Norma Legal Oficial del día 07 de Julio del año 1998 (07/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

"DE RDEN REQUISITOS PROBACION UTOMATICA administrativas /er Notas (1) y (2) IN PREVIA NEGATIVO

DENOYINACION DEL PROCEDIMIENTO

DERECHO DE PAGO

NO REGULADO

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD Y RECURSOS IMPUGNATIVOS

!) Numero de asociados ' Numero de adjudicaciones por asamblea y modalidad de las mismas y 1) Cuotas de inscripcion administracion capital y de ser el caso, cuota de seguro y/o de fondo de reserva

! Modelo de contrato a utilizarse 3 flujo de cata proyectado del sistema y de la Administradora para el periodo de duracion del mismo t Comprobante de pago de los derechos respectivos

Nota: CONASEV podra, por una sola vez, formular observaciones referidas al sumlnistro de nayor informacion o a fa adecuacion de la solicitud presentada por la Administradora En este caso el plazo se extendera tantos dias como demore la Administracion en absolver, a satisfaccion de CONASEV los requerimientos que esta le comunique por escrito

Base Legal: Articulos del 13° al 15° del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Lolectivos, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 730-97-EF/94.10 publicada el 0,50 UIT X Despues de 10 dias utiles Tramite Documentano de CONASEV Gerente de Empresas Este pronunciamiento puede ser ob e!o de Recurso de Reconsideracior f/o de Apelacron. La Apelaclon sera resuelta por li Gerencia General, agotando la vii admintstrativa Ver Notas (1) y (2) 0,50 UIT X Despues de 15 dias utiles Tramite Documentarfo de CONASEV Gerente de Empresas Este pronunciamiento puede ser ob lelo de Recurso de Reconsideracioi ylo de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por II Gerencia General, agotando la VB administrativa Ver Notas (1) y (2)

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MODIFICACION DE MODELO DE CONTRATO DE LI MPRESA ADMINISTRADORA DE FONDOS COLEC IVOS

Solicitud dirigida al Gerente de Empresas 2 Proyecto de modelo de contrato o clausulas adicionales acorde con lo establecido en el Reglamento. 3 Comprobante de pago de tos derechos respectivos

Nota: Las modificaciones al modelo de contrato no podran incidir sobre las caracteristicas de programa aprobado a que se refiere el Reglamento y regira para los nuevos grupos que SE formen

Base Legal: Articulo 16° del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos ° aprobado mediante Resolucion CONASEV N 739-97-EF/94.10 publicada el 11/12/97.

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AUTORlZACION DE AUMENTO DE CAPITAL COI VARIACION DE LA NOMINA DE SOCIOS DE LA EV PRESA ADMINISTRADORA DE FONDOS COLECTI vos

1 Solicitud dirigida a Gerente de Empresas. 2. Copta del acuerdo adoptado. 3. MORDAZA del asiento en el libro Diario 4. Documentacion sustentatorio de los nuevos socios:

a) Nombre, nacionalidad, documento de identidad, estado civil domicilio, numero de RUC de ser el caso, profesion u ocupacion, en caso de personas naturales. b) Denominacion o razon social, datos del representante legal, domicilio, numero de RUC, dato! de insctipaon en el Registro Publico, nomina de su Directorfo y nombre del Gerente Genera o quien haga sus veces,asi como la identidad de sus socios con mas del cinco por ciento(5% del capital, en caso de personas juridicas. c) Porcentaje de participacion en el capital de la Administradora. Curriculum Vitae de tos nuevos socios o de sus representantes legales, en caso de persona! juridicas, supuesto en el cual, adicionalmente, se presentara la MORDAZA informacion financien anual auditada.

5. Dedaracton Jurada de cada uno de los nuevos socios o de sus representantes legales el caso de personas juridicas de:

a) No estar sujetos a los impedimentos dispuestos por las leyes de la materia. b) No ser directores, funcionarios o trabajadores de CONASEV, ni parientes hasta el MORDAZA grado de consanguinidad primero de afinidad o conyuges de estos c) Carecer de antecedentes policiales penates y judiciales y no haber sido declarado el insolvencia o judicialmente en quiebra, ni tener procedimiento incoado o sobreseido de t¿ naturaleza, a ta fecha de MORDAZA de la solicitud d) No haber sido destituidos por CONASEV, la Superintendencia de Banca y Seguros o Superintendencia de Administradora Privadas de Fondos de Pensiones, del cargo dr directores o gerentes de una empresa sujeta a su control y supervision o sancionadas pa falta my grave por dichas entidades. e) No ser administrador gerente, director o socio de otra Admmstradora.

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