Norma Legal Oficial del día 16 de Diciembre del año 1999 (16/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, jueves 16 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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toma conocimiento de la presunta falta disciplinaria cometida por el ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Portales; por lo que, es a partir de esa fecha que empieza a correr el plazo de Prescripcion, establecido por el Articulo 173º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, a fojas 73 y 74 aparece la publicacion efectuada en el Diario Oficial El Peruano de la Resolucion Administrativa Nº 484-SE-TP-CME-PJ, de fecha 19 de noviembre de 1999, que instaura MORDAZA administrativo disciplinario al ex servidor indicado, es decir cuando ya habia transcurrido mas de un ano en que la citada Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, tomo conocimiento de la presunta falta disciplinaria; Que, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Portales es un ex servidor comprendido dentro del Regimen Laboral de la Actividad Publica del Decreto Legislativo Nº 276, y que al haber prescrito el plazo para instaurar MORDAZA administrativo disciplinario, como lo dispone el Articulo 173º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, no resulta necesario pronunciarse sobre los hechos de fondo; De conformidad con las facultades otorgadas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009, Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ y 02999-SE-TP-CME-PJ, y estando a lo dispuesto por el Articulo 27º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y Articulos 126º, 150º, 166º, 170º, 173º y 174º de su Reglamento, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR PRESCRITA la accion administrativa instaurada contra el ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA PORTALES, Tecnico Judicial I del Distrito Judicial de Tacna y Moquegua. Articulo Segundo.- RECOMENDAR a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, ejerza mayor cuidado en el cumplimiento de sus funciones. Articulo Tercero.- REMITIR MORDAZA de los actuados del presente MORDAZA a la Oficina de Inspectoria General del Poder Judicial, a efecto de que adopte las acciones administrativas correspondientes para deslindar responsabilidades. Articulo Cuarto.- REMITIR copias autenticadas de la presente Resolucion al Supervisor de Personal de la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial, a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Poder Judicial y al interesado para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEZUA MORDAZA Titular del Pliego del Poder Judicial 15641

Que, en base a lo establecido en el Articulo 40º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con lo dispuesto por el Articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 276 y el Articulo 139º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, ningun funcionario o servidor publico puede desempenar mas de un empleo o cargo publico remunerado; Que, la ex trabajadora, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin respetar lo dispuesto en las normas detalladas en el considerando anterior, durante su permanencia laboral en el Poder Judicial, se desempeno simultaneamente como Trabajador de Servicio I (Nivel SAD) en el Hospital Nacional "Dos de Mayo" desde el 1 de diciembre de 1997, desempenando con ello paralelamente dos cargos publicos remunerados, lo cual se contrapone con lo establecido en las normas citadas; Que, en tal sentido, habiendo laborado de manera paralela en el Poder Judicial desde el 1 de marzo de 1997 al 30 de junio de 1999, y en el Hospital Nacional Dos de MORDAZA, resulta responsable de la percepcion indebida de haberes durante su permanencia laboral de este Poder del Estado; Que, del calculo efectuado se desprende que el adeudo por los haberes percibidos durante el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 1997 y el 30 de junio de 1999, ascienden a la suma de S/. 21,281.75 (VEINTIUN MIL DOSCIENTOS OCHENTAIUNO Y 75/100 NUEVOS SOLES), suma que la Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra en la obligacion de devolver; Que, del Informe Nº 029-99-GG-GAF-SP-PJ se desprende el cobro indebido de remuneraciones realizado por la ex servidora, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en agravio del Estado, hecho que amerita se autorice a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para que inicie las acciones legales correspondientes; Que, en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623 y 26695; y las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ y 029-99-SE-TPCME-PJ; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir todos los actuados al despacho de la Procuradora Publica mencionada, para que de cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEZUA MORDAZA Titular del Pliego del Poder Judicial 15642

Aprueban instrumentos tecnicos Autorizan a procuradora iniciar proce- normativos del MORDAZA Despacho Judiso judicial contra ex servidora del Po- cial de las Especialidades Civil y Laboral de la Corte Superior de Justicia de der Judicial MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR
DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 518-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 15 de diciembre de 1999 VISTO: El Informe Nº 029-99-GG-GAF-SP-PJ expedido por la Supervision de Personal de la Gerencia General del Poder Judicial, mediante el cual se recomienda que la Procuraduria Publica a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial inicie las acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex trabajadora de este Poder del Estado, por cobro indebido de haberes durante el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 1997 al 30 de junio de 1999; RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 520-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 15 de diciembre de 1999 VISTO: El Memorando Nº 239-99-PJ-SE-GCR/OYM, de fecha 14 de octubre de 1999, emitido por la Oficina de Organizacion y Metodos, y documentos adjuntos; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por el inciso 14) del Articulo 10º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de

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