Norma Legal Oficial del día 23 de Septiembre del año 1998 (23/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Credito del Peru para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial denominada "El Rastrillo Asociacion de Hogares MORDAZA Peru", del 4 al 6 de setiembre de 1998", ubicada en la MORDAZA Paz Soldan W 290, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la t;;wmentacion pertinente que justifica la apertura soliciEstando a lo informado por el Intendente de Inst itucio- / nes Financieras "A", mediante Informe N" ASIF "A" 137OTl98; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30" de la Ley N" 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, con la Circular N" B-1996-97 y la Resolucion SBS N" 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco de Credito del Peru, la apertura de una Oficina Especial denominada "El Rastrillo Asociacion de Hogares MORDAZA Peru", del 4 al 6 de setiembre de 1998? ubicada en la MORDAZA Paz Soldan N" 290, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYZEN MORDAZA Superintendenta Adjunta de Banca 10770
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- Oficina Especial, en las instalaciones de la Phillips Peruana S.A., avenida Comandante Espinar No 719, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendenta Adjunta de Banca 10836

CONASEV
Sancionan con multa a sociedad agente de bolsa
RESOLUCION CONASEV W 820-97-EF/94.10 MORDAZA, 16 de diciembre de 1997 VISTO: El Informe N" 084-97-EF/94.40 de fecha 9 de diciembre de 1997, presentado por la Gerencia de MORDAZA de Valores con el visto MORDAZA de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, en ejercicio de sus facultades de supervision y control establecidas por el Articulo 2" inciso a) del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley N" 26126, esta Comision Nacional efectuo una inspeccion integral a Intercapital Sociedad Agente de Bolsa S.A. dirigida a evaluar su operatividad y situacion financiera; Que, como resultado de la inspeccion efectuada se determinaron observaciones en diversos aspectos operativos y financieros, las cuales fueron comunicadas a Intercapital Sociedad Agente de Bolsa S.A. y a la sociedad auditora MORDAZA & Asociados Contadores Publicos SC., habiendo ejercido estas su derecho de defensa y presentado sus descargos, los cuales han sido evaluados; Que, se ha observado que Intercapital Sociedad Agente de Bolsa S.A. no tiene desagregadas sus cuentas corrientes bancarias en operativas y administrativas, tal como lo establece el Plan de Cuentas, Informacion Financiera y Anexos de Control aplicables a las Sociedades Agentes de Bolsa, aprobado por Resolucion CONASEV N" 30595EF/ 94.10; Que, en su descargo, la referida sociedad agente de bolsa acepto la observacion y manifesto que procederia a desagregar sus cuentas corrientes en operativas y administrativas, dando cumplimiento a lo establecido en el citado Plan de Cuentas; Que, la mencionada falta es sancionable de acuerdo con lo establecido por la MORDAZA Disposicion Final del Reglamento de Sanciones en el MORDAZA de Valores, aprobado por Resolucion CONASEV N" 910-91.EF/94.10.0; Que, atendiendo a la naturaleza de la infraccion, debe considerarse que la disposicion que obliga a las sociedades agentes de bolsa a distinguir sus cuentas corrientes operativas de las administrativas, tiene por finalidad garantizar la transparencia en el MORDAZA y resguardar el interes de los comitentes que participan en el; debiendo por ello separar claramente los recursos propios de la sociedad agente de bolsa, de aquellos pertenecientes a sus comitentes; por lo tanto, el incumplimiento a disposiciones relativas a la gestion de la sociedad agente de bolsa, es una infraccion que debe calificarse como leve; Que, de otro lado, en ejercicio de las facultades conferidas por el Texto Unico Concordado de su Ley Organica, asi como lo dispuesto por el Articulo 14" de 1s Normas Complementarias y Reglamento del Decreto Legislativo N" 850, aprobado por Decreto Supremo W 137-96-EF, esta Comision Nacional cito a la Sociedad Auditora MORDAZA & Asociados S.C. para que sustente el dictamen de auditoria emitido en relacion a los estados financieros de Intercapital Sociedad Agente de Bolsa S.A. al 31 de diciembre de 1996, no cumpliendo con sustentar dicho dictamen a satisfaccion, segun consta en el acta de fecha 4 de junio de 1997;

Autorizan a empresa bancaria el cierre de agencia y oficinas especiales ubicadas en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS W 951-98 MORDAZA, 15 de setiembre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco MORDAZA, para que se le autorice el cierre de una agencia y dos oficinas especiales ubicadas en el departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica lo solicitado; De acuerdo con el Informe N" ASIF"A"-143-OT-98 y a lo opinado por el Superintendente Adjunto de Banca; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 32" de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N" 26702 y la Circular N" B-1996-97; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolucian SBS N" 003-98; RESUELVE: Articulo IJnico.- Autorizar al Banco MORDAZA, el cierre de las siguientes oficinas: -Agencia ubicada en la avenida Mexico N" 1298, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima. -Oficina Especial, en las instalaciones del Country Club MORDAZA, avenida MORDAZA de MORDAZA sin, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima.

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