Norma Legal Oficial del día 04 de Noviembre del año 1998 (04/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

como crear las MORDAZA Superiores y Juzgados Especializados en los mismos delitos, que fueren necesarios, con competencia a nivel nacional. Ampliandose las atribuciones conferidas a esta Suprema Sala mediante Resolucion Administrativa N" 744-CME-PJ de fecha 22 de setiembre del ano en curso, para que tambien conozca en MORDAZA instancia y de manera exclusiva de los delitos previstos en los Capitulos V y VI del Titulo V, Capitulo III, Seccion 1 del Titulo XVIII y Capitulos 1, II y III del Titulo XIX del Libro MORDAZA del Codigo Penal; Que, asimismo estando al incremento de las causas de acuerdo a lo dispuesto por la Resolucion Administrativa N" 744-CME-PJ por Resolucion N" 013-P-STP-EDTA-CS se faculto a los senores Presidentes de las Cortes Superiores del MORDAZA a excepcion de los Presidentes de las Cortes Superiores de MORDAZA, MORDAZA Norte, Callao, La MORDAZA, PiuraTumbos, MORDAZA, Tacna-Moquegua y Ucayali, para que designen un Juez Penal que se avoque al conocimiento de los delitos en referencia; Que, ante la existencia de gran numero de procesos pendientes de juzgamiento en los distritos judiciales del MORDAZA, asi como expedientes que se encuentran en grado de apelacion es del caso facultar a los senores Presidentes de las Cortes Superiores del MORDAZA para que designen un colegiado que se avoque al conocimiento de los tipos penales ya precitados; Asimismo, existiendo provincias que se encuentran distantes de la sede de funcionamiento de las distintas Cortes Superiores, es del caso facultar a los senores Presidentes de las Cortes Superiores para que designen un Juez Penal en las provincias que se encuentran alejadas de su sede a fm de que se avoquen al conocimiento de los delitos inmersos en la Resolucion N" 744-CME-PJ; Que, en tal sentido es menester precisar que conforme a lo dispuesto por el Articulo Octavo de la mencionada Resolucion Administrativa el conocimiento por parte de esta Sala Penal de la Corte Suprema, asi como de las MORDAZA Penales Superiores y Juzgados Penales Especializados en delitos Tributarios y Aduaneros, a los que se adicionan en sus funciones los delitos a que se refiere el Articulo Primero de la citada Resolucion Administrativa N" 744~CME-PJ es exclusivo en todos los delitos penales contemplados en los Capitulos V y VI del Titulo V, Capitulo III, Seccion 1 del Titulo XVIII y Capitulos 1, II y III del Titulo XIX del Libro MORDAZA del Codigo Penal, sin excepcion alguna, se encuentreno no en concurso con delitos tributarios y/o aduaneros, o de otra naturaleza y se encuentre o no el Estado en condicion de agraviado, a excepcion que concurra con otro de mayor gravedad y de competencia de otra Sala Penal de esta Suprema Corte, o de su calificacion como delito medio de otro de mayor gravedad, con las excepciones que se senalan en el numeral setimo y noveno, y tratandose de procesos procedentes de Juzgados Penales deben remitirse al Juzgado Penal Especializado en delitos Tributarios y Aduaneros de su jurisdiccion o en defecto de este a los Juzgados que se crearon mediante Resolucion Administrativa N" 013-98-P-STP-EDTA-CS, que faculta a los senores Presidentes de las Cortes Superiores del MORDAZA, a excepcion de los que en MORDAZA se indican, para que designen a un Juez Penal que se avoque al conocimiento de los delitos contemplados en la citada Resolucion Administrativa N 744~CME-PJ; En los casos que por razon justificada se declare fundada una recusacion o se produzca la inhibitoria del a quo, la radicacion de la causa pasara al juez penal de turno De otro lado no esta demas senalar que la dacion de la Resolucion Administrativa N" 744~CME-PJ, no presupone modificatoria alguna al procedimiento establecido para la sustanciacion de las causas, a las que se refiere la presente comunicacion, las que se continuaran tramitandose con arreglo a ley; En uso de las facultades conferidas por las Resoluciones N"s. 339 y 744~CME-PJ y, estando a lo acordado en sesion de la fecha; SE RESUELVE: Primero.- Facultar a los senores Presidentes de las Cortes Superiores del MORDAZA, para que designen un colegiado asi como un Juez Penal en una provincia distante de la sede de funcionamiento de la Corte Superior que presiden, para que se avoquen al conocimiento de los delitos contemplados en la Resolucion Administrativa N" 744~CME-PJ, de fecha 22 de setiembre del ano en curso, previstos en los Capitulos V y VI del Titulo V, Capitulo III, Seccion 1 del Titulo XVIII y Capitulos 1, II y III del Titulo XIX del Libro MORDAZA del Codigo Penal, sin perjuicio de seguir tramitando los procesos penales que les corresponden.

