Norma Legal Oficial del día 02 de Octubre del año 1998 (02/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

Iha, viernes 2 dc octubre dc 1 998 tadopor interposita persona para la refaccion de la obra Capilla La Rinconada, utilizando a la persona de MORDAZA MORDAZA MORDAZA con quien le une un vinculo de familiaridad directa, aparece de fojas 5 a 7; del analisis de autos se establece que la documentacion remitida por los recurrentes consta que el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, integro una comision de recepcion de obras; sin embargo, no aparecen documentos que prueben que MORDAZA Intervenido en la contratacion de la obra con la empresa Seryconst Casg. E.I.R.L.; tampoco se ha probado que el representante de la empresa contratista, don MORDAZA Danti MORDAZA MORDAZA sea hermano del padre del regidor cuyavacancia se ha declarado; razones por las cuales el acuerdo de Concejo que declaro su vacancia deviene en nulo; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de revision interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el acuerdo de sesion extraordinaria del Concejo Provincial de Contralmirante MORDAZA de fecha 14 de agosto del ano en curso que declaro la vacancia de su cargo de MORDAZA del Concejo Provincial de Contralmirante Villar; en consecuencia, NULO el referido acuerdo, respecto a la declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA y regidor que ostentan en el citado municipio don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente. Articulo Segundo.- Declarar que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA deben de continuar en el ejercicio de su cargo de MORDAZA y regidor, respectivamente, del Concejo Provincial de Contralmirante MORDAZA, departamento de Tumbes, conforme a ley. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese y comuniquese. SS. MORDAZA SEGUR& MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; Secretario General, TRUJILLANO ll343
Inmueble S B S Inmueble

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WieseLtdo. procedaalaenajenaciondelosbienessenaladosen el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2".- Vencido el plazo de prorroga otorgado al Banco Wiese Ltdo., dicha empresa debera proceder conforme a loestablecidoenel segundoparrafodel ArticuloBlvdelaLey General, debiendo constituirse la correspondiente provision con cargo a los resultados del mes en que vencio el referido plazo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros ANEXO BIENES MUEBLES 0 INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES, SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA AL BANCO WIESE LTDO. PRORROGA PARA SU VENTA, CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 219 DE LA LEY GENERAL DELSISTEMA FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS Y ORGANICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS TW
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Ch!clayo.V.A USa 90 588.24 Av MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Tone N" 201 Chiclayo, " A USSll4 ooO.08 urb LOS PInos, Mr G-Lote28 i

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25.399

Prorrogan plazo para que empresa bancariaprocedaaenajenar bienesadjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS N" 984-98 MORDAZA, 18 de setiembre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud de prorroga del plazo para la enajenacion de los bienes que forman parte del anexo de la presente resolucion, recibidos encobro de acreencias, presentada por el Banco Wiese Ltdo., conforme a lo previsto por el Articulo 216 de la Ley N" 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros: CONSIDERANDO: Que, el Articulo2lYde lamencionadaLeyGeneral,establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraidapreviamenteyde huenafe,serecibaoadjudiqueen pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (ll ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6~ meses; Que, en el MORDAZA parrafo del referido articulo se precisa quevencidodicho plazo, sin que laenajenacion se hayaefectuado, el Banco Wiese Ltdo. debera constituir una provision hasta nor el monto equivalente al costo en libros de los bienes no kendidos; . Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "B" mediante Informe N"ASIF "B"-116OTi98 y a lo opinado por la Superintendenta Adjunta de Banca; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N" 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros;

Dictan precisiones para presentacibn de anexos "Reportes de TesorerCa y posicion diaria de liquidez" y Posicion mensual de liquidez"
CIRCULAR No B-2018-98 MORDAZA, 28 de setiembre de 1998 CIRCULAR N" B-2018-98 F-359-98 CM-208-98 CR-078-98

Ref.:

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Precisiones al Anexo N" 15-A "Reporte de tesoreria y posicion diaria de liquidez" y al Anexo N" 15-B YPosici6n mensual de liquidez".

Senor Gerente General: Sirvase tomarnotaque,conlafinalidaddeunapresentacion adecuada de los Anexos N" 15-A "Reporte de tesoreria y posicion diaria de liquidez" y N" 15-B "Posicion mensual de liquidez" establecidos en la Resolucion SBS N"622-98 de fecha 30 de junio de 1998 y cuyo envio periodico debe realizarse a partir del 1 de octubre de 1998, esta Superintendencia considera necesario realizar las siguientes precisiones:

1. Anexo No 15-A "Reporte de tesoreria y posicion diaria de liquidez" a) Para efectos de la MORDAZA del anexo en medios impresos, la informacion correspondiente ala columna "Moneda RESUELVE: Nacional" debera ser registrada en MORDAZA de Nuevos Soles y, aquella correspondiente a "Moneda Extranjera"debera ser reArticulo l".- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215 de la Ley General, para que el Banco / gistrada en MORDAZA de Dolares Americanos.

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