Norma Legal Oficial del día 30 de Mayo del año 1998 (30/05/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

Pag. 160284
SERVICIOS Renta mensual residencial Renta mensual comercial Llamada telefonica local (por minuto) Llamada telefonica de larga distancia nacional (por minuto)

NORMAS LEGALES
TARIFAS TOPES PROMEDIO PONDERADAS S/. 43,22 S/. 47,48 S/. 0,088 S/. 0,597

MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 1998

Articulo 4º.- Autorizar a Telefonica del Peru S.A. establecer las tarifas de los elementos tarifarios del servicio de llamada telefonica local, en base a la informacion de trafico del estudio realizado por OSIPTEL para establecer la facturacion por minuto. Articulo 5º.- La empresa concesionaria, puede establecer libremente las tarifas por los servicios publicos de telecomunicaciones de Categoria I que presta, siempre y cuando los promedios ponderados correspondientes no excedan las tarifas topes establecidas por el OSIPTEL. Las tarifas que se fijen entraran en vigencia a partir del 1 de junio de 1998. MORDAZA de su aplicacion, las tarifas de los servicios de telecomunicaciones de Categoria I, asi como las tarifas del servicio de llamadas telefonicas desde telefonos publicos, que fije la empresa concesionaria, deberan ser puestas en conocimiento del OSIPTEL y publicadas para conocimiento de sus usuarios, incluyendo el Impuesto General a las Ventas, en por lo menos un diario de amplia circulacion en su area de concesion. Articulo 6º.- El incumplimiento por la empresa concesionaria a que se refiere el articulo anterior, de las obligaciones que le resulten de la aplicacion de la presente resolucion, sera sancionado de conformidad con las disposiciones previstas en el Reglamento General de Infracciones y Sanciones en la Prestacion de Servicios Publicos de Telecomunicaciones. Articulo 7º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA KUNIGAMI KUNIGAMI Presidente del Consejo Directivo 5804

dores a las multas establecidas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar; Que, no obstante haberse vencido ampliamente los plazos establecidos para la MORDAZA de los formularios de la mencionada encuesta, existen empresas que han incumplido con presentar la informacion requerida; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 96º del Decreto Supremo Nº 018-91-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Multar, a las empresas omisas a la MORDAZA de la encuesta "Estadistica Industrial Mensual 1998" correspondiente al mes de MORDAZA de 1998, cuya relacion forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- El monto de la multa sera equivalente al 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), vigente a la fecha de cancelacion, la cual sera abonada por las empresas infractoras al Banco de la Nacion en la Cuenta Corriente Nº 0000-180270 Ingresos Propios - INEI, dentro de los tres (3) dias habiles posteriores a la fecha de publicacion de la presente resolucion. Articulo 3º.- El pago de la multa no exime a las empresas sancionadas de la obligacion de presentar el formulario debidamente diligenciado, de la encuesta "Estadistica Industrial Mensual 1998" a la Oficina General de Informatica, Estadistica y Racionalizacion del MITINCI, adjuntando MORDAZA del documento de cancelacion, a efecto de evitar la cobranza coactiva por el mismo concepto. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subjefe de Estadistica ESTADISTICA INDUSTRIAL MENSUAL 1998, CORRESPONDIENTE AL MES DE MORDAZA 1998

Nº 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30. 31. 32. 33. 34. 35.

RAZON SOCIAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA S.A. AGROINDUSTRIAS DEL MORDAZA S.A. COMPANIA DE CONCRETO PREMEZCLADO DEL PERU S.A. COPRESA CONSERVAS Y ALIMENTOS S.A. CORPORACION FABRIL DE CONFECCIONES S.A. CREACIONES ORBELL S.A. MORDAZA S.A. CORPORACION DE CALZADO DISENO Y COLOR S.A. EDITORA NACIONAL S.A. EDITORA ONDA S.A. ELECTRO ARTILUZ S.A. FABRICA DE BICICLETAS S.A. FABRICANTES NEUTRO GLASS S.A. FACTORIA MORDAZA HNOS. S.A. GRAFINAL S.A. - GRAFICA COMERCIAL E IND. GROSS EQUIPMENT S.A. REPRESENTACIONES S.A. HARLI S.A. HOECHST PERUANA S.A. INDUSTRIAS SAN MORDAZA S.A. INDUSTRIAS YANATEX SRL. ITAL CERAMICA S.A. JOYEROS PERUANOS S.A. MORDAZA MONIER S.A. MADERAS PERUANAS S.A. MANUFACTURAS METALICAS MORDAZA & MORDAZA S.A. MORDAZA DEL PERU S.A. OROPLAT S.A. PAPELES INDUSTRIALES S.A. POLISACOS S.A. QUIMICA UNIVERSAL S.A. SOCIEDAD INDUSTRIAL TEXTIL S.A. SITEX SOUTHERN PERU LIMITED V C INTERNATIONAL CORPORATIONS S.A.
5811

INEI
Sancionan con multa a empresas omisas a la MORDAZA de la encuesta "Estadistica Industrial Mensual 1998"
RESOLUCION SUBJEFATURAL Nº 006-98-INEI/SJE MORDAZA, 28 de MORDAZA de 1998 Visto, el Oficio Nº 136-98-MITINCI/VMIND del Viceministerio de Industria, del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales (MITINCI), dando cuenta de las personas juridicas que no han cumplido con presentar los formularios debidamente absueltos de la encuesta "Estadistica Industrial Mensual 1998", correspondiente al mes de abril; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica es el organismo central y rector de los Sistemas Nacionales de Estadistica e Informatica, responsable de normar, planear, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de estadistica e informatica oficiales del pais; Que, por Resolucion Jefatural Nº 057-98-INEI de fecha 14 de febrero de 1998, se dispone la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la relacion de empresas muestra obligadas a la MORDAZA de la Encuesta "Estadistica Industrial Mensual 1998" a nivel nacional; Que, el Decreto Supremo Nº 018-91-PCM, en sus Articulos 92º y 94º establece que las personas naturales o juridicas que se negaren a suministrar informacion, la dieren falseando la verdad maliciosamente o dilatasen injustificadamente los terminos senalados se haran acree-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.