Norma Legal Oficial del día 13 de Septiembre del año 1998 (13/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

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CONSIDERANDO: Que? la referida empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Intendente de Analisis y Supervision de Intermediarios Financieros "C" mediante Informe N" ASIF"C"-17207198; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30" de la Ley N" 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema dc Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular N" B-1996-97; y; en uso de la facultad delegada mediante Resolucion SBS N" 003-98: RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco Bancosur la apertura de una agencia ubicada en la Av. MORDAZA MORDAZA Este N" 4921, Centro Comercial El Golf, tienda N" 1, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendcnta Adjunta de Banca 10334 Estando a lo dispuesto por el inciso g) del Articulo ll" del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley I\i" 26126, el Articulo 54" de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo N" 861, asi como a lo acordado por el Directorio de esta Comision Nacional, reunido en sesion de fecha 7 de setiembre de 1998; SE RESUELVE: Articulo l".- Inscribir en el Registro Publico del MORDAZA de Valores los bonos corporativos denominados "Bonos Hipotecarios Grana y MORDAZA Edificaciones (GME) - MORDAZA Emision" de GRANA Y MORDAZA EDIFICACIONES S.A., los que seran emitidos y colocados por oferta publica. en concordancia con los plazos, condiciones y modalidades previstas en el contrato de emision, con sujecion a lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo 2".- GRANA Y MORDAZA EDIFICACIONES S.A. solo podra realizar la colocacion de los valores luego de producida la inscripcion de las hipotecas que garantizaran la presente emision. lo cual debera ser informado a esta Comision Nacional MORDAZA de la fecha de colocacion. Articulo 3".- El prospecto jnformativo a ser utilizado obligatoriamente por GRANA Y MORDAZA EDIFICACIONES S.A. para la difusion de la referida oferta publica, contiene las caracteristicas de los valores a emitir y debidamente visado sera devuelto a la recurrente, conservandose MORDAZA del mismo en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de CONASEV. Articulo 4".- Los recursos que capte GRANA Y MORDAZA EDIFICACIONES S.A. con la emision por oferta publica de los bonos que se inscriben en el Registro Publico del MORDAZA de Valores mediante la presente resolucion, deberan destinarse directa o indirectamente a financiar proyectos inmobiliarios bajo propiedad y/o promocion y gerenciamiento del emisor. Articulo 5".- La publicidad que se realice para promover la mencionada oferta publica, debera sujetarse a las condiciones previstas en el contrato de emision y a lo establecido en la presente resolucion. Articulo 6".- La colocacion de los bonos a que se refiere el Articulo 1" de la presente resolucion debera efectuarse en un plazo no mayor a nueve (9) meses, desde la fecha de inscripcion del valor en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, prorrogable hasta por un periodo MORDAZA de nueve (9) meses a-peticion de-parte Articulo 7".- GRAllA Y MORDAZA EDIFICACIONES S.A. queda obligada a presentar a esta Comision Nacional la informacion a que se refiere el Articulo 13" del Reglamento de Oferta Publica Primaria de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV N" 906-91-EF/94.10.0. modificado por Resolucion CONASEV N" 393-95-EFi94.10 y el Articulo 39' del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores, aprobado por Resolucion CONASEV N" 079-97.EFiY4.10. Asimismo, en la fecha en que se culmine la colocacion de la oferta publica de bonos: la empresa emisora debera poner el hecho en conpcimiento de la CONASEV. Articulo So.- GRANA Y MORDAZA EDIFICACIONES S.A. queda obligada a insertar el texto de esta resolucion en la escritura publica de emision de bonos que se otorgue, por la presente emision. asi como remitir a CONASEV el correspondiente testimonio dentro de los treinta (30) dias siguientes a su otorgamiento. Articulo S".- La inscripcion a que se refiere el Articulo 1" de la presente resolucion no implica que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria est,an a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de L'a1ore.s. Articulo lo".- Transcribir la presente resolucion a GRANA Y MORDAZA EDIFICACIONES S.A., al Banco Wiese Ltdo. en su calidad de representante de los obligacionistas, a Wiese Sociedad Agente de Bolsa S.A. en su calidad de agente colocador, a CAVALI ICLV S.A. y la Bolsa de Valores de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 10214

CONASEV
Disponen inscribir bonos corporativos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION CONASEV N" 124~98-EFB4.10 MORDAZA, 8 de setiembre de 1998 VISTOS: El Expediente N" 98/00243 de GRANA Y MORDAZA EDIFICACIONES S.A. y el Memorandum Ejecutivo N" 300-9%EF/94.40 de fecha 31 de agosto de 1998. de la Gerencia de MORDAZA de Valores, con la opinion favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 304' de la Ley General de Sociedades, ley N" 26887, las empresas se encuentran facultadas para emitir obligaciones; Que, mediante Junta General de Accionistas de GRANA Y MORDAZA EDIFICACIONES S.A., celebrada con fecha 3 de MORDAZA de 1998, se aprobo la emision de bonos por un monto de hasta Veinticinco millones y OO/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA o su equivalente en moneda nacional. estableciendose las condiciones y terminos de la emision; Que. GRANA Y MORDAZA EDIFICACIONES S.A. ha presentado el testimonio de dos primeras y preferentes hipotecas hasta por Veinticinco millones y OO/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA que se constituiran a favor de los obligacionistas de los Bonos Hipotecarios Grana y MORDAZA Edificaciones (GME) - MORDAZA Emision, y que se encuentran en tramite de inscripcion en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima; Que. de conformidad con el Articulo 308" de la Ley Genera1 de Sociedades. Ley N" 26887, en los casos de emision de obligaciones respaldadas con garantias inscribibles, la colocacion de los valores solo podra iniciarse despues de la inscripcion registra1 de las referidas garantias; Que. GRANA Y MORDAZA EDIFICACIONES S.A. ha cumphdo con los requisitos contenidos en la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo N" 861, el Reglament,o de Oferta Publica Primaria de Valores Mobiliarios. aprobado por Resolucion CONASEV N" 906.91-EEY94.10.0, y modificado por Resolucion CONASEV N" 600.97.EF!9410; y,

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