Norma Legal Oficial del día 21 de Agosto del año 1999 (21/08/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, sabado 21 de agosto de 1999

NORMAS LEGALES

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Que, segun MORDAZA de Asamblea General Extraordinaria de la Asociacion Pro Vivienda San MORDAZA del 31.1.1999, por unanimidad la renovacion del mandato de los integrantes del Consejo de Administracion y de Vigilancia por un MORDAZA periodo, quedando como presidente del Consejo de Administracion del Sr. MORDAZA Supo Hanari y Presidente del Consejo de Vigilancia el Sr. MORDAZA MORDAZA Zuniga; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0745-74-VIDU de fecha 10 de MORDAZA de 1974, en el primer punto resolutivo se convalida en via de regularizacion la Resolucion Ministerial Nº 1856-71-VI-DU del 6 de setiembre de 1971, aprobandose los Estudios Preliminares de Habilitacion MORDAZA para Uso Vivienda del terreno de 395,704.00 m2 (Trescientos noventicinco mil setecientos cuatro con 00/100 metros cuadrados), denominada I Etapa de la urbanizacion San MORDAZA, que esta constituida por parte de los ex fundos San MORDAZA y MORDAZA MORDAZA ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0745-74-VIDU de fecha 10 de MORDAZA de 1974, en el MORDAZA punto resolutivo se convalida, la Licencia Municipal Nº 030-72IO de fecha 5 de octubre de 1972 expedido por el Concejo Provincial de MORDAZA, aprobandose los Proyectos Integrales de trazado, lotizacion, pavimentacion de calzadas y aceras del terreno de 789,076.00 m2 (Setecientos Ochentinueve mil setentiseis con 00/100 metros cuadrados) denominada II Etapa de la urbanizacion San MORDAZA, que esta constituida por las unidades A, B, C y D del ex fundo MORDAZA y Anexos, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, la Asociacion Pro Vivienda San MORDAZA es propietaria del terreno de 1'171,663.42 m2 (un millon ciento setentiun mil seiscientos sesentitres con 42/100 metros cuadrados), el mismo que se encuentra inscrito en el Asiento 4-B de la Ficha Nº 76018-G de los Registros Publicos de la Propiedad Inmueble de Lima; Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 5489 de la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana de fecha 28 de diciembre de 1982, se aprueban en via de regularizacion de conformidad con el plano signado con el Nº 277-82-DGOP/DU/ DCO/MLM, los proyectos referidos a trazado y lotizacion, pavimentacion de calzadas y aceras, correspondiente a la Habilitacion, para Uso de Vivienda MORDAZA C-3 del terreno de 789,076.00 m2 de propiedad de la Asociacion Pro Vivienda San MORDAZA, constituido por parte del ex fundo Las MORDAZA y Anexos, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho y denominada Urb. San MORDAZA II Etapa, considerandola como Habilitacion MORDAZA MORDAZA Progresivo, al MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 0363-79VC-5500 del 28 de junio de 1979; Que, con Informe Nº 344-98-MML-DGO-DHU-DCO de la Muncipalidad Metropolitana de MORDAZA, se presenta en plano de replanteo integral de la Asociacion Pro Vivienda San MORDAZA (I y II Etapa), sobre cuyo plano se ha efectuado la inspeccion y revision por la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho; Que, en la inspeccion ocular y revision efectuada practicada por la Division de Control MORDAZA y Catastro, con Informe Nº 103-99-DCUC-DDU/MDSJL, se verifico la culminacion total de las obras ejecutadas en forma progresiva de agua, desague, luz en un 100%, de pistas en un 90% y veredas en un 75%, asi como la concordancia de la lotizacion de con el plano correspondiente al de Informe Nº 344-98-MML-DGO-DHU-DCO, el cual en aplicacion del Art. 17º inciso c) del TUO del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, se obtiene el Plano de Replanteo correspondiente a la Recepcion de Obra signado con el Nº 001-99-DCCU-DDU/MSJL, donde los Aportes para Servicios Publicos Complementarios (Otros Fines) con un total de 25,433.30 m2 distribuidos en: Mz. F' lote 03 de 666.54 m2, lote 04 de 522.90 m2 y lote 05 de 1,551.51 m2; Mz. J''' lote 64 de 1,596.00 m2 y lote 65 de 1,734.00 m2; Mz. N''' lote 29 de 1,049.50 m2, lote 30 de 1,023.20 m2 y lote 31 de 717.86 m2; Mz. X' lote 02 de 877.39 m2, lote 03 de 878.00 m2, lote 04 de 878.00 m2, lote 05 de 1,458.50 m2, lote 06 de 1,458.50 m2 y lote 07 de 1,458.00 m2; Mz. L'' lote 01 de 1,395.80 m2, lote 02 de 500,00 m2 y lote 03 de 240.00 m2 y Mz. A' lote 01 de 7,427.60 m2;

