Norma Legal Oficial del día 21 de Agosto del año 1999 (21/08/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 10835

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 21 de agosto de 1999

Articulo 4º.- La mencionada funcionaria debera presentar al termino del evento un informe a la Alta Direccion del Ministerio de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 10834

EDUCACION

Autorizan a funcionaria de la Bibliote- Aprueban modificacion de contrato de ca Nacional del Peru asistir a eventos licencia para la explotacion de hidropara Directores de Bibliotecas Nacio- carburos en el Lote II - Noroeste nales, a realizarse en Tailandia y SinDECRETO SUPREMO Nº 031-99-EM gapur
RESOLUCION SUPREMA Nº 118-99-ED MORDAZA, 19 de agosto de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Federacion Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas (IFLA)llevara a cabo su 65ª Conferencia General y Reunion del Consejo, en Bangkok, Tailandia, del 20 al 28 de agosto del presente ano, evento que sera patrocinado por el MORDAZA de Tailandia; Que, el Presidente de la Conferencia de Directores de Bibliotecas Nacionales ha remitido la agenda y documentacion sustentatoria para la realizacion de la 26ª Conferencia de Directores de Bibliotecas Nacionales a realizarse el 25 de agosto, en el MORDAZA de la 65ª Conferencia General; Que, la Biblioteca Nacional de Singapur ha organizado un programa especial para los Directores de Bibliotecas Nacionales asistentes a la 65ª Conferencia General de IFLA, evento que se llevara a cabo en Singapur los dias 29 y 30 de agosto; Que, la Biblioteca Nacional del Peru es miembro Institucional de la Federacion Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas (IFLA), por lo que se considera importante la participacion de su Jefa Institucional en la 65ª Conferencia General, en la 26ª Conferencia de Directores de Bibliotecas Nacionales, asi como en el Programa Especial de la Biblioteca Nacional de Singapur; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR, a la senora Bib. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Jefa Institucional de la Biblioteca Nacional del Peru, para que en Comision de Servicio asista a la 65ª Conferencia General de la Federacion Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas (IFLA), que se llevara a cabo en Bangkok del 20 al 28 de agosto y al Programa Especial organizado por la Biblioteca Nacional de Singapur; a realizarse los dias 29 y 30 de agosto del presente ano, en Singapur. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran cubiertos con los recursos del Pliego Presupuestal de la Biblioteca Nacional del Peru, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 3400; Viaticos US$ 3000; Tarifa CORPAC US$ 25; Cuota de Registro US$ 425. Articulo 3º.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, por Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, se MORDAZA las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 39-95-EM, de fecha 7 de diciembre de 1995, se aprobo el Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote II - Noroeste, ubicado en la provincia de Talara, departamento de MORDAZA, Region Grau, suscrito entre PERUPETRO S.A. y VEGSA C.G.; Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-97-EM, de fecha 2 de setiembre de 1997, se aprobo la Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote II - Noroeste, en el que Petrolera Monterrico S.A. asume la totalidad de la participacion contractual debido a la escision de VEGSA C.G. en dos sociedades, Petrolera Monterrico S.A. y VEGSA C.G.; Que, el Articulo 12º de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, dispone que los Contratos, una vez aprobados y suscritos, solo podran ser modificados por acuerdo escrito entre las partes; y, que las modificaciones seran aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., por Acuerdo Nº D/046-99 de fecha 27 de MORDAZA de 1999, aprobo el Proyecto de Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote II - Noroeste, en relacion con el cambio en la intervencion de VEGSA C.G. como garante corporativo por Constructora Roxi S.A.; elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; De conformidad con los incisos 8) y 24) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 26221- Ley Organica de Hidrocarburos; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote II - Noroeste, aprobado por Decreto Supremo Nº 3995-EM y modificado por Decreto Supremo Nº 018-97-EM, para los fines a que se refiere la parte considerativa del presente Decreto Supremo, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y Petrolera Monterrico S.A. Articulo 2º.- Autorizase a PERUPETRO S.A., a suscribir con Petrolera Monterrico S.A. la modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote II - Noroeste, que se aprueba en el articulo precedente. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas.

ENERGIA Y MINAS

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