Norma Legal Oficial del día 27 de Agosto del año 1999 (27/08/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA

MORDAZA, viernes 27 de agosto de 1999
MORDAZA - MORDAZA y viceversa MORDAZA MORDAZA REPARTICION YURA - CALLALLI CONDOROMA - MORDAZA - EL DESCANSO - LANGUI - SICUANI - URCOS : MORDAZA - SICUANI : Una diaria : Tres omnibus : : : :

porte Aereo, caso contrario el presente Permiso de Operacion sera revocado en forma automatica. Articulo 11º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada a la obligacion de la compania MORDAZA UP S.A., de otorgar la garantia global que establece el Articulo 19º de la Ley Nº 26917, dentro del plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la publicacion del Reglamento de la Ley MORDAZA citada; en los terminos y condiciones que este establezca. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 12º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado o suspendido de inmediato en forma automatica cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente resolucion o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley Nº 24882 modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento, la Ley Nº 26917 y demas disposiciones legales vigentes; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador de Servicios Aereos y Especificaciones Tecnicas de operacion. Articulo 13º.- El permiso otorgado precedentemente queda sujeto a la Ley Nº 24882, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento, lo pertinente de la Ley Nº 26917, las Regulaciones Aeronauticas del Peru y demas disposiciones legales vigentes, asi como a las Directivas que dicte la Direccion General de Transporte Aereo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HARMES BOURONCLE Director General de Transporte Aereo 10977

: Dos omnibus: UH-4450 (1996) y UH-4451 (1996) FLOTA DE RESERVA : Un omnibus: UH-4453 (1996) HORARIOS : Salidas de Arequipa: A las 16.45 horas Salidas de Cusco: A las 17.15 horas

Otorgan concesion a empresa para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Arequipa-Cusco
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1888-99-MTC/15.18 MORDAZA, 16 de MORDAZA de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02232010 organizado por la empresa TRANSPORTES CROMOTEX S.A., sobre concesion de ruta: MORDAZA - MORDAZA y viceversa e Informe Nº 507-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, solicita el otorgamiento de la concesion de ruta: MORDAZA - MORDAZA y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 507-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99MTC, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa TRANSPORTES CROMOTEX S.A., la concesion de ruta: MORDAZA MORDAZA y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo con los siguientes terminos:

La Tarjeta de Circulacion Vehicular sera expedida con relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados. Segundo.- La empresa esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus. Tercero.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Cuarto.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. Quinto.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 10983

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan viaje de servidoras de la Secretaria Tecnico-Juridica y de Etica para participar en pasantia que se realiza en Puerto Rico
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 095-99-CG MORDAZA, 20 de agosto de 1999 VISTOS; la Hoja Informativa Nº 035-99-CG/DECI-CIN de 13.AGO.99 de la Unidad de Desarrollo Estrategico y Cooperacion Internacional; CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica tiene suscrito un Convenio de Cooperacion Tecnica con la Oficina de Etica Gubernamental de Puerto Rico, habiendose programado para el presente ano un programa reciproco de pasantias entre MORDAZA instituciones, a fin de intercambiar experiencias a nivel tecnico y capacitacion in situ, el mismo que ha sido cumplido en su primera parte; Que, es objetivo del Plan Estrategico de la Contraloria General, promover una cultura de honestidad y transparencia en el manejo de los recursos publicos, siendo la Secretaria Tecnico Juridica y de Etica la encargada de orientar y facilitar la mejora de los niveles de probidad administrativa y la lucha contra la corrupcion en la actividad gubernamental, habiendose previsto para el cumplimiento de tal funcion, el intercambio de tecnologia y conocimiento en la senalada materia, asi como activar las relaciones con otras entidades especializadas; por lo que

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