Norma Legal Oficial del día 05 de Diciembre del año 1998 (05/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, sabado 5 de diciembre de 1998 dicacion de 3 ha 5,963 m2 de terrenos eriazos, ubicado en el fundo Los Cipreses, sector MORDAZA MORDAZA, del distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por haberlo incorporado a la actividad agropecuaria; Que el Informe N" 067/97-AG-UAD.LC/AAC.SPP, de 3 de noviembre de 1997, obrante a fojas 18, elaborado en base a la inspeccion ocular de fecha 21 de octubre de 1997, establece que el predio se encuentra en posesion y conduccion de los recurrentes, en el que se dedican a la crianza de porcinos y de aves de corral, donde, ademas de una vivienda de material noble, existen MORDAZA tambien de material noble, comederos de concreto, galpones para patos, verificandose la existencia de un molino y una mezcladora de alimentos asi como plantaciones de higos y huarangos, abasteciendose de agua mediante camiones cisternas; Que obran a fojas 30 y 31 el plano y memoria descriptiva del predio cuya extension total es de 3 ha 5,693 m2, ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que asimismo el Informe Legal N" 287-9%AG-UAD.LC/ OAJ, de 7 de agosto de 1998, de fojas 29 de la Iinidad Agraria Departamental Lima-Callao, senala que el predio no se encuentra inscrito a nombre de terceros y que no existe litigio sobre su posesion; Queenconsecuencia los recurrentes cumplen con los presupuestos del Articulo 17" del Reglamento de la Ley N" 26505, aprobado por Decreto Supremo N" 0 1 l-97-AG, al haber habilitado para la actividad agropecuaria; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley N" 25902; SE RESUELVE: Articulo l".- Determinar como eriazo e incorporar al dominio del Estado la superficie de 3 ha 5,963 m2 de terrenos eriazos, ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que forman parte de la presente resolucion, disponiendose que el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural gestione su inscripcion en el Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Publicos de Lima. Articulo 2".- Disponer que el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural otorgue el respectivo contrato de compraventa a precio de arancel de tierras eriazas a favor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Desideria MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, remitiendose el expediente al citado Proyecto Especial para los fines indicados. Registrese y comuniquese. MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 14197 hidrobiologicos, en su establecimiento industrial ubicado en la Mz. "A", Lotes N"s. 8 y ll, El Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, asimismo se caduca la autorizacion otorgada a la recurrente para trasladar la referida planta de enlatado del lote industrial ubicado en El Gran Trapecio, Mz. "A", Lotes Ns. 8 y ll a los Lotes N"s. 1,2,3, 26,27 y 28 de la Mz. "C", lotizacion industrial Gran Trapecio, Primera Etapa, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, al haberse vencido el plazo para dicho fin, otorgado con Resolucion Directoral N" 132-92-PE/DGT de 27 de octubre de 1992; Que la setima de las Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales del Reglamento de la Le General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N" Ol-94- %E, otorgo un plazo, MORDAZA por las Resoluciones Ministeriales N"s. 090-94-PE y 399-95-PE, para que los propietarios de establecimientos industriales y plantas de procesamiento pesquero, en las que sin previa autorizacion o licencia, se MORDAZA producido modificaciones de su capacidad instalada, adecuen la correspondiente licencia de operacion a las pertinentes disposiciones; Que mediante los escritos del visto, COMPANIA PES UERA SARIMON S.A., solicita licencia para la operacion 2e su planta de harina de pescado, en via de adecuacion a la Ley General de Pesca y su reglamento; Que la Direccion del Medio Ambiente, mediante Resolucion Directoral N" 016-95-PE/DIREMA de 6 de MORDAZA de 1995, en concordancia con el Oficio N" 741-98-PWIREMA de 29 de setiembre de 1998, aprueba el Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental presentado por COMPANIA PESQUERA SARIMON S.A., para el desarrollo de su actividad de harina de pescado a una capacidad de operacion de 80 ti; Estando a lo informado por la Direccion de Control de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesqueroen sus Informes NS. 027-97-PEiDNPP-Dc y 079-98-PE/DNPP-Dc de 19 de MORDAZA de 1997 y 8 de junio de 1998 respectivamente, que sustentan la procedencia tecnica de lo solicitado, y que indican que la recurrente ha cumplido con los requisitos establecidos en el Procedimiento N" 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N" OOl-98-PE, y con la opcion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en los Articulos 43" inciso d), 45" y 46" del Decreto Ley N" 25977 - Ley General de Pesca; los Articulos 59", 60" y 61" de su reglamento aprobado por Decreto Supremo N" Ol-94-PE; la Resolucion Ministerial N" 322-95-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo N" OlO-97-PE; SE RESUELVE: Articulo l".- Otorgar a COMPANIA PESQUERA SARIMON S.A., en adecuacion a la Ley General de Pesca y su reglamento, licencia para la operacion de su planta de harina de pescado en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Mz. "A", Lotes Ns. 8 y ll, El Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; con la siguiente capacidad instalada: Harina de pescado : 88 t/h de procesamiento de materia prima.

PESQUERIA
Otorgan licencia a empresa para la operacion de planta de harina de pescado en establecimiento industrial
RESOLUCION DIRECTORAL w 2 18-98-PE/DNPP MORDAZA, 26 de noviembre de 1998 Visto los escritos con Registros N"s. 002284,003654,005887, 01144,04284,0065097 de 23 de marzo, 12 de MORDAZA y 5 de agosto de 1994,28 de enero y 4 de MORDAZA de 1997 y 18-de junio de 1998, respectivamente, presentados por COMPANIA PESQUERA SARIMON S.A. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral N" 268-89-PWDGT de 27 de junio de 1989, se otorgo concesion a COMPANIA PESQUERA SARIMON S.A., para que se dedique a la transformacion de productos hidrobiologicos para consumo humano directo e indirecto desarrollando las actividades de enlatado ,v procesamiento de harina de residuos de pescado y especies desechadas, en su establecimiento industrial ubicado en el distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; fijandose en 4,260 cjs./turno la capacidad de produccion y en 82 ti la capacidad de reduccion, respectivamente; Que mediante Resolucion Directoral N" 032-94-PE/DNPP de 15 de diciembre-de 1994, se deja sin efecto la concesion otorgada a COMPANIA PESQUERA SARIMON S.A., mediante la Resolucion Directoral N" 268-89-PE/D(:T, en la parte correspondiente a la actividad, de enlatado de productos

Articulo 2".- COMPANIA PESQUERA SARIMON S.A., debera operar su planta de harina de pescado con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera. Asimismo debera implementar un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final y cumplir con la ampliacion de su Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental, y con la ejecucion del indicado estudio aprobado mediante Resolucion Directoral N"016-95-PFJDIREMA de 6 de MORDAZA de 1995, para la capacidad instalada de 88 t/h de conformidad con el Articulo 4" dela R.M. N" 322-95-PE y el incig!l;ilAkulo 3 de la R.M. N 645-97-PE. O.- El incumplimiento de lo establecido en el articulo precedente sera causal de caducidad del derecho otorgado. Artfculo 4".- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral N" 268-89-PE/DGT de 27 de junio de 1989 en lo correspondiente a la concesion y fijacion otorgada a COMPANIA PESQUERA SARIMON S.A., para que se dedique a la transformacion de productos hidrobiologicos para consumo humano indirecto a traves de su planta de harina de residuos de pescado y especies desechadas, con la capacidad de reduccion de 82 Wh. Articulo 5".-Transcribase la presente resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria Chimbote. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Procesamiento Pesquero 14201

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