Norma Legal Oficial del día 16 de Diciembre del año 1999 (16/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 16 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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gan en tramite una solicitud de prorroga de dicho incremento en la que no se MORDAZA agotado la via administrativa, tendran un unico plazo extraordinario de seis meses contados a partir de la vigencia del citado Decreto Supremo para la culminacion total de sus respectivos incrementos disponiendo asimismo que, en el caso de incrementos de flota para la construccion de embarcaciones, se gozara del citado beneficio, siempre que se MORDAZA realizado un avance de obra significativo de por lo menos el cincuenta por ciento (50%) y, finalmente, establecio que la Direccion Nacional de Extraccion determinara el avance de construccion de las embarcaciones materia de los incrementos de flota a efectos de declarar la caducidad de aquellas autorizaciones que no se encuentren contempladas en dichos supuestos; Que por Resolucion Ministerial Nº 658-97-PE, del 28 de octubre de 1997, se otorgo autorizacion de incremento de flota por un plazo improrrogable de dieciocho (18) meses a PESQUERA MAGURO S.A. para la construccion de una embarcacion arrastrera para la extraccion del recurso merluza con destino al consumo humano directo, la misma que fue modificada por Resolucion Ministerial Nº 421-98-PE de fecha 7 de setiembre de 1998, en el extremo relativo a la potencia del motor principal de la embarcacion autorizada; Que a traves de los escritos del visto, la recurrente solicita la prorroga del plazo establecido por la Resolucion Ministerial citada anteriormente por dieciocho meses adicionales, a fin de concluir la ejecucion de la citada autorizacion, fundamentando su solicitud en que la falta de financiamiento derivada de la crisis internacional ha tenido repercusion en la economia nacional y que esta, aunada a la crisis del sector pesquero a causa del fenomeno El MORDAZA, le impidio avanzar la construccion de la embarcacion pesquera autorizada; sin embargo, la recurrente no ha acreditado que el incumplimiento del termino de la construccion de la embarcacion obedezca a razones que constituyan causas de fuerza mayor, como hechos imprevisibles, irresistibles y extraordinarios, por lo que, la prorroga del plazo solicitada deviene improcedente; _Que segun Acta de inspeccion del 1 de octubre de 1999, la Direccion Nacional de Extraccion ha verificado que la embarcacion denominada "BOSKA", materia de la autorizacion de incremento de flota contenida en la Resolucion Ministerial Nº 658-97-PE mencionada anteriormente, cuenta con un avance del 25% del total de su construccion; en consecuencia, al no cumplir con el supuesto normativo contenido en la Primera Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 016-99-PE, senalada en el primer considerando de la presente resolucion, toda vez que no se ha acreditado un avance de obra significativo del cincuenta por ciento (50%) de la construccion de la referida embarcacion y, habiendose vencido el plazo de la autorizacion de incremento de flota otorgada a traves de Resolucion Ministerial Nº 658-97-PE, sin que esta sea ejecutada, corresponde declarar su caducidad; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Extraccion y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 016-99-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de prorroga del plazo establecido en el Articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 658-97-PE, presentada por PESQUERA MAGURO S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Declarar la caducidad de la autorizacion de incremento de flota contenida en la Resolucion Ministerial Nº 658-97-PE, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Retirar la autorizacion de incremento de flota otorgada a PESQUERA MAGURO S.A. a traves de la Resolucion Ministerial Nº 658-97-PE consignada en el numeral 87 del Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 500-98-PE. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extraccion (e) 15554

RELACIONES EXTERIORES
Modifican resolucion mediante la cual se autorizo pago de cuota a la Convencion de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificacion
RESOLUCION SUPREMA Nº 563-99-RE MORDAZA, 14 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 330-99-RE, de 27 de MORDAZA de 1999, se autorizo, entre otros, el pago de la cuota 1998 a la Convencion de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificacion (CLD) por US$ 9,400.00; Que, por Mensaje M-716, de 18 de noviembre de 1999, la Representacion Permanente del Peru ante los Organismos Internacionales con sede en MORDAZA informa que las deudas pendientes del Estado Peruano con la Convencion de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificacion (CLD) corresponde a la cuota del ano 1999; Que, en consecuencia es necesario modificar el Articulo 1º de la Resolucion Suprema Nº 330-99-RE en lo que se refiere al concepto del pago a la Convencion de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificacion (CLD); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Articulo 1º de la Resolucion Suprema Nº 330-99-RE, de fecha 27 de MORDAZA de 1999, de acuerdo al detalle siguiente:
ORGANISMO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA 9,400.00

CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS DE LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACION (CLD) Pago de la cuota 1999 y pago parcial cuota ano 2000

Articulo 2º.- Dejar subsistente en todo lo demas la Resolucion Suprema Nº 330-99-RE. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 15678

MTC
Renuevan concesion otorgada a empresa para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Trujillo-Cajamarca
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2957-99-MTC/15.18 MORDAZA, 22 de noviembre de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 04506010 organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES VULKANO S.A., sobre renovacion de concesion de ruta: MORDAZA MORDAZA y viceversa y escala comercial e Informe Nº 907-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional;

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