Norma Legal Oficial del día 23 de Septiembre del año 1998 (23/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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MORDAZA, miercoles 2.3 de seliemhm de 1998

PRES
Afectan en uso terreno ubicado en la provincia de Recuay a favor del PRONAA
RESOLUCION SUPRRMA W 246-9%PRES MORDAZA, 22 de setiembre de 1998 Visto el Expediente N" 000196-94, mediante el cual el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA solicita la afectacion en uso en via de regularizacion del terreno de 4 200,OO m2, ubicado en el sector Utcuyacu, a la altura del kilometro 1 de la carretera Catac - Utcuyacu, distrito de Catac, provincia de Recuay, departamento de MORDAZA, para que sea destinado a su sede institucional; CONSIDERANDO: Que, el terreno de 4 200,OO m2, ubicado en el sector Utcuyacu, a la altura del kilometro 1 de la carretera Catac - Utcuyacu, distrito de Catac, provincia de Recuay, departamento de MORDAZA, se encuentra inscrito en la Ficha N" 6493 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA y registrado en el Asiento Predial N" 208 del Margesi de Bienes Nacionales correspondiente al departamento de Ancash; Que, mediante Oficio N" 305-98-PRONAA/P, de fecha 24 de junio de 1998, el Presidente del Consejo Directivo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA solicita en via de regularizacion la afectacion en uso del inmueble de 4 200,OO m2, ubicado en el sector Utcuyacu, a la altura del kilometro 1 de la carretera Catac - Utcuyacu, distrito de Catac, provincia de Recuay, departamento de MORDAZA, para que sea destinado a su sede institucional; Que, mediante Informe N" 150-94-SBN-DETr de fecha 28 de noviembre de 1994, la Direccion de Expropiaciones y Tasaciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales da cuenta de la inspeccion ocular realizada el 8 de octubre de 1994, manifestando que el inmueble se encuentra en buenas condiciones de mantenimiento; Que, el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria constituye un organismo publico descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano PROMUDEH, conforme se indica en el Decreto Legislativo N" 866, concordado con el Decreto Supremo N" OOl-97PROMUDEH; Que, las afectaciones en uso se otorgan mediante Resolucion Suprema a favor de las Reparticiones del Estado, razon por la cual es atendible la solicitud del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria, conforme a lo dispuesto por el Articulo 67" y siguientes del Decreto Supremo N" 0257%VC, Reglamento de Administracion de la Propiedad Fiscal; Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; De conformidad con lo disnuesto nor el Decreto Lev N" 25556 modificado por DecretoLey N" i5738, Decreto Ley N 25554, Decreto Supremo N" 02578-VC y Decreto Supremo N" 00593-PRES; SE RESUELVE: Articulo l".-Afectar en uso, en via de regularizacion, el terreno de 4 200,OO m2, ubicado en el sector Utcuyacu, a la altura del kilometro 1 de la carretera Catac - Utcuyacu, distrito de Catac, provincia de Recuay, departamento de MORDAZA, a favor del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, para que sea destinado a su sede institucional. Articulo 2".- La presente afectacion en uso queda sujeta alo dispuesto por el Articulo 72"del Decreto Supremo N" 025-78-VC. Articulo 3".- La Oficina Registra1 de MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, porel merito de la presente Resolucion Suprema, inscribira la presente afectacion en uso, en el Registro de la Propiedad Inmueble de Huaraz. Articulo 4".- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de la Presidencia.

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fu'imori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GGNZALES Ministro de la Presidencia 16902 MORDAZA

Declaran improcedente solicitud de afectacion en uso de terreno ubicado en la provincia de MORDAZA
RRSOLUCION MINISTERIAL N" 424-98-PRES MORDAZA, 14 de setiembre de 1998 Visto el Expediente N" 341892 mediante el cual la Asociacion de Residentes de la urbanizacion "Pando" lera. Etapa, solicita la afectacion en uso del terreno de 2 614,14 m2, ubicado en el lote N" 5 de la manzana GI-3 de la urbanizacion "Pando" lera. Etapa, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, para destinarlo a usos exclusivamente educativos, religiosos, sociales y deportivos al servicio de la comunidad, CONSIDERANDO: Que,medianteResolucionSupremaN"070-81-VC-5600, de fecha 9 de junio de 1981, se afecto en uso al Ministerio de Educacionelterrenode2614,14m2,ubicadoenlamanzana G-l de la Primera Etapa de la urbanizacion "Pando", distrito de San MORDAZA, provincia y de artamento de MORDAZA, para la construccion de un local esco Par; Que, mediante convenio de fecha 21 de octubre de 1982, aprobado mediante Resolucion Jefatura1 N" 451INIED, de fecha 20 de octubre de 1982, el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa concede a la Asociacion de Residentes de la urbanizacion "Pando", lera. Etapa, la custodia del terreno descrito en el considerando precedente para el desarrollo de actividades de (orden estrictamente educativas; Que, mediante Oficio N" Oll-ARUP-97, de fecha 4 de diciembre de 1997, la Asociacion de Residentes de la urbanizacion "Pando" lera. Etapa, solicita la afectacion en uso del predio de 2 614,14 m2, ubicado en el lote N" 5 de la manzana GI-3 de la urbanizacion "Pando", lera. Etapa, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, para destinarlo a usos exclusivamente educativos, religiosos, sociales y deportivos al servicio de la comunidad; Que, el terreno de 2 614,14 m2, ubicado en el lote N" 5 de la manzana Gl-3 de la urbanizacion "Pando", lera. Etapa, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento dc MORDAZA, se encuentra inscrito a favor del Estado en la Fich; W 1132892 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA y registrado en el asiento N" 1334 del Margesi de Bienes Nacionales correspondiente al departamento de Lima; Que, conforme a la Resolucion Directoral Superior N" 1079-77-VC-5500, de fecha 22 de MORDAZA de 1977, ex Bedida por el Ministerio de Vivienda y Construccion se c! eclaro cumplida por la Pontificia Universidad Catolica del Peru la ejecucion de obras de la Primera Etapa de la urbanizacion "Pando", estableciendo que el aporte del 2% para el Estado se fijaba en el lote N" 5, manzana GI-3 con un area de 2 614,14 m2 destinad0.a escuela primaria; Que, el Articulo II.VI.3.7 del Reglamento Nacional de Construcciones, aprobado mediante Decretos Supremos N" 039-70-VI y N" 063-70-VI, establece en cuanto aportes que el porcentaje que debe entregarse directamente al Ministerio de Educacion sera dedicado exclusivamente a la construccion de locales para iines educacionales; Que, el Articulo l"de1 Decreto de Ur ncia N"025-96, de fecha 22 de MORDAZA de 1996, establece queY areas de terreno as que por concepto de aportes reglamentarios deben entregar al Ministerio de Educacion las personas naturales o juridicas que desarrollen procesos de habilitacion MORDAZA para fines de vivienda en el territorio nacional constituyen patrimonio del Estado asignado al Ministerio de Educacion y seran destinados exclusivamente a la construccion de centros educativos; Que, mediante Informe N" 321-98/SBN-DAT, de fecha 3 de agosto de 1998, la Direccion de Apoyo Tecnico de la

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