Norma Legal Oficial del día 18 de Diciembre del año 1998 (18/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, viernes 18 de diciembre de 1998

CClPerlWIU)

49'11

Pig. 167437

Costanera y la Av. MORDAZA, el ex fundo MORDAZA y la ex Hacienda Maranga es automatica, quedando acreditada con la informacion que posee la Oficina de Rentas, sin perjuicio de la fiscalizacion posterior que pueda practicarse. Articulo 4O.m Los propietarios u ocupantes de un solo inmueble o establecimiento comercial o de servicios, que se encuentren en condicion socioeconomica precaria, calificados y reconocidos por la Municipalidad podran ser exonerados en forma parcial o total de cualquier Arbitrio o Tasa. Articulo 5O.g La Municipalidad reconocera a los contribuyentes indicados en el articulo anterior a peticion de parte. El procedimiento es de evaluacion previa con silencio administrativo negativo. La exoneracion se producira a partir de la fecha en que fue solicitada y podra ser acumulada con alguna otra exoneracion prevista en la presente Ordenanza. Articulo 6% La solicitud sera ingresada por Tramite Documentario, libre de pago de tasas, y sera derivada a la Oficina de Rentas quien informara de las deudas que pueda tener el interesado asi de alguna exoneracion o beneficio que posea respecto de algun tributo administrado por el Municipio. Con el informe de la Oficina de Rentas, el expediente administrativo sera derivado a la Direccion de Servicios Sociales quien, a traves de una Comision Especial integrada por el Director y dos funcionarios del area a su eleccion, atendera los fundamentos del solicitante, con la correspondiente verificacion en MORDAZA, la entrevista al interesado, familiares y cohabitantes, de ser el caso, la confirmacion de la declaracion del interesado en entidades publicas y privadas y el informe social respectivo. La Comision Especial evacuara el informe social, proponiendo la exoneracion total o parcial del Arbitrio y/o Tasa, establecida en porcentajes, o el pago de una tasa unica, asi como el tiempo de vigencia de la exoneracion. Articulo 7% La resolucion que apruebe la propuesta de la Direccion de Servicios Sociales es inimpugnable. La resolucion denegatoria es apelable ante el Concejo de San MORDAZA, quien resuelve en MORDAZA instancia. Articulo 8O.g Toda exoneracion o beneficio tributario concedido por el merito de la presente ordenanza, se entendera otorgado por un plazo MORDAZA de tres anos, salvo que la resolucion indicada en el Articulo 7" establezca un plazo menor. La renovacion requiere necesariamente de nueva solicitud expresando mantenerse en las mismas condiciones que dieron origen a la exoneracion concedida. La solicitud tiene el caracter de declaracion jurada. En el caso de lo dispuesto en los Articulos 2" y 3", la exoneracion otorgada al MORDAZA de la Ordenanza No OOl98 concluira en el ano 2000, debiendo solicitarse en forma expresa la renovacion de la misma. En todo caso, la solicitud de renovacion debera presentarse 30 dias calendario MORDAZA de la fecha de vencimiento de la renovacion. La Alcaldia, via Decreto, podra disponer una prorroga del plazo de MORDAZA de la solicitud. Articulo 9O.l Los beneficiarios de una exoneracion tributaria obtenida al MORDAZA de la presente Ordenanza estan obligados a comunicar dentro de los 30 dias calendario siguientes de ocurridos los hechos, cualquier variacion en su situacion juridica que importe la eliminacion total o parcial de la exoneracion concedida. El incumplimiento de esta disposicion origina el pago de los tributos devengados, intereses y multascorrespondientes, desde la fecha en que la Municipalidad detecta los hechos. Articulo loo.- Se presume, salvo prueba en contrario, que los beneficiarios de alguna exoneracion de arbitrios y/o tasas obtenida al MORDAZA de disposiciones o resoluciones especiales cuyo plazo MORDAZA vencido y cuya renovacion se encuentre en ttimite, mantienen las mismas condiciones que aquellas que motivaron la concesion de la exoneracion, sin perjuicio de practicarse los procedimientos contenidos en la presente Ordenanza, segun sea el caso. La renovacion se entendera aprobada desde la fecha de vencimiento de la exoneracion inicialmente otorgada. Articulo llo.- La Alcaldia expedir& via Decreto, las normas reglamentarias a la presente Ordenanza. Articulo lZ".- Deroguense los Articulos 1" al 5" de la Ordenanza NO 001-98 y modifiquense, deroguense y dejense sin efecto, en su caso, las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. . POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 14811

Designan Ejecutora y auxiliarescoactivos de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA rv 1942-98 San MORDAZA, 1 de diciembre de 1998 LA ALCALDIA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia No 1601-98 de fecha 2 de noviembre de 1998, se convoco a Concurso Publico de Meritos para la designacion de un ejecutor coactivo y dos auxiliares coactivos para la Municipalidad de San MORDAZA, encumplimiento a lo dispuesto en la Ley No 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva; Que, llevado a cabo el concurso publico aludido en el MORDAZA de las bases aprobadas por la citada resolucion, la Comision Calificadora ha elevado a este despacho, mediante Informes Nos. OOl-98-CCCPM/MDSM y 002-98-CCCPMMDSM, los resultados obtenidos por los senores postulantes y las ordenes de meritos obtenidos, debiendose proceder a la designacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como ejecutora coactiva, al haber obtenido el MORDAZA lugar en el concurso para dicha plaza, ante la no aceptacion del postulante que obtuvo el primer lugar, para su designacion; Que, de otro lado, se encuentra vacante el cargo de ejecutora coactiva, conforme a la Resolucion de Alcaldia N" 1887-98, del 1 de diciembre de 1998; En uso de las facultades conferidas por los Articulos 47"~ 50" de la Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar, a partir de la fecha, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de ejecutora coactiva de esta corporacion. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Administracion y Unidad de Personal, el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PARRO LIVELLI Regidor Encargado de Alcaldia 14815 RESOLUCION DE ALCALDIA w 1943-98 San MORDAZA, 2 de diciembre de 1998 LA ALCALDIA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia No 1601-98 de fecha 2 de noviembre de 1998, se convoco a Concurso Publico de Meritos para la designacion de un ejecutor coactivo y dos auxiliares coactivos para la Municipalidad de San MORDAZA, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley No 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva; Que, llevado a cabo el concurso publico aludido en el MORDAZA de las bases aprobadas por la citada resolucion, la Comision Calificadora ha elevado a este despacho, mediante Informes Nos. OOl-98-CCCPM/MDSM y 002-98-CCCPMKMDSM, los resultados obtenidos por los senores postulantes y las ordenes de meritos obtenidos, debiendose proceder a la designacion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MELLY como auxiliar coactivo, al haber obtenido el MORDAZA lugar en el concurso para dicha plaza; Que, la plaza aludida se encuentra vacante y prevista en el Cuadro de Asignacion de Personal, de acuerdo al Decreto de Alcaldia No 02 l-98-ALSM; En uso de las facultades conferidas por los Articulos 47"~ 50" de la Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar, a partir de la fecha, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MELLY, en el cargo de auxiliar coactivo de esta corporacion.

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