Norma Legal Oficial del día 21 de Agosto del año 1999 (21/08/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, sabado 21 de agosto de 1999

Articulo 1º.- Designar, a partir de la fecha a la doctora MORDAZA DEL MORDAZA JONG MORDAZA, como Defensora de Oficio. Articulo 2º.- El Director Nacional de Justicia determinara la Sala Penal donde prestara sus servicios. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 10802

Oficializan el III Congreso Nacional de Derecho Procesal, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 248-99-JUS MORDAZA, 20 de agosto de 1999 Visto el Oficio Nº 855-99-JUS/DNAJ de fecha 19 de agosto de 1999 de la Direccion Nacional de Asuntos Juridicos; CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 461-99-CAA/D de fecha 10 de agosto de 1999, el Decano del Colegio de Abogados de MORDAZA, solicita la oficializacion del "III CONGRESO NACIONAL DE DERECHO PROCESAL", a llevarse a cabo en esa MORDAZA del 9 al 11 de setiembre del ano en curso; Que la Direccion Nacional de Asuntos Juridicos mediante el documento de visto, expresa que el certamen a realizarse es de trascendencia nacional y de interes para estudiosos del derecho, lo que amerita la oficializacion solicitada; Que es funcion del Ministerio de Justicia sistematizar la legislacion y promover su estudio y difusion; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, modificado por la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 26612; inciso i) del Articulo 3º, e inciso j) del Articulo 80º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 190-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DAR CARACTER OFICIAL al evento denominado "III CONGRESO NACIONAL DE DERECHO PROCESAL", organizado por el Colegio de Abogados de MORDAZA, a realizarse del 9 al 11 de setiembre del ano en curso en esa ciudad. Articulo 2º.- Los organizadores del citado evento, remitiran a la Direccion Nacional de Asuntos Juridicos del Ministerio de Justicia las conclusiones a que se arriben al termino del mismo. Articulo 3º.- La presente Resolucion no irrogara gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 10803

Que mediante Carta S/N de fecha 16 de agosto de 1999, el Centro de Conciliacion y Arbitraje Nacional e Internacional de la Camara de Comercio de MORDAZA, solicita la oficializacion de la Conferencia "Mecanismos Alternativos en el Peru: Conciliacion y Arbitraje", a realizarse en la MORDAZA de Tacna el dia 26 de agosto de 1999; Que el Ministerio de Justicia tiene entre sus funciones sistematizar la legislacion y promover su estudio y difusion; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, modificado por la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 26612; inciso i) del Articulo 3º, e incisos i) y j) del Articulo 80º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 0190-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DAR CARACTER OFICIAL a la Conferencia denominada "Mecanismos Alternativos en el Peru: Conciliacion y Arbitraje", a realizarse el dia 26 de agosto de 1999 en la MORDAZA de Tacna. Articulo 2º.- La presente Resolucion no irrogara gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 10804

PESQUERIA
Otorgan garantia del Estado en respaldo de obligaciones asumidas por CENTROMIN PERU en contrato resultante de concurso publico para promocion de la inversion privada en la Empresa Minera Paragsha S.A.
DECRETO SUPREMO Nº 014-99-PE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 674, el Estado Peruano declaro de interes nacional la promocion de la inversion privada en el ambito de las empresas que conforman la Actividad Empresarial del Estado; Que, el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570 conforme fuera sustituido por el Articulo 6º de la Ley Nº 26438, permite que el Estado otorgue mediante contrato, a las personas naturales y juridicas, nacionales y extranjeras que realicen inversiones en las empresas y entidades del Estado incluidas en el MORDAZA a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, bajo cualquiera de las modalidades previstas en el Articulo 2º del mismo, las seguridades y garantias que mediante Decreto Supremo, en cada caso se consideren necesarias para proteger sus adquisiciones e inversiones, de acuerdo a la legislacion vigente; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 102-92-PCM se ratifico el Acuerdo adoptado por la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, conforme al cual se incluyo a la Empresa Minera del Centro del Peru S.A. - CENTROMIN PERU, en el MORDAZA de promocion de la inversion privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, y mediante Resolucion Suprema Nº 016-96-PCM se ratifico el MORDAZA Plan de Promocion en dicha empresa; Que, habiendose llevado a cabo el Concurso Publico Internacional para la promocion de la inversion privada en

Oficializan Conferencia "Mecanismos Alternativos en el Peru: Conciliacion y Arbitraje", a realizarse en la MORDAZA de Tacna
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 249-99-JUS MORDAZA, 20 de agosto de 1999

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