Los aportes para el Ministerio de Educacion un total de 22,128.27 m2 distribuidos en: Mz. X con 5,630.77 m2, Mz. L''' con 6,022.00 m2, Mz X' con 5,368.50 m2 y Mz. N' con 5,099.00 m2; Los aportes para Recreacion Publica (parques) con un total de 83,861.64 m2 distribuidos en once parques: MORDAZA 1 con 2,992.72 m2, MORDAZA 2 con 7,362.46 m2, MORDAZA 3 con 4,902.54 m2, MORDAZA 4 con 6,598.63 m2, MORDAZA 5 con 5,962.74 m2, MORDAZA 6 con 4,023.25 m2, MORDAZA 7 con 21,511.11 m2, MORDAZA 8 con 13,968.00 m2, MORDAZA 9 con 7,953.93 m2, MORDAZA 10 con 5,706.24 m2 y MORDAZA 11 con 2,880.20 m2. Siendo el aporte a SERPAR un total de 9,460.99 m2; Que, la Asociacion Pro Vivienda San MORDAZA ha cumplido con los pagos de derecho de tramite e inspecciones tecnicas segun MORDAZA de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho por S/. 340.00 (Trescientos cuarenta con 00/100 Nuevos Soles), de acuerdo al Informe Tecnico Nº 103-99-DCUC-DDU/MDSJL de la Division de Control MORDAZA y Catastro, de la Direccion de Desarrollo Urbano; En aplicacion de lo dispuesto por la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, de su Reglamento aprobado con D.S. Nº 022-97-MTC, los aportes destinados para fines de recreacion publica y servicios publicos complementarios (otros fines) corresponden a las Municipalidades Distritales. Asimismo, segun Art. 4º de la Ley Nº 26664, los aportes para parques zonales y recreacion publica que hace referencia el Reglamento Nacional de Construcciones, seran recaudados y administrados por las Municipalidades Distritales, para lo cual se ha elaborado la valorizacion Nº 004-99 que indica los superavit y valores de los deficits de aportes, resultando el Area Objeto de Regularizacion de 2,948.96 m2 (Dos mil novecientos cuarentiocho con 96/100 metros cuadrados) indicados en el Plano Nº 001-99-DCUC-DDU/MDSJL, cuya compensacion de acuerdo al Art. 30º del D.S. Nº 011-98MTC, TUO del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, sera redimido en dinero por la Asociacion Pro Vivienda San MORDAZA, con una compensacion de S/. 13,856.40 (Trece mil ochocientos cincuentiseis con 40/100 Nuevos Soles); Que, la Asociacion Pro Vivienda San MORDAZA y la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho dentro del MORDAZA de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, han suscrito un Convenio Bipartito de Cobranza, para que la Asociacion Pro Vivienda San MORDAZA representado por su Presidente Sr. MORDAZA Supo Hanari efectue el pago de S/. 13,856.40 (Trece mil ochocientos cincuentiseis con 40/100 Nuevos Soles), cancelando dicho importe en cinco cuotas mensuales en el ano de 1999, convenio que es parte integrante de la presente Resolucion; Que, es procedente atender la solicitud de Recepcion de Obras presentado por el interesado, de conformidad a lo dispuesto en el inciso b) del Articulo 9º del Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, que dar por cumplida la etapa de aprobacion de la habilitacion MORDAZA a aquellos que contaran con resolucion consentida que apruebe los Estudios Preliminares y permite que soliciten la recepcion de obras de habilitacion MORDAZA cuando estas se encuentren culminadas, tal como ocurre en el caso de autos; Que, en concordancia a lo establecido en los Articulos II-XVIII-3.6 y II-XVIII-4.6, del Reglamento Nacional de Construcciones y el Articulo 47º del Reglamento de Inscripciones, en la resolucion de recepcion de obras se dispondra la libre venta de los lotes y la incorporacion de la Habilitacion a la jurisdiccion municipal correspondiente; Que, con Informe Tecnico Nº 103-99-DCUC-DDU/ MDSJL de la Division de Control MORDAZA y Catastro e Informe Nº 3095-99-OAJ-MSJL de la Oficina de Asesoria Juridica, se da cuenta de la procedencia de lo solicitado; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dese por cumplida la Etapa de Aprobacion de Habilitacion MORDAZA para Uso de Vivienda, del terreno de 1'171,663.42 m2 (un millon ciento setentiun mil seiscientos sesentitres con 42/100 metros cuadrados) de propiedad de la Asociacion Pro Vivienda San MORDAZA, denominados Urb. San MORDAZA I y II

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