Norma Legal Oficial del día 09 de Diciembre del año 1999 (09/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 9 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2955-99-MTC/15.18

VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02541010, organizado por la Empresa de Transportes PONY EXPRESS Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, sobre concesion de ruta del Servicio Publico de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus y el Informe Nº 566-99MTC/15.18.04.1.MMF emitidos por la Direccion de Transportes de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la Empresa de Transportes PONY EXPRESS Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesion de la ruta: MORDAZA - MORDAZA y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 566-99-MTC/15.18.04.1.MMF, se concluye que la referida empresa ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la Empresa de Transportes PONY EXPRESS Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, la concesion de ruta: MORDAZA - MORDAZA y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente resolucion, de acuerdo con los siguientes terminos: RUTA : MORDAZA - MORDAZA y viceversa ORIGEN : MORDAZA DESTINO : MORDAZA ITINERARIO : MORDAZA LUCIA-CABANILLAS-JULIACA-AYAVIRISANTA ROSA-SICUANI ESCALA COMERCIAL : JULIACA FRECUENCIAS : TRES SEMANALES HORARIOS DE SALIDA : AREQUIPA: LUNES, MIERCOLES y VIERNES a la 7.00 horas. CUSCO: LUNES, MIERCOLES y VIERNES a las 7.00 horas. FLOTA OPERATIVA : VU-1243 (1998) y UH-4608 (1986) FLOTA DE RESERVA : VU-1541 (1984) Las tarjetas de circulacion sera expedida en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La empresa esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus. Tercero.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Cuarto.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, computados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. Quinto.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 15316

MORDAZA, 22 de noviembre de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 03118010 organizado por la empresa de transportes TURISMO MORDAZA S.R.L., sobre concesion de ruta: MORDAZA - MOYOBAMBA y viceversa e Informes Nºs. 746 y 887-99-MTC/ 15.18.04.1.RCM de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesion de ruta: MORDAZA - MOYOBAMBA y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en los Informes Nºs. 746 y 887-99-MTC/ 15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del Reglamento y lo senalado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes TURISMO MORDAZA S.R.L. la concesion de ruta: MORDAZA - MOYOBAMBA y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente resolucion, de acuerdo con los siguientes terminos: RUTA : MORDAZA - MOYOBAMBA y viceversa ORIGEN : MORDAZA DESTINO : MOYOBAMBA ITINERARIO : CHICLAYO-JAEN-BAGUA CHICA-BAGUA GRANDE ESCALA COMERCIAL : CHICLAYO-JAEN FRECUENCIA : Dos diarias FLOTA VEHICULAR : Seis omnibus FLOTA OPERATIVA : Cinco omnibus: UC-1914 (1994), UC-1980 (1994), UC-2083 (1994), UC2104 (1995) y UC-2168 (1995) : Un omnibus: UC-2099 (1995) : Salidas de Trujillo: A las 9.00 a.m. y 12.00 m. Salidas de Moyobamba: A las 9.00 a.m. y 12.00 m.

FLOTA DE RESERVA HORARIOS

La Tarjeta de Circulacion Vehicular sera expedida con relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados. Segundo.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion; para lo cual debera contar con lo establecido en el Art. 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procedera a aplicar lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Art. 16º del referido Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 15318

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