Norma Legal Oficial del día 04 de Noviembre del año 1998 (04/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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MORDAZA, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 29- El viaje autorizado precedentemente no generara gastos al Estado. Articulo 3".- La presente Resolucion Ministerial no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social Encargado del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 12568

1 Ama, miercoles 4 de novicmbrr: de IWX

SERESUELVE : Articulo lo.- Sancionar con multa de media (1/2) Unidad Impositiva Tributaria, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion, alas Estaciones del Servicio de Radiodifusion, que a continuacion se detallan:
1. ESTACION PROPIETARIO 0 REPRESENTANTE UBICACION FRECUENCIA POTENCIA 2 ESTACION RADIO FE MORDAZA MORDAZA Nicok% MORDAZA Jr. Los MORDAZA NP 234. Urb. Las Vegas Comas - Lima. 96.5 / 96.6 Mhz. (FM). 32 w. RADIO MISERICORDIA (Antes Radio Jessed) MORDAZA Skhez Rivera. Jr.ApazaN"i53.Urb.LasVegas. Comes _ tima. : 1LW.i i 100.6 Mhz. (FM). : 28w.

Sancionan con multa a diversas estaciones del servicio de radiodifusion por infringir lo dispuesto en la Ley de Telecomunicaciones
RESOLUCION DIRECTORAL W 118-9thMTCY15.19 MORDAZA, 22 de octubre de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Informes N`k. 003 y 004-97-MTC/INICTEL - CIT., el Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones - INICTEL, en virtud del Convenio Especifico N" 2. denominado "Inspecciones Tecnicas para el Control del Espectro Radioektrico", da cuenta de los monitoreos, verificaciones tecnicas e incautaciones realizados en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, detectindose a las estaciones denominadas RADIO MORDAZA GRANDE E.I.R.L. y RADIO SAN MORDAZA de la localidad de San MORDAZA de Lurigancho, RADIO FE y RADIO MISERICORDIA (antes RADIO JESSED) de la localidad de Comas, ubicadas en el departamento de MORDAZA, que operan el Servicio de Radiodifusion Sonora, sin contar con autorizacion, licencia ni permiso expedida por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, el Articulo 22" del T.U.O. de la Ley de Telecomunicaciones, concordante con los Articulos 97" y 144" de su Re lamento General, establecen que para operar el Servicio 10 us. `6 de ka d' 1 d'f n se requiere de autorizacion previa otorgada por el titular de este Ministerio; en consecuencia conforme las verificaciones efectuadas se tiene que las estaciones radiodifusoras precitadas han incurrido en infraccion administrativa, las que son pasibles de la sancion de multa, la cual debe imponerse conforme la escala establecida en el D.S. W 015-97-MTC; Que, para la determinacion de la multa a imponerse debe tenerse en consideracion la potencia de transmision de las estaciones infractoras, en aplicacion de lo dispuesto en el D.S. W 015-97-MTC; en tal virtud la Subdirecclon de Control de Estaciones Radioelectricas, mediante Informe N" 0432-97-MTC/15.19.03.3., procede a determinar dicho narametro tecnico: Que,lasestaciokesdenominadasRADIOCANTOG%~DE E.I.R.L., RADIO SAN MORDAZA, RADIO FE, RADIO MISERICORDIA (antes RADIO JESSED) han incurrido en infraccion administrativa leve al haberseles encontrado operando sin la correspondiente autorizacion, con una potencia menor a cien (100) vatios, por lo que corresponde imponerseles sancion de multa de media cl/2 I a diez f 10) Unidades Impositivas Tributarias, las cuales deben ser graduadas teniendo en consideracion la repercusion social de la misma, conforme la facultad prevista en el Articulo 94 del T.U.O. de la Ley de Telecomunicaciones; Que, el Articulo 238" del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por D.S. N" 06-94-TCC, dispone que la sancion sera determinada, verificada, evaluada y sancionada por la Direccion General de Telecomunicaciones; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por D.S. N" 013-93-TCC, su Reglamento General y del D.S. N 015-97-MTC; y. Estando a lo opinado por la Direccion de Asesoria Tecnica;

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PROPIETARIO 0 REPRESENTANTE UBICACION FRECUENCIA POTENCIA

Articulo 2"~ Sancionar con multa de una (1) Unidad Impositiva Tributaria, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion, a las Estaciones del Servicio de Radiodifusion, que a continuacion se detallan:
1. ESTACION PROPIETARIO 0 REPRESENTANTE UBICAClON FRECUENCIA POTENCIA 2. ESTACION PROPIETARIO 0 REPRESENTANTE UBICACION FRECUENCIA POTENCIA RADIO MORDAZA GRANDE E.I.R.L. : MORDAZA Oviio Quispe. AA.HH. LasDekiasMz.A.Lote1 San MORDAZA de Ludgancho -- MORDAZA : 995Mhz : mw. RADIO SAN MORDAZA MORDAZA Viiar Chavez. AAHH. HoracioZevalbs, Mz. M. Lote 10 San MORDAZA de Lurigancho . MORDAZA 97.7 Mhz. 60 w.

Articulo 3".- El propietario o representante de cada una de las estaciones infractoras debera cancelar el monto de la multa impuesta dentro del termino improrrogable de treinta (30) dias, a cuyo procedimiento se procedera a la cobranza coactiva. El pago de la multa impuesta se efectuara en la Tesoreria del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion - Sede Principal sito en Av. 28 de MORDAZA N' 800, distrito, provincia y departamento de Lima. Articulo 4".- Las estaciones sancionadas deberan abstenerse de seguir operando, con igual o distinta denominacion, en caso contrario se les impondra nueva sancion administrativa. Articulo 59- La presente resolucion sera puesta en conocimiento de las Municipalidades Distritales correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA OSAKI SUEMITSU Director General de Telecomunicaciones 12573 RESOLIJCION DIRECTORAL W 11%98-MTC115.19 MORDAZA, 22 de octubre de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N" 009-97-MTCiINICTEL-CIT., el Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones - INICTEL, en virtud del Convenio Especifico N" 2. denominado "Inspecciones Tecnicas para el Control del Espectro Radioelectrico", da cuenta de los monitoreos, verificaciones tecnicas e incautaciones realizados en el departamento de MORDAZA, detectandose a las estaciones denominadas RADIOLASMERCEDESy RADIO J.G. F.M. 93.0. de la localidad de Paita, ubicadas en el departamento

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