Norma Legal Oficial del día 18 de Diciembre del año 1998 (18/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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tado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y a solicitud del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano a traves del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA), oficialmente acepta y aprueba la donacion de aproximadamente 100,649 toneladas metricas de alimentos del Gobierno Norteamericano, de las cuales 51,100 tm se usaran en Programas de Distribucion Directa y 49,549 tm se utilizaran para Monetizacion; Que, en virtud al Articulo 1: Aceptacion de la Donacion del referido instrumento, la donacion esta sujeta ala disponibilidad de los productos y de los fondos, pudiendo el donante sustituir los productos en parte o en su totalidad con un producto o productos apropiados y/o limitar el valor total de cada producto debido a la variacion de precios o a cualquier otro factor que pueda afectar esta donacion; Que, en el Articulo III: Ejecucion del Programa del mencionado Convenio de Donacion, se acuerda que los alimentos importados para la Distribucion Directa y Monetizacion seran de propiedad exclusiva de cinco organizaciones privadas sin fines de lucro, entre las cuales se encuentra la Agencia para el Desarrollo y Recursos Asistenciales Iglesia Adventista del MORDAZA Dia - ADRA Ofasa del Peru, quienes asumiran la responsabilidad total desde su recepcion en puertos peruanos, hasta la distribucion al beneficiario final, debiendo de utilizarlos en los Programas Sociales y de Apoyo Alimentario ejecutados por ellas y sus contrapartes; Que, mediante Decreto Ley N" 21942. se establece que las mercancias donadas provenientes del extranjero, consignadas entre otros, a las instituciones y organismos publicos, asi como las donadas por concepto de Cooperacion Tecnica Internacional y las consignadas a instituciones privadas debidamente acreditadas en sus respectivos sectores, orientadas afines asistenciales o educacionales en forma gratuita, gozaran de tratamiento preferencial en el Despacho por las Aduanas de la Republica y estaran libres de pago de derechos especificos y adicionales consolidados en el Arancel de Aduanas; no siendo requisito para estos casos, la expedicion de Resolucion Liberatoria, ni Licencia Previa de Importacion; Con las visaciones de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, Gerencia de Recursos Alimentarios, Gerencia de Operaciones, Gerencia de Asesoria Juridica y de la Gerencia General Administrativa; y, De conformidad alo establecido en el Decreto Legislativo N" 719, Decreto Ley N" 21942, Decretos Supremos N"s. 127Ol-PCM y 020-92-PCM, Resolucion Suprema N" 508-93PCM, Resolucion de Contraloria N" 122-98-CG, y Resolucion Ministerial N" 11 l-97-PROMUDEH. v: estando alas facultades conferidas al Presidente del ConsejO Directivo en el inciso n) del Articulo 20" del Reglamento de Organizacion y Funciones de PRONAA, aprobado por Decreto Supremo N" 003-98PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo lo.- Aceptar y aprobar la donacion procedente del Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, a nombre del Gobierno Peruano, destinada para laAgenciaparae1 Desarrollo y Recursos Asistenciales Iglesia Adventista del MORDAZA Dia ADRA OFASA DEL PERU, consistente en:
PUERTO: MATARANI PRODUCTO BULTOS TONELADAS BRUTAS 180308 60836 10023 230021 69758 77918 628.864 TONELADAS VALOR VALOR NETAS FOB US$ CIF USS 179900 31,926.86 41521.656 59075 19,509.60 23,002.432 10.000 3,565 90 4,418.388 229,500 43,308.82 55,906.066 69600 19,549.94 23.498.599 66,703.015 70005 61.95476 618.880 179,815.88 214,780.156