Segundo.- Los Jueces y Vocales Superiores designados por los Presidentes de las diferentes Cortes Superiores del MORDAZA deberan remitir MORDAZA del auto de apertura de instruccion, MORDAZA del auto de enjuiciamiento y sentencia, en su caso, asi como una estadistica mensual de los procesos contemplados en la Resolucion Administrativa N" 744CME-PJ a que se contrae el Articulo Primero de la presente resolucion, especificando el estadio procesal de los mismos, a la Mesa de Partes Unica y Centralizada de los Juzgados y Sala Especializada en delitos Tributarios y Aduaneros para el control respectivo. Tercero.- Disponer que la radicacion de la causa pase al Juez Penal de turno del distrito judicial respectivo en los casos que por razon justificada se declare fundada una recusacion o de produzca la inhibitoria del a quo. Cuarto.- Transcribir la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, a la Gerencia Central de la Reforma, al senor Fiscal de la Nacion, a la senorita Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, a los senores Presidentes de las Cortes Superiores del MORDAZA, a la Gerencia General del Poder Judicial, a la Oficina de Control de la Magistratura y a la senorita Superintendenta de Aduanas. Quinto.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DURAND; MORDAZA MORDAZA MEDRANO; MORDAZA AMPUERO DE FUERTES; MORDAZA MARULL GALVEZ; y, MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12619

Designan vocales especializados en la tramitacion de procesos por delitos tributarios y aduaneros
BJZSOLUCION ADMINISTRATIVA W 6618-98-P-STP-EDTA-CS MORDAZA, 3 de noviembre de 1998 PRIMERA SALA PENAL TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA ESPECIALIZADA EN DELITOS TRIBUTARIOS Y ADUANEROS CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa N" 339-97CME-PJ de fecha 14 de marzo de 1997 se faculto a la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, conocer en MORDAZA instancia de las acciones penales por delitos tributarios y aduaneros, asi como crear las MORDAZA Superiores y Juzgados Especializados en los mismos delitos, que fueren necesarios, con competencia a nivel nacional. Amnliandose las atribuciones conferidas a esta Suprema Salamediante Resolucion Administrativa N" 744~CME-PJ de fecha 22 de setiembre del ano en curso, para que tambien conozca en MORDAZA instancia y de manera exclusiva de los delitos previstos en los Capitulos V y VI del Titulo V, Capitulo III, Seccion 1 del Titulo XVIII y Capitulos 1, II y III del Titulo XIX del Libro MORDAZA del Codigo Penal; Que, ante la ampliacion de facultades a esta Sala Suprema de acuerdo a lo dispuesto por la Resolucion Administrativa N" 744~CME-PJ se hace necesario, designar transitoriamente dos Vocales Superiores, que se avoquen al conocimiento de estos tipos penales; En uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Ws. 339 y 774-CME-PJ y, estando a lo acordado en sesion de la fecha; SE RESUELVE: Primero.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Primera Sala Laboral de MORDAZA, como Vocal Superior especializado en la tramitacion de procesos por delitos tributarios y aduaneros y de los delitos conteni-

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