conformidad al Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca y su Reglamento; b) Estar incluido en el Anexo I del Decreto Supremo Nº 00897-PE o haber sido incorporado al indicado anexo, mediante la Resolucion correspondiente; c) Utilizar en las faenas de pesca redes de arrastre de fondo con un tamano minimo de malla de 3 pulgadas (90 mm.) en el copo; d) Contar con sistema de preservacion a bordo debidamente operativo y/o MORDAZA con hielo en cantidad adecuada para la preservacion del recurso; e) Descargar el recurso merluza solo a los establecimientos industriales pesqueros, cuyos representantes hayan suscrito el convenio correspondiente ante la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero del Ministerio de Pesqueria; f) Brindar las facilidades que el caso requiera para el normal cumplimiento de las labores de seguimiento y control de las actividades de extraccion a la entidad que se encargue de la verificacion de artes de pesca, sistema de preservacion a bordo y volumenes de descarga de las embarcaciones pesqueras arrastreras de mayor escala y de las inspecciones tecnicas de la actividad de procesamiento de los establecimientos industriales pesqueros dedicados al MORDAZA productivo de congelado, asi como a los inspectores acreditados por los organos del Ministerio de Pesqueria y las Direcciones Regionales y Subregionales de Pesqueria; y, g) Cumplir con las demas normas establecidas en la Resolucion Ministerial Nº 163-98-PE de la cual el presente anexo forma parte integrante y en las correspondientes al Plan de Ordenamiento de la Pesqueria del recurso Merluza, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 107-98-PE. CLAUSULA CUARTA: COMPROMISO GENERAL "EL ARMADOR" o "LA EMPRESA" asume el compromiso de efectuar las faenas de pesca del recurso merluza conforme al MORDAZA de pesca responsable que rige el Derecho Pesquero, en tal sentido, se compromete a asegurar la conservacion y racional aprovechamiento del recurso hidrobiologico objeto del presente convenio. CLAUSULA QUINTA: COMPROMISOS ESENCIALES a) "EL ARMADOR" o "LA EMPRESA" declara asumir como compromiso esencial de este convenio, el acogimiento a la Resolucion Ministerial Nº 163-98-PE de la cual el presente anexo forma parte integrante, y las condiciones dispuestas en la misma, asi como las establecidas en el Plan de Ordenamiento de la Pesqueria del recurso Merluza, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 107-98-PE. b) "EL ARMADOR" o "LA EMPRESA" declara asumir como compromiso esencial que el incumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente convenio, MORDAZA lugar a la suspension total de sus efectos juridicos por un plazo de tres (3) dias calendario contado a partir del dia siguiente de la notificacion que efectue la Direccion Nacional de Extraccion del Ministerio de Pesqueria. La reincidencia duplicara la referida suspension. CLAUSULA SEXTA: PLAZO DE DURACION El presente Convenio tendra como plazo de duracion, la vigencia establecida en el Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 163-98-PE de la cual el presente anexo forma parte integrante. Las partes declaran su plena conformidad con cada una de las clausulas comprendidas en el presente Convenio, el mismo que se

suscribe en original y tres (3) copias a los ......dias del mes de............................de mil novecientos noventiocho. ....................................................... POR EL MINISTERIO DE PESQUERIA Director Nacional de Extraccion .................................................. POR EL ARMADOR o EMPRESA

ANEXO II CONVENIO DE GARANTIA DE FIEL Y CABAL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y NORMAS CONTENIDAS EN LA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 163-98-PE POR LA QUE SE DISPONE EL PROCESAMIENTO DEL RECURSO MERLUZA EN LA MORDAZA UBICADA AL NORTE DE LOS 7° L.S., DURANTE EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE LAS 00.00 HORAS DEL DIA 7 DE MORDAZA Y 30 DE JUNIO DE 1998 Conste por el presente documento, el Convenio que celebran de una parte el MINISTERIO DE PESQUERIA con RUC Nº 13137196, con domicilio en MORDAZA Uno Nº 060 Urb. Corpac, San MORDAZA, representado por el Director Nacional de Procesamiento Pesquero del Ministerio Pesqueria, a quien en adelante se le denominara "EL MINISTERIO", y de otra parte el Establecimiento Industrial Pesquero ................................, con Licencia de Operacion otorgada mediante R.M/RD Nº............. con RUC Nº..................., domicilio ..............................., representado por ..........................................................., identificado con Libreta Electoral Nº........................, con poder inscrito en .................... ........................., de los Registros Publicos de............................., a quien en adelante se le denominara "LA EMPRESA", en los terminos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES La suscripcion del presente Convenio se realiza sobre la base de las disposiciones contenidas en la Resolucion Ministerial Nº 163-98-PE de la cual el presente anexo forma parte integrante, mediante la que el Ministerio de Pesqueria dispone que el recurso merluza solo podra ser procesado en los establecimientos industriales pesqueros con licencia de operacion vigente y que hayan cumplido con suscribir ante la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero del Ministerio de Pesqueria el presente convenio de garantia de fiel y cabal cumplimiento de las obligaciones contenidas en dicha MORDAZA y las establecidas en el Plan de Ordenamiento de la Pesqueria del recurso Merluza, aprobado mediante R.M. Nº 107-98-PE. CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente Convenio tiene por objeto garantizar el fiel y cabal cumplimiento de las obligaciones a cargo de los establecimientos industriales pesqueros comprendidos en la Resolucion Ministerial Nº 163-98-PE de la cual el presente anexo forma parte integrante. CLAUSULA TERCERA: OBLIGACIONES La suscripcion del presente Convenio genera a cargo del representante legal del Establecimiento Industrial Pesquero las siguientes obligaciones: a) Contar con Licencia de Operacion vigente para el procesamiento de productos pesqueros congelados otorgada por el Ministerio de Pesqueria de conformidad al Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca y su Reglamento; b) Orientar exclusivamente el recurso merluza para el procesamiento de productos para consumo humano directo y destinar a la elaboracion de harina de pescado solo los residuos que genere dicha actividad; c) Recibir el recurso merluza solo de las embarcaciones arrastreras, cuyos armadores hayan suscrito el Convenio correspondiente ante la Direccion Nacional de Extraccion del Ministerio de Pesqueria; d) Brindar las facilidades que el caso requiera para el normal cumplimiento de las labores de seguimiento y control de las actividades de procesamiento pesquero a la entidad que se encargue de la verificacion de artes de pesca, sistema de preservacion a bordo y volumenes de descarga de las embarcaciones pesqueras arrastreras de mayor escala y de las inspecciones tecnicas de la actividad de procesamiento de los establecimientos industriales pesqueros dedicados a la produccion de congelado, asi como a los inspectores acreditados por los organos del Ministerio de Pesqueria y las Direcciones Regionales y Subregionales de Pesqueria; y, e) Cumplir con las demas normas establecidas en la Resolucion Ministerial Nº 163-98-PE de la cual el presente anexo forma parte integrante y en las correspondientes al Plan de Ordena-

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