Norma Legal Oficial del día 07 de Julio del año 1998 (07/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

Estando a lo dispuesto por la Ley N" 24882 Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo K" 670, su Reglamento, Ley N" 26917 y demas disposiciones legales vigentes, y con la opinion favorable de las areas competentes, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente;

`esqueria de MORDAZA, a partir de las 00.00 horas del dia 7 de ulio hasta las 00.00 horas del dia 7 de agosto de 1998. Articulo 2".- El Instituto MORDAZA del Peru, IMARPE lebera efectuar los proximos dias la evaluacion del recur,o MORDAZA de abanico en los bancos naturales de lajurisdic,ion de la Direccion Subregional de Pesqueria de MORDAZA, a in de determinar su comportamiento y recomendar las nedidas de ordenamiento requeridas para la conserSE RESUELVE: racion de la especie. Articulo 3".- Las personas naturales y juridicas que Articulo l".- Modificar -en el extremo pertinente- el extraigan, transporten, retengan, transformen, comerArticulo 1" de la Resolucion Directoral N" 050-OS-MTC/ zialicen o utilicen el recurso MORDAZA de abanico en cual75.16.queotorgoaIBERIA.LINEASABREASDEESPAluiera de sus estados de conservacion durante el periodo NA S.A., la Renovacion de su Permiso de Operacion, le MORDAZA establecido por la presente Resolucion Ministequedando de la siguiente forma: *ial, seran sancionadas de acuerdo a lo dispuesto por la Ley General de Pesca, su Reglamento y demas disposicioMATERIALAERONAUTICO: res legales vigentes. Articulo 4".- La presente Resolucion Ministerial en-»c-10/30. rara en vigencia el mismo dia de su publicacion en el - BOEING 747.COMBI Diario Oficial El Peruano. - AIRBUS A-340-300. Articulo 5".- Las Direcciones Nacionales de ExtracArticulo 2".- Los demas terminos de la Resolucion ) ( :ion, Procesamiento Pesquero y Acuicultura del Ministe-io de Pesqueria y la Direccitin Subregional de Pesqueria Directoral N" 050.9%MTC:l5.16 del 17 de MORDAZA de 1998, ' le MORDAZA, dentro del ambito de sus respectivas competencontinuan vigentes. :ias, velaran por el cumplimiento de la presente Resolu:ion Ministerial, El control estara a cargo de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Registrese. comuniquese y publiquese. Defensa, la Policia Nacional del Peru y las Municipalidades competentes. MORDAZA MORDAZA MRLEXEZ Direct.or General Direccion General de Transporte Aereo 7418 Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ME [ER CORKEJO Ministro de Pesqueria

PESQUERIA

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Prohiben actividades extractivas del Aprueban modelo de convenio por el recurso MORDAZA de abanico en el area que se garantiza el fiel cumplimiento de MORDAZA de obligaciones contenidas en la R.M. RESOLUCIONMINISTERIAL N" 319-98-PE
W332-98-PE MORDAZA, 6 de MORDAZA de 1998 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 2" de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Ley N" 25977, establece que son patrimonio de la Nacion los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru. En consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos. considerando que la actividad es de interes nacional; Que, el Instituto MORDAZA del Peru, a traves del Oficio N" DE-lOO-124.9%PE/IMP, alcanza el Informe: "Estado Actual del Recurso MORDAZA de Abanico en el Area de Pisco", en el cual recomienda el establecimiento de una MORDAZA debido a que la actividad extractiva en dicha area se esta realizando en tallas inferiores a las tallas minimas establecidas, con el objeto de garantizar los procesos de crecimiento, reclutamiento y reproduccion de la especie: Que. asimismo. es necesario realizar las evaluaciones poblacionales del recurso MORDAZA de abanico en 1 os bancos naturales de lajurisdiccion de la Direccion Subregional de Pesqueria de MORDAZA, a fin de determinar su potencial y / posibilidades de explotacion en el area; De acuerdo a lo informado por la Direccion Nacional de Extraccibn; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo lo.- Prohibir las actividades extractivas del recurso MORDAZA de abanico (Argopecten purpuratus) en el area jurisdiccional de la Direccion Subregional dc RESOLUCIONDIRECTORAL N" 209-98-PE-DNE MORDAZA, 6 de MORDAZA de 1998 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial N" 319-9%PE de fecha 26 de junio de 1998, se establece el regimen provisional para el acceso a la extraccion del calamar gigante o pota de manera excepcional al Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota. el mismo que regira hasta el 31 de diciembre de 1998. para el abastecimiento de las empresas instaladas y con licencia para la elaboracion de productos congelados u otros productos procesados destinados al consumo humano directo para el MORDAZA local o la exportacion; Que el Articu'io 6" de la citada Resolucion Ministerial dispone que para dedicarse a las actividades extractivas referidas en el considerando anterior, las embarcaciones pesqueras deber& contar previamente con permiso de pesca para la extraccion del calamar gigante o pota otorgado por el Ministerio de Pesqueria de conformidad al Decreto Ley N" 25977, Ley General de Pesca, su ReglamentoylaResolucionMinisterialN"319-9X-PE,asicomo con el contrato :i que hace referencia el Articulo 2" del mencionado dispositivo legal, debiendo ademas cumplir con las normas contenidas en el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por ResolucionMinisterialr\"`O47-98-PE.AsimismoelArticulo 7" establece que los armadores deberan suscribir ante la Direccion Nacional de Extraccion del Ministerio de Pesqueria un convenio en el que se garantice el fiel y cabal cumplimiento de cada una de las obligaciones contenidas en la presente norma;

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