Norma Legal Oficial del día 07 de Julio del año 1998 (07/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

De conformidad con lo establecido por el inciso 24) del Articulo 118" de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 9" de la Ley N" 26894; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo lo.- Otorgase en el mes de MORDAZA de 1998 el beneficio de Aguinaldo por MORDAZA Patrias a los funcionarios y servidores nombrados y contratados, obreros permanentes y eventuales, y al personal de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional que prestan servicios al Estado, asi como a los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regimenes de la Ley N" 15117 y de los Decretos Leyes N"s. 19846,20530 y 22150. Articulo 2".- El monto del Aguinaldo por MORDAZA Patrias ascendera ala suma de DOSCIENTOS Y OO/100 NUEVOS SOLES (S/. 200,OO). Articulo 3".- La percepcion del Aguinaldo por MORDAZA Patrias, que se dispone en el presente Decreto Supremo, es incompatible con cualquier otro beneficio economico de naturaleza similar que, con igual o diferente denominacion, otorga la entidad publica donde labora el funcionario, servidor u obrero en cuyo caso podra elegir el mas favorable. Para el Magisterio Nacional el Aguinaldo por MORDAZA Patrias se calculara de acuerdo alo previsto en la Ley N" 24029, modificada por la Ley N" 25212, no siendo menor, en ningun caso, al monto senalado en el Articulo 2" de la presente norma. Articulo 4".- Tendra derecho a percibir el Aguinaldo por MORDAZA Patrias el personal senalado en el Articulo 1" del presente Decreto Supremo siempre que reuna las siguientes condiciones: a) Estar laborando al 30 de junio del presente ano, o en el uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refieren los Decretos Leyes N"s. 22482 y 18846. b) Contar en el servicio con una antiguedad no menor de tres (3) meses al momento de percibir el beneficio. Si no contara con el tiempo referido de tres mese, este se abonara en forma proporcional a los meses laborados. Articulo 5".- El Aguinaldo por MORDAZA Patrias que se aprueba en el presente Decreto Supremo, tambien es de aplicacion a los trabajadores que presten servicios personales en los proyectos por administracion directa a cargo del Estado. El egreso sera financiado con cargo al presupuesto de los proyectos respectivos. Articulo 6".- El personal a que se refiere el Articulo 1" del Decreto Supremo N" 12.94-EF recibira de Aguinaldo por MORDAZA Patrias la suma de CIEN Y OO/100 NUEVOS SOLES (S/. lOO,OO), debiendo afectarse su costo en la asignacion generica y especifica en el cual registran su compensacionremunerativa. Articulo 7".- Los funcionarios, servidores y pensionistas de la Administracion Publica recibiran el Aguinaldo por MORDAZA Patrias en una sola reparticion publica, correspondiendo otorgarla en aquella que abona los incrementos por costo de vida. Articulo Su.- El personal cuyas pensiones son reguladas por la MORDAZA de Pensiones Militar Policial creada por Decreto Ley W' 21021, asi como los Organismos comprendidos en el presente Decreto Supremo que financian sus planillas con recursos distintos a la Fuente Recursos Ordinarios asignaran el beneficio del Aguinaldo por MORDAZA Patrias, hasta el monto que senala el Articulo 2" del presente dispositivo? en funcion a la disponibilidad de los recursos que administran. Los Gobiernos Loca@ se regira: de acuerdo a lo sen~~~r;oe~wticulo 9 de la Ley N 26894. .- El Aguinaldo por MORDAZA Patrias se encuentra sujeto a los descuentos por Cargas Sociales que la normatividad senala, y los recursos para su atencion se afectaran a los Grupos Genericos de Gasto 1 (Personal y Obligaciones Sociales) y 2 (Obligaciones Previsionales) y ala Especifica de Gasto 13 (Gastos Variables y Ocasionales) del Clasificador de los Gastos Publicos, segun corresponda. Articulo lo".- No estan comprendidas en el presente Decreto Supremo las reparticiones sujetas al regimen laboral de la actividad privada que por dispositivo legal o negociacion colectiva, vienen otorgando montos por concepto de Aguinaldo con igual o diferente denominacion,

bajo responsabilidad de los Directores Generales de Administracion o de quienes MORDAZA sus veces. El Aguinaldo por MORDAZA Patrias dispuesto por el presente dispositivo no es de alcance a los contratos por servicios no personales. Articulo ll".- El Ministerio de Economia y Finanzas queda autorizado a dictar las medidas que MORDAZA necesarias para la correcta aplicacion del presente dispositivo. Articulo 12".- Dejanse en suspenso las disposiciones legales que se opongan al presente Decreto Supremo. Articulo 13"~ El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica JAVIERVALLE-RIESTRA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CAMPODONICO Ministro de Economia y Finanzas 7490

Aprueban actualizacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la CONASEV
DECRETO SUF'FLEMO W 057-98-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo N" 757, Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, se ha establecido la obligatoriedad para todas las entidades de la Administracion Publica, de aprobar y publicar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, por Decreto Supremo N" 094-92-PCM se ha establecido las disposiciones reglamentarias requeridas para el cumplimiento de la obligacion referida en el considerando precedente:, Que, la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV - ha considerado necesario actualizar para el presente ano el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo W 31-95EF, a fin de adecuarla a las nuevas disposiciones normativas conferidas a la referida Comision Nacional; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 36" del Reglamento de las Diwosiciones sobre Semridad Juridica & materia adminisirativa contenidas en la Ley MORDAZA para el Crecimiento dela Inversion Privada, aprobado por Decreto Supremo N" 094-92-PCM; DECRETA: Articulo la.- Apruebase la actualizacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, correspondiente a 1998 de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, en los terminos del anexo que forma parte integrante del presente dispositivo. Articulo Za.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de junio de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA CAMPODONICO Ministro de Economia y Finanzas

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