Norma Legal Oficial del día 18 de Diciembre del año 1998 (18/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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VISTO:

MORDAZA, viernes 18 de diciembre de 1998

Redistribuyen carga procesal entre los juzgados de paz letrado de El MORDAZA y de La MORDAZA y Cieneguilla, Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCIONADMINISTRATIVA No 3070980CSJL MORDAZA, 16 de diciembre de 1998. VISTO: El informe del doctor MORDAZA E. Lama MORDAZA, Presidente de la Comision de Especializaciones a Juzgados de Paz Letrados del Distrito Judicial de MORDAZA, de fecha dieciseis de diciembre de mil novecientos noventiocho; la Resolucion de Administracion No 189-98-P-CSJL de fecha diez de agosto de 1998. CONSIDERANDO: Que, la Comision de Especializacion de Juzgados de Paz Letrados del Distrito Judicial de MORDAZA, creado por R.A. NO 1899%P-CSJL, cumplio con exponer ante la Reunion de Gabinete de esta Corte Superior, celebrado el dia martes 15 de setiembre del presente ano, la propuesta general de Especializacion de los Juzgados de Paz Letrados en el Distrito Judicial de MORDAZA, aprobandose en la forma de esquemas basicos referidos a la especializacion y corporativizacion, conforme se verifica del acta respectiva de la referida Reunion de Gabinete. Que, habiendose implantado el Modulo Corporativo Manual en los Juzgados de Paz Letrados de El MORDAZA, MORDAZA, es necesario redistribuir la carga procesal entre dichos Juzgados, teniendo en cuenta su volumen y la especializacion que deben tener dichos Juzgados. Que, con la informacion estadistica proporcionada por los Magistrados de dichos juzgados al mes de diciembre del presente ano, y el informe de la referencia, corresponde la redistribucion de la Carga Procesal tomando como base los procesos abreviados, desalojos, obligacion de dar suma de dinero, Ejecutivo y procesos especiales iniciados por las AFP, los que se identificaran como Procesos Civiles; designando los que se encuentran en tramite a un solo magistrado teniendo en cuenta la actual carga procesal. Que, estando a lo expuesto de conformidad con lo establecido en el tercer parrafo del Art. 55" del TU0 de la Ley Organica del Poder Judicial, Art. 1" de la R.A. No 074-CME-PJ de fecha 1 de MORDAZA de 1996 y lo dispuesto en los incisos 1) y 3) del Art. 90" de la citada Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ASIGNAR al Primer Juzgado de ,Paz Letrado de El MORDAZA, el conocimiento exclusivo de los Procesos Civiles en tramite hasta la expedicion del fallo definitivo o de la resolucion que ponga fin al MORDAZA, asi como los que se inicien en adelante. Articulo Segundo.- ASIGNAR al MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de El MORDAZA el conocimiento de los Procesos Civiles en Ejecucion de Resolucion Judicial firme, Procesos de Familia, Procesos Penales, Procesos No Contenciosos y Procesos Laborales que son de competencia de los Juzgados de Paz Letrados. Articulo Tercero.- ENCARGAR a los doctores MORDAZA Enri ue Lama MORDAZA e MORDAZA Hasembank MORDAZA, integrantes de la8 omision de Especializacion e Implementacion de Modulos Coorporativos en Juzgados de Paz Letrado, la Fiscalizacion de `la Ejecucion de la presente resolucion, en coordinacion con los m a `strados del distrito de El MORDAZA y del Administrador del Mof Coorporativo Manual de los Juzgados de Paz Letrado de ulo dicho distrito, dando cuenta a este despacho. Articulo Cuarto.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaria Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Fiscalia de la Nacion y de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico para los fines pertinentes. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA IBAZETA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 14842 RESOLUCIONADMINISTRATIVA w 30%9%P-CSJL MORDAZA, 16 de diciembre de 1998. ,

El informe del doctor MORDAZA E. Lama MORDAZA, Presidente de la Comision de Especializaciones a Juzgados de Paz Letrados del Distrito Judicial de MORDAZA, de fecha dieciseis de diciembre de mil novecientos noventiocho; la Resolucion de Administracion N 189-98-P-CSJL de fecha diez de agosto de 1998. CONSIDERANDO: Que, la Comision de Especializacion de Juzgados de Paz Letrados del Distrito Judicial de MORDAZA, creado por R.A. No 18998-P-CSJL, cumplio con exponer ante la Reunion de Gabinete de esta Corte Superior, celebrado el dia martes 15 de setiembre del presente ano, la propuesta general de Especializacion de los Juzgados de Paz Letrados en el Distrito Judicial de MORDAZA, aprobandose en la forma de esquemas basicos referidos a la especializacion y corporativizacion, conforme se verifica del acta respectiva de la referida Reunion de Gabinete. Que, habiendose implantado el Modulo Corporativo Manual en los Juzgados de Paz Letrados de La MORDAZA y Cieneguilla, MORDAZA, es necesario redistribuir la carga procesal entre dichos Juzgados, teniendo en cuenta su volumen y la especializacion que deben tener dichos Juzgados. Que, con la informacion estadistica prorporcionada por los Magistrados de dichos juzgados al mes de diciembre del presente ano, y el informe de la referencia, corresponde la redistribucion de la Carga Procesal tomando como base los procesos abreviados, desalojos, obligacion de dar suma de dinero, Ejecutivo y procesos especiales iniciados por las AFP, los que se identificaran como Procesos Civiles; designando los que se encuentran en tramite a un solo magistrado teniendo en cuenta la actual carga procesal. Que, estando a lo expuesto de conformidad con lo establecido en el tercer parrafo del Art. 55" del TU0 de la Ley Organica del Poder Judicial, Art. 1" de la R.A. No 074-CME-PJ de fecha 1 de MORDAZA de 1996 y lo dispuesto en los incisos 1) y 3) del Art. 90" de la citada Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ASIGNAR al Primer Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA y Cieneguilla, el conocimiento exclusivo de los Procesos Civiles en tramite hasta la expedicion del fallo definitivo o de la resolucion que ponga fin al MORDAZA, asi como los que se inicien en adelante . Articulo Segundo.- ASIGNAR al MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA y Cieneguilla, el conocimiento de los Procesos Civiles en Ejecucion de Resolucion Judicial firme, Procesos de Familia, Procesos Penales, Procesos No Contenciosos y Procesos Laborales que son de competencia de los Juzgados de Paz Letrados. Articulo Tercero.- ENCARGAR a los doctores MORDAZA MORDAZA Lama MORDAZA e MORDAZA Hasembank MORDAZA, integrantes de la Comision de Especializacion e Implementacion de Modulos Coorporativos en Juzgados de Paz Letrado, la Fiscalizacion de la Ejecucion de la presente resolucion, en coordinacion con los magistrados del distrito de La MORDAZA y Cieneguilla y del Administrador del Modulo Coorporativo Manual de los Juzgados de Paz Letrado de dicho distrito, dando cuenta a este despacho. Articulo Cuarto.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Comisihn Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaria Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Fiscalia de la Nacion y de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico para los fines pertinentes. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA IBAZETA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 14843

J N E'
Declaran infundados recursos de nulidad de elecciones municipales realizadas en el distrito de San MORDAZA de Quinti y en las provincias de Maranon y Huancayo
RESOLUCION W 1273098vJNE MORDAZA, 10 de diciembre de 1998

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