Norma Legal Oficial del día 25 de Agosto del año 1999 (25/08/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 25 de agosto de 1999
Inmueble Inmueble Urb. MORDAZA 19 Mz. C, Socabaya, Arequipa. Urb. Los MORDAZA MORDAZA 1 Lt. 9 Mz. A, Arequipa. MORDAZA Comercio Nº 893, Mollendo, MORDAZA Camion MORDAZA Scania 1987 - YG-4229 Camion MORDAZA Volvo 1975 - YH-1185 Omnibus MORDAZA Volvo 1981 - UH-2053 Vehiculo Placa KO-1910 Horno Rotativo amasadora Accesorios de Computadora 98.8.31 98.8.31 129 480,31 148 277,03

NORMAS LEGALES
2000.2.29 2000.2.29

Pag. 177197

resolucion, manteniendo la vigencia de su acreditacion y/o autorizacion por dicho tiempo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FALCONI MORDAZA Jefe 10871

Inmueble

98.8.31

47 778,56

2000.2.29

Vehiculo Vehiculo Vehiculo Vehiculo Otros Otros

98.8.31 98.8.31 98.8.31 98.9.6 98.7.31 98.9.8

121 039,02 57 334,27 127 409,50 9 978,67 25 225,21 24 881,90

2000.2.29 2000.2.29 2000.2.29 2000.3.5 2000.1.30 2000.3.7

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Declaran en situacion de emergencia el MORDAZA de los Suspiros y dictan acciones preventivas contra danos o accidentes
ORDENANZA Nº 008-MDB Barranco, 12 de agosto de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO; Por Cuanto: El Concejo Distrital de Barranco, en Sesion Ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de sus miembros; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 129-99-DDU-MDB, la Direccion de Desarrollo MORDAZA de esta Municipalidad, informa que el MORDAZA de los Suspiros, Monumento Historico y Patrimonio Cultural del distrito, presenta serios deterioros en su infraestructura, que obliga a tomar medidas preventivas de accion inmediata, a fin de evitar mayores danos o accidentes lamentables; Que, asimismo, se hace necesario solicitar la intervencion de entidades competentes y especialistas, a fin de realizar la evaluacion y diagnostico de la situacion y buscar el financiamiento y ejecucion de las obras de reparacion, ha emitido la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Declarar en situacion de EMERGENCIA, el MORDAZA DE LOS SUSPIROS, autorizando al Despacho de Alcaldia a tomar las siguientes acciones preventivas, a fin de evitar mayores danos o accidentes lamentables: 1. Cierre temporal del MORDAZA Peatonal por el MORDAZA de los Suspiros, por 10 dias, contados a partir de la fecha. 2. Restriccion del MORDAZA Vehicular y Prohibicion de ingreso de vehiculos pesados desde el ingreso por la MORDAZA Domeyer a la MORDAZA del Puente. 3. Instalar Carteles senalizadores y precintos de seguridad en los estribos danados del Puente. 4. Comunicar a los Vecinos, Conductores de Establecimientos Comerciales y Visitantes en general las acciones dispuestas. 5. Emitir Notas de Prensa, informando a los medios de Comunicacion, las razones de la declaratoria de Emergencia. Articulo Segundo.- Autorizar al Despacho de Alcaldia a convocar al Instituto Nacional de Cultura, Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, II Region de Defensa Civil, INVERMET y Colegio de Ingenieros del Peru, para realizar acciones conjuntas en salvaguarda del MORDAZA de los Suspiros, Monumento Historico y Patrimonio Cultural del distrito. Por Tanto: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 10880

10886

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
Modifican Reglamento de Autorizacion y/o Acreditacion de Laboratorios Analiticos para la Emision de Protocolo de Analisis de Calidad Sanitaria de Medicamentos y Similares
RESOLUCION JEFATURAL Nº 186-99-J-OPD/INS MORDAZA, 20 de agosto de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Jefatural Nº 179-99-J-OPD/INS se resuelve adicionar el inciso 5.5.8. al numeral 5 del Reglamento de Autorizacion y/o Acreditacion de Laboratorios Analiticos para la Emision de Protocolos de Analisis de Calidad Sanitaria de Medicamentos y Similares, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 244-96-J-IPD/INS; Que, el articulo unico de la Resolucion Jefatural mediante el cual se adiciona el indicado inciso al reglamento MORDAZA precisado, establece el tiempo de Acreditacion y/o Autorizacion de los Laboratorios de la Red, el termino de iniciacion para su renovacion y la caducidad de la vigencia de las acreditaciones y/o autorizaciones con mas de 2 anos de antiguedad, no contemplando el termino para el inicio de la renovacion de aquellos laboratorios que quedaban sin vigencia; De conformidad con lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 584 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, Ley Nº 26842 - Ley General de Salud, Arts. 97º y 99º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-92-SA, Art. 4º del Reglamento de Certificacion Sanitaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-94-SA y Resolucion Jefatural Nº 244-96-J-OPD/INS; En uso de las atribuciones establecidas en el Art. 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 17895-SA/DM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- MODIFICAR el inciso 5.5.8 del numeral 5 del Reglamento de Autorizacion y/o Acreditacion de Laboratorios Analiticos para la Emision de Protocolo de Analisis de Calidad Sanitaria de Medicamentos y Similares, en los siguientes terminos: 5.5.8.- El termino MORDAZA de Acreditacion y/o Autorizacion de los Laboratorios de la Red, es por dos (2) anos, pudiendo iniciarse el tramite de renovacion dentro del plazo de 60 dias calendario MORDAZA de su vencimiento. El termino de 60 dias para el inicio del tramite de renovacion, para los Laboratorios Acreditados y/o Autorizados con mas de dos (2) anos de antiguedad, se computara a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente

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