Norma Legal Oficial del día 28 de Diciembre del año 1999 (28/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, martes 28 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, conforme lo establece el Articulo 91º de la referida Ley Organica de Elecciones Nº 26859, debe remitirse los planillones y disquetes presentados a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para que realice la correspondiente verificacion; autorizando a los personeros de la agrupacion recurrente, para que presencien y vigilen el desarrollo de dicho MORDAZA de verificacion; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que la Oficina Nacional de Procesos Electorales realice en el plazo de 10 dias la comprobacion de la autenticidad de las firmas y la numeracion de los documentos de identidad de adherentes presentadas por el denominado "Movimiento Independiente Pueblo con Futuro y Trabajo", de conformidad con lo dispuesto por los Articulos 91º y 92º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859. Articulo Segundo.- Remitir al efecto a la Oficina Nacional de Procesos Electorales los cincuentiun mil novecientos noventa (51,990) planillones y cincuenticuatro (54) disquetes originales conteniendo los nombres, libretas electorales y firmas de adherentes, presentados por el denominado "Movimiento Independiente Pueblo con Futuro y Trabajo", al momento de solicitar su inscripcion. Articulo Tercero.- Autorizar a los personeros de la organizacion politica recurrente a presenciar y vigilar el MORDAZA de verificacion referido. Articulo Cuarto.- La Oficina Nacional de Procesos Electorales, luego de haber dado cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolucion, debera emitir informe al MORDAZA Nacional de Elecciones, con la documentacion presentada, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 16104

Convocan a candidatos no proclamados para que asuman cargos de regidores de Concejos Distrital de San MORDAZA de Chaccrampa y Provincial de Anta
RESOLUCION Nº 2140-99-JNE MORDAZA, 27 de diciembre de 1999 VISTOS: El Oficio Nº 040-99-CTAR-A-MDSMCH/A recibido el 28 de setiembre de 1999, remitido por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del concejo distrital de San MORDAZA de Chaccrampa, provincia de Andahuaylas, departamento de MORDAZA, mediante el cual comunica la declaratoria de vacancia del cargo de regidor de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el concejo referido, bajo acusacion de estar incursa dicha regidora en la causal de vacancia de inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo; y, solicita se convoque al candidato correspondiente a fin que ocupe el cargo vacante de regidor; El Escrito Nº 02 recibido el 22 de noviembre de 1999, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del concejo distrital de San MORDAZA de Chaccrampa, mediante el cual remite copias certificadas de las actas de las sesiones de concejo llevadas a cabo entre los meses de marzo y MORDAZA de 1999; y, reitera el pedido de convocatoria del candidato correspondiente para que asuma el cargo vacante de regidor en el referido concejo distrital;

Que, del informe de los resultados de las elecciones municipales del 11 de octubre de 1998, remitido por el MORDAZA Electoral Especial de Andahuaylas, aparece que la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fue elegida regidora del concejo distrital de San MORDAZA de Chaccrampa, para el periodo 1999 ­ 2002; Que, se aprecia de la MORDAZA certificada del acta de la sesion extraordinaria de fecha 16 de MORDAZA de 1999, corriente a fojas 15 y 16, que el concejo distrital de San MORDAZA de Chaccrampa, con la mayoria del numero legal de miembros, declaro la vacancia del cargo de regidor de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido dicha regidora en la causal de vacancia establecida por el Articulo 26º, inciso 5, de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; y, posteriormente se expide la Resolucion Municipal Nº 001-99-CTAR-A-MDSMCH/A, de fecha 20 de MORDAZA de 1999, a fojas 17 y 18, que declara, a su vez, la vacancia del cargo municipal referido por causal de inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo; Que, respecto de la causal de vacancia por inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo, prevista por el Articulo 26º, inciso 5, de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con las copias certificadas de las actas de sesion de concejo, corrientes de fojas 22 a 48, y las constancias de citacion, con firma de recepcion, a las sesiones de concejo, corrientes de fojas 7 a 14, se ha acreditado la inasistencia injustificada de la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA a mas de tres sesiones ordinarias consecutivas realizadas entre el 18 de marzo y el 8 de MORDAZA de 1999; Que, en observancia del debido MORDAZA y cumpliendo con lo establecido por el Articulo 27º, MORDAZA parrafo, de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Articulo 113º de la misma ley; se ha remitido MORDAZA de la notificacion de la resolucion municipal de declaratoria de vacancia efectuada a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA el 20 de MORDAZA de 1999, como se aprecia a fojas 19, que acredita que la interesada ha tomado conocimiento del acuerdo de concejo que declaro la vacancia de su cargo de regidor; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en caso de vacancia del cargo de regidor, debe incorporarse al suplente de la respectiva lista del regidor vacado, correspondiendo asumir el cargo de regidor del concejo distrital de San MORDAZA de Chaccrampa al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, integrante de la lista independiente "Movimiento Civico Independiente Maestros y Pueblos Unidos"; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundada la solicitud de convocatoria del candidato correspondiente para que asuma el cargo de