Norma Legal Oficial del día 22 de Agosto del año 1998 (22/08/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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MORDAZA, sabado 22 de agosto de 1998

JURADOS ELECTORALES ESPECIALES

Segundo.- Las agrupaciones politicas que a la fecha hayan solicitado al MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA la acreditacion de sus personeros, deberan adecuar su solicitud a lo dispuesto en la presente resolucion. Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA

Aprueban requisitos para acreditar per9392 sonerosde los Partidos Politicos, Alianza de Partidos yAgrupaciones indepen- Disponen recibir proyeccion de fondientes que intervendran en comicios dos y de fuente de financiamiento de municipales Organizaciones Politicas y Listas RESOLUCION No 003-98-JEEL/P Independientes que participen en la MORDAZA, 20 de agosto de 1998 provincia de MORDAZA
CONSIDERAN DO: Que. 10s Jurados Electorales Especiales tienen dentro de su misma iurisdiccion. la funcion de expedir las credenciales de los personeros de las agrupaciones que participen en los procesos electorales del Referendum u otras consultas populares; Que, se hace necesario establecer los requisitos administrativos que deben reunir las solicitudes de acreditacion de personeros ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, de los Partidos Politicosl &anza de Partidos y Agrupaciones Independientes, que participaran en los comicios municipales del 11 de octubre del ano en curso, en la jurisdiccion electoral de la provincia de Lima; Que, dichos requisitos se establecen con el objeto de inscribirlos en el Padron de Personeros v expedirles la credencial del MORDAZA Electoral Especial de Lima."que; los identifique y acredite como personeros Ate est.e Organo Electoral y an& la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de MORDAZA, sin perjuicio de exhibirse cuando se solicite el documento a que se refiere el Art. 128" de la Ley Organica de Elecciones, a efectos que pueda cumplir sus funciones con las facilidades del caso. v de acuerdo a lev: Que. asimismo. dichos requisitos se establecen, con el objeto de iden&ar debidamente a cada interesado, para asi dar "mayor seguridad al MORDAZA Electoral Municipal; Que, los requisitos establecidos deben sujetarse estrictamente a lo dispuesto en el Titulo VI capitulo 3 de los Personeros ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, d e la Ley N" 26859 - Ley Organica de Elecciones; -De conformidad con lo dispuesto por los incisos b) y d) del Art. 36" de la Ley N" 26486 Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones: Estando a lo acordado. SE RESUELVE: Primero.- Aprobar los reauisitos establecidos MORDAZA acreditar ante el MORDAZA Electora Especial de MORDAZA, a los personeros de los Partidos Politicos, Alianza de Partidos v Agrupaciones Independientes que intervendran en los comicios municipales del ll de octubre de 1998, que es como sigue: 1. Solicitud dirigida al senor Presidente del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, firmada por el Personero Nacional, del Partido Politico, Alianza de Partidos y Agrupacion Independiente que participa a nivel nacional. En caso d e ser solicitud de lista independiente a nivel provincial o distrital debera ser firmada por el candidato a MORDAZA respectivo. 2. Debera anexar a su solicitud lo siguiente. 2.1 MORDAZA de solicitud de inscripcion de la lista de candidatos ante la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Lima. 2.2 MORDAZA de acreditacion del Personero Nacional ante el MORDAZA Nacional de Elecciones (si fuere el caso,. 2.3 Relacion de personeros que se acredita, senalandose nombre completo, documento de identidad, domicilio, indicandose el cargo de personero a desempenar: (Titular, Alterno, Tecnico, Suplente) segun sea el caso. I2.4 Credencial expedida por la Agrupacion Politica para cada personero que acredita. 2.5 Para acreditar Personeros Tecnicos debe acompanarse certificado de experiencia en informatica. 2.6 Declaracion Jurada de no estar impedido para ejercer el cargo de cada personero que se acredite. 2.7 MORDAZA de 1,~ Libreta Electoral o Documento de Identidad de cada interesado. 2.8 Dos fotografias tamano carne a color o MORDAZA y negro por cada personero que se acredite. 3. Tener MORDAZA el derecho de sufragio del ciudadano que se acredita como personero. 4. Recabar, una vez aprobada su solicitud, la respectiva credencial que lo identificara como personero, inscrito ante el MORDAZA Electoral Especial de Lima. RESOLUCION W 004-98-JEEL MORDAZA, 21 de agosto de 1998 VISTO, el Oficio Circular N" 013-98-P/JNE del 13 de agosto de 1998, del MORDAZA Nacional de Elecciones; CONSIDERANDO: Que, los Jurados Electorales Especiales tienen dentro de su respectiva jurisdiccion, la obligacion de velar por el cumplimiento de las Resoluciones y Directivas del MORDAZA Nacional de MORDAZA, de las normas sobre organizaciones politicas y demas disposiciones referidas a la administracion de justicia electoral; Que, los Jurados Electorales Especiales instalados con motivo de las Elecciones Municipales del ll de octubre roximo, deben proceder a recibir la proyeccion de los fondos y de Pa fuente de financiamiento de las Organizaciones Politicas y de las Listas Independientes; Que, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, dentro de su jurisdiccion debe instruir, a dichas Organizaciones y Listas Independientes para que dentro de los sesenta (60) dias posteriores a la proclamacion de los resultados electorales, presenten la relacion de gastos, conforme lo establece el Articulo 183" de la Ley Organica de Elecciones N" 26859, debiendo cumplir con remitirla al MORDAZA Nacional de Elecciones; De conformidad con lo dispuesto en el inciso e) del Articulo 36" de la Ley W 26486 Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Primero.- Recepcionar la proyeccion de los fondos que seran invertidos durante el MORDAZA Electoral Municipal del ano en curso, y de la Fuente de Financiamiento de las Organizaciones Politicas y_ de las Listas Independientes que participen en la provincia de Lima. Segundo.- Instruir a los Partidos Politicos. Alianzas de Partidos y Listas Independientes que participaran ei el presente MORDAZA Electoral Municipal, en la jurisdiccion electoral de la provincia de MORDAZA, para que dentro de los sesenta dias posteriores a la Proclamacion de los resultados electorales, presenten al MORDAZA Nacional de Elecciones, como Declaracion Jurada, la relacion de gastos destinados a la MORDAZA Electoral correspondiente. Tercero.- Disponer que por Secretaria se efectuen las publicaciones respectivas para dar cumplimiento a lo dispuesto en los articulos precedentes. Cuarto.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA 9393

ONPE
Fusionan mesas de sufragio de diversas circunscripciones electorales y autorizan la realizacion de sorteo de miembros de mesa
RESOLUCION JEFATURAL No lOl-98-J/ONPE

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MORDAZA, 21 de agosto de 1998

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