Norma Legal Oficial del día 21 de Enero del año 1998 (21/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, miercoles 21 de enero de 1998 dientes contra MORDAZA MORDAZA Linan y los que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion; debiendosele remitir los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 0692

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Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17"del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N"O5 95-MTC. En caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16" del citado Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente Resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley.
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Otorgan concesion a empresa para que preste servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros
RESOLUCION DIRECTORAL N°1753-97-MTC/l5.18 Lm , 23 de diciembre de 1997 i a VISTOS, el Expediente de Registro N° 970239 organizado por la Empresa de Transportes EXPRESO MORDAZA UNION E.I.R.L., sobre Concesion de Ruta: Lima-Villa Rica y viceversa e Informe N°443-97-MTC/15.18.04.02 de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 13" del Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo N° 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N° 019-97-MTC, para la prestacion del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Intemacional en Memorandum N" 931-97-MTCY15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe N" 518-97-MT(Y15.18.01; Deconformidadcon lodispuestoenelDecretoLegislativo W 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 0595MTC, Ley N-25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por DecretoSupremoN"019-97-MTCyDecretoLeyNO25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgara la Empresa de Transportes EXPRESOMOLINAUNIONE.I.R.L. laConcesiondeServicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, computados a partir de la fecha de expedicion de esta Resolucibn, en la ruta: Lima-Villa Rica y viceversa, de acuerdo a los siguientes terminos: : LIMA-VILLA RICA y viceversa RUTA REGION: __________ ORIGEN : MORDAZA : MORDAZA RICA REGION: MORDAZA A. MORDAZA DESTINO : SAN RAMON-LA MORDAZA ITINERARIO ESCALA : SAN RAMON-LA MORDAZA COMERCIAL FRECUENCIAS : Una (1) diaria FLOTA VEHICULAR : Tres (3) omnibus FLOTAOPERATIVA : Dos (2) omnibus: UO- (1996) y uo- (1996) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus: UO- (1995) : 20.00 horas HORARIOS : Salida de MORDAZA Salida de MORDAZA Rica : 20.00 horas La tarjeta de circulacion sera expedida en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad.

Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MONTTI DE MORDAZA Directora General (el Direccion General de Circulacion Terrestre 0646

Otorgan autorizacion a empresa para que desarrolle actividades de generacion de energia electrica en la provincia de Canete
RESOLUCIONMINISTERIAL IV 573-97-EM/VME MORDAZA, 17 de diciembre de 1997 Visto el Expediente N° 33079397 que incluye los documentos con Registros Nos. ll52229 y 1154011, sobre otorgamiento de Autorizacion para generacion de energia ehktrica de acuerdo con el Articulo 4" del Decreto Ley W 25844 presentado por Compania Minera Condestable S.A., persona juridica inscrita a fojas 385, tomo 219, asiento 1 del Registro Mercantil de Lima. CONSIDERANDO: Que, Compania Minera Condestable S.A., ha solicitado Autorizacion para desarrollar actividades de generacion de energia el6ctrica en la central termica Condestable, de propiedad de la solicitante, la que tendra una capacidad instalada de 2,4 Mw; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el Articulo 38" del Decreto Ley W 25844 y Articulo 67" de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N"009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la Direcci6n General de Electricidad, luego de haberverificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley W 25844ysuReglamentoaprobadoporDecretoSupremoW 009-93-EM, ha emitido el Informe favorable N" 171-97EM/DGE, Estando a lo dispuesto por el Articulo 6" del Decreto Ley N" 25844; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia: SE RESUELVE: Articulo lo.- Otorgar Autorizacion por tiempo indefinido, a Compania Minera Condestable S.A., que se identificara con Codigo No 33079397, para desarrollar actividades de generacion de energia electrica, en las instalaciones de la central termica Condestable, de propiedad de

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