Norma Legal Oficial del día 22 de Enero del año 1998 (22/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, jueves 22 de enero de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS: VISTA: La solicitud de prorroga del MORDAZA para la enajenacion de los bienes que forman parte de PAnexo de la presente Resolucion adjudicados en pago de deudas, presentada por el Banco Re ublica, conforme a lo previsto por el Articulo 215° de la Ley &° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 215" de la mencionada Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles e inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; do parrafo del referido articulo se precisa Que, en el se 8" que vencido dic o plazo, sin que la enajenacion se MORDAZA efectuado, la empresa debera constituir una rovision hasta por el monto equivalente al costo en libros Cre los bienes no vendidos; Estando a lo informado r el Intendente de Instituciones forme N° ASIF "D" 004.-OT/98 y Financieras "D" mediante Ir a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica y or la Su x-intendencia Adjunta de Banca; y, uciones conferidas por la Ley N° 26702, En uso Be las atrir Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE:
Articulo 1°.- Prorrogar or seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215° Be la Ley General, para que el Banco Republica proceda a la enajenacion de los bienes senalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2 ° .9 Vencido el plazo de prorroga otorgado a Banco Re ublica, dicha em resa debera proceder conforme a lo estabPecido en el segun Bo parrafo del Articulo 215° de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provision con cargo a los resultados del mes en que vencio el referido plazo.
Inmueble

~~1~~ Pag. 156691
-9 . 11 61 . 1
Jr.Loss DuraznosN° 675 - MORDAZA p 1 96.11.11 Grande-San MORDAZA de Lurigancho 96.11.11 Inmueble P a r c e l a c i o n R u s t i c a Capitana Av.Las Moreras s/n Mz. F, San MORDAZA de Lurigancho 96.11.11 Inmueble Predio MORDAZA San MORDAZA del Algarrobal- Av. MORDAZA MORDAZA s/n MORDAZA California 0 Nacara. Morropon,Chulucanas, MORDAZA Maquinaria Maquinaria Lote 4 ex Fundo Lanera, MORDAZA Molino de Arroz Otros Predio Sialupe, MORDAZA TOTAL -------101,599.20 83,575.72 30201.33 98.5.11 9..1 851 98.5.11

1,142,994.92

98.511

0703

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra presuntos responsables de delito de Defraudacion de Rentas de Aduana
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA EJECUTIVA DE A D UANAS N° 000005

Callao, 19 de enero de 1998 VISTOS, el Atestado Policia No 005-98-ADUANA-PP/ UIE del 7.ENE.98; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud del Informe N° 051-95-ADUANASINFA.12.02.01 alcanzado por la Intendencia Nacional de Fiscalizacion Aduanera, se tomo conocimiento que la Declaracion de Importacion No 82485 numerada el 8.AG0.94, fue tramitada con documentacion fraudulenta, esto es con Factura Comercial NO 901296 y Conocimiento de Embarque No MIACOSO22372 que presentaban adulteraciones con respecto del valor de la mercancia que amparaba; habiendose derivado los actuados a la Unidad de Investigaciones Especiales Adscrita a la Superintendencia Nacional de Aduanas para su indagacion tecnico-policial correspondiente; Que, practicada las investigaciones por dicha Unidad con conocimiento de la Fiscalia Especializada en delitos Tributarios y Aduaneros, se ha formulado el Atestado de Vistos en el cual se evidencia la presunta responsabilidad penal de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA v MORDAZA PAJARITO MORDAZA, a los cuales se les sindica como las personas que adulteraron la documentacion precitada con el proposito de favorecerse con la reduccion del monto de tributos a pagar por la internacion de un Grupo Generador Group modelo DMT 175 CA, habiendose causado con dicho accionar un perjuicio al Estado del orden de los nueve mil quinientos dolares americanos con diecinueve centavos ($ 9,509.19); Que, los hechos anteriormente descritos por la forma y circunstancia en que se produjeron, configuran el delito de Defraudacion de Rentas de Aduana, ilicito penal previsto y penado en los Arts. 265° y 267° Inc. 4) del Codigo Penal, lo cual sustenta la necesidad de autorizar al Procurador Publico de esta Superintendencia para que ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar; De conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposicion Complementaria de la Ley General de Aduanas -Decreto Legislativo N° 809-; En ejercicio de las facultades delegadas mediante Resolucion de Superintendencia de Aduanas N° OO2759 del 22.DIC.95; SE RESUELVE:

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros
ANEXO BIENES MUEBLES E INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA (Articulo 215° de la Ley N° 26702 - Le General del Sistema Financiero y e del Sistema de Seguros y Organica d la Superintendencia de Banca y Seguros)

Galeria Generales

96.11.11 96.11.11 Inmueble Jr.Gamarra N° 756, La MORDAZA Galeria MORDAZA MORDAZA

385,805.88 125,108.16

98.5.11 98.5.1'

96.11.11 96.11.11 96.11.11

60284.30 35,935.73 31,417.OO

98.51' 98.5.1' 98.5.1'

Articulo Unico.- AUTORIZAR al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de ia Superintendencia Nacional de Aduanas, para que en defensa y representacion de los derechos e intereses del Estado, ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA PAJARITO MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, debiendose para tal efecto remitirsele la documentacion actuada.

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