Norma Legal Oficial del día 23 de Septiembre del año 1998 (23/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA

N ORMAS LEGALES
ANO XVI - NO6664

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MORDAZA, miercoles 23 de setiembre de 1998

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CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY N" 26979
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA Ha dado la Ley siguiente:

b) Tener titulo de abogado expedido o revalidado conforne a ley; c) No haber sido condenado ni hallarse procesado por lelito doloso; d) No haber sido destituido de la MORDAZA judicial o del vlinisterio Publico o de la Administracion Publica o de empresas estatales por medidas disciplinarias, ni de la actividad privada por causa o falta grave laboral; e) Tener conocimiento y experiencia en derecho admiIlistrativo y/o tributario; y, f3 No tener ninguna otra incompatibilidad senalada por 1 w. 4.2 Tratandose de Municipalidades que no esten ubicalas en las provincias de MORDAZA y Callao, asi como en las :apitales de provincias y departamentos, no sera exigible el .equisito establecido en el literal b) precedente, bastando lue el Ejecutor tenga dos (2) anos de instruccion superior o 3l.l equivalente en semestres. Articulo 5".- Funcion del Auxiliar Coactivo. El Auxiliar tiene como funcion colaborar con el Ejecutor,
LEY DE PROCEDIMIENTO DE EJECUCION COACTIVA
CAPfwLO 1 DISPOSICIONES GENERALES Articulo lo.- Objeto de la ley. La presente ley establece el MORDAZA legal de los actos de ejecucion coactiva, que ejercen las entidades de la Administracion Publica Nacional en virtud de las facultades otorgadas por las leyes de sus materias especificas. Asimismo, constituye el MORDAZA legal que garantiza a los Obligados el desarrollo de un debido procedimiento coactivo. Articulo 2".- Definiciones, Para efecto de la present,e ley, se entendera pw: a) Entidad o Entidades: Aquella de la Adminrstracion Publica Nacional, que esta facultada por ley a exigir coactivamente el pago de una acreencia o la ejecucion de una obligacion de hacer o no hacer; b) Obligado: Toda persona natural, persona juridica, sucesion indivisa, sociedad conyugal, sociedad dc> hecho y similares, que sea sujeto de un rocedimiento de ejecucion roadiva o de una medida caute Par previa; c) Ejecutor Coactivo o Ejecutor: El funcionario responsable del Procedimiento de Ejecuci6n Coactiva; d) Auxiliar Coactivo o Auxiliar: Aquel que tiene como funcion colaborar con el Ejecutor; e) Procedimiento: El conjunto de actos administrativos destinados al cumplimiento de la ObligaciSm materia de ejecucion coactiva; f) Obligacion: A la acreencia impaga de naturaleza tributaria o no tributaria, debidamente actualizada. o a la ejecucion incumplida de una prestacion de hacer 0 no hacer a favor de una Entidad de la Administracion Publica Nacional, proveniente de relaciones juridicas de derecho publico. Art'culo 3",- Funcion del Ejecutor Coactivo. El ijecutor es el titular del Procedimiento :.r ejerce, a nombre de la Entidad, las acciones de coerci0n para el cumplimiento de la Obligacion, de acuerdo a lo establecido en esta Ley. Articulo 4".- Requisitos del Ejecutor. 4.1 El Ejecutor debera reunu los siguientes requisitos: a) Ser ciudadano en ejercicio y estar en pleno goce de sus derechos civiles;

!:

a) Ser ciudadano en ejercicio y est,ar en pleno goce de sus derechos civiles; b) Acreditar por lo menos el tercer afio de estudios universitarios concluidos en especialidades tales como Derecho, Contabilidad, Economla o Administracion, o su equivalente en semestres; c) No haber sido condenado ni hallarse procesado por /delito doloso; d) No haber sido destituido de la MORDAZA judicial o del Ministerio Publico o de la Administracion Publica o de empresas estatales por medidas disciplinarias m de la actividad privada, por causa o falta grave laboral; e) Tener conocimiento y experiencia en derecho adm& nistrativo y/o tributario; D No tener vinculo de parentesco con el Ejecut,or, hasta el MORDAZA grado de consanguinidad yio MORDAZA de afinidad; Y> g) No tener ninguna otra mcompatibilidad senalada por ley. 6.2 Tratandose de MunicipalIdades que no esten ubicadas en las provincias de MORDAZA y Callao, asi como en las capitales de provincias y departamentos, no sera exigible el requisito establecido en el lkeral b) precedente, bastando que el Auxiliar tenga un aao de instruccion superior o su equivalente en semestres. Articulo 7".- Designacion y remuneracion. 7.1 La designacion del Ejecutor como la del Auxiliar se efectuara mediante concurso publico de meritos. 7.2 Tanto el Ejecutor como el Auxiliar ingresaran como funcionarios de la Entidad a la cual representan y ejerceran su cargo a tiempo completo y dedicacion exclusiva.

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