MORDAZA, viernes 18 de diciembre de 1998

MORDAZA, el mismo que esta enfocado en el acceso, disponibilidad y utilizacion de los alimentos con el fin de mejorar la seguridad alimentaria de la poblacion considerada como extremadamente pobre en el Peru. Articulo 3".- Encargara las Gerencias de Linea participen en el seguimiento de las acciones de logistica alimentaria (recepcion, almacenamiento, manejo, conservacion, transporte, distribucion y uso de los alimentos donados) que ejecuta la Agencia para el Desarrollo y Recursos Asistenciales Iglesia Adventista del MORDAZA Dia - ADRA Ofasa del Peru. La informacion obtenida como resultado del seguimiento efectuado, sera empleada en la evaluacion que realiza PRONAA, segun los terminos estipulados en el Convenio de Donacion de Ayuda Alimentaria de Titulo II para Monetizacion y Distribucion Directa entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de America. Articulo 4".- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, por intermedio de la Agencia para el Desarrollo Internacional - USAID. su imnortante contribucion. Articulo 5".- Transcribir la presente resolucion ala Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a la Contraloria General de la Republica (CGR) y a la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional (SECTI) del Ministerio de la Presidencia, dentro de los terminos de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VARA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo Programa Nacional de Asistencia Alimentaria 14762 RESOLUCION PRESIDENCIAL N° 250-98-PRONAA/P MORDAZA, ll de diciembre de 1998 VISTA: La solicitud de la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior - CARE-Peru, formulada mediante Carta N° CP # 0705 / 98 de fecha 7 de octubre de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto a traves del Memorando N" 397-98-GPP-PRONAA tramita la propuesta correspondiente, en atencion a lo solicitado por la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior - CARE-Peru, quien hace de conocimiento al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA el arribo de la nave "Merchant Principal" a los puertos de Callao, Matarani y Salaverry, trayendo alimentos correspondientes ala ayuda alimentaria para el ano 1998, para su distribucion directa; Que, el 29 de octubre de 1954, el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA y el Gobierno del Peru celebraron un Convenio referente a Suministros y Equipos Humanitarios, mediante el cual se otorgan facilidades a Agencias de Rehabilitacion y MORDAZA Voluntario No Lucrativas para la distribucion de productos agricolas alimenticios y la ejecucion de Programas de Asistencia Humanitaria; Que, en el MORDAZA del instrumento citado, el 4 de junio de 1998 se suscribe el Convenio de Donacion de Ayuda Alimentaria de Titulo II para Monetizacion y Distribucion Directa entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, por el que el Gobierno Peruano, representado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y a solicitud del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano a traves del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA), oficialmente acepta y aprueba la donacion de aproximadamente 100,649 toneladas metricas de alimentos del Gobierno Norteamericano, de las cuales 51,100 tm se usaran en Programas de Distribucion Directa y 49,549 tm se utilizaran para Monetizacion; Que, en virtud al Articulo 1: Aceptacion de la Donacion del referido instrumento, la donacion esta sujeta ala disponibilidad de los productos y de los fondos, pudiendo el donante sustituir los productos en parte o en su totalidad con un producto o productos apropiados y/o limitar el valor total de cada producto debido a la variacion de precios o a cualquier otro factor que pueda afectar esta donacion; Que, en el Articulo III: Ejecucion del Programa del mencionado Convenio de Donacion, se acuerda que los alimentos importados para la Distribucion Directa y Monetizacion seran de propiedad exclusiva de cinco organizaciones privadas sin fines de lucro, entre las cuales se encuentra la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior - CARE, quienes asumiran la responsabilidad total desde su recepcion en puertos peruanos hasta la distribucion al beneficiario final? debiendo utilizarlos en los Programas Sociales y de Apoyo Alimentario ejecutados por ellas y sus contrapartes;

Harma de Tngo 3,598 Hannadeh4al2c.mscya 2,395 Lentejas 200 Tngor Fortificado 4,590 1.392 Arveja Aceite Vegetal 3,792 TOTALES 15.967 PUERTO: CALLAO PRODUCTO Aceite Vegetal TOTALES

VALOR VALOR BULTOS TONELADAS TONELADAS BRUTAS N E T A S F O B USS CIF US$ 9,208 189205 165457 150,443.44 161,973.443 9,208 189.2% 165.457 150,443.44 161,973.443

PUERTO: SALAVERRY PRODUCTO Harina de Maiz con Soya Harma de Trigo Harina de maiz con Soya Lentejas Tngor fortificado Arveja TOTALES BULTOS TONELADAS 1TONELADAS BRUTAS NETAS 1,995 50,675 49875 59860 1,197 59 986 1,996 50701 49 900 200 10023 10,000 2,989 149789 149450 1,392 69766 69 600 9,769 390.932 366.675 VALOR FO B US$ 16,355.99 10,621 57 17,018.28 3,565.90 28,202.57 1954994 95,314.25 VALOR CIF US$ 19,318.210 13,813.630 19.944396 4,148.388 36,194.342 23,498.599 116,917.565

Articulo 2".- Emplear el referido volumen de alimentos donados en el MORDAZA del Programa "Desarrollo MORDAZA para la Seguridad Alimentaria" que ejecuta ADRA Ofasa del Peru en el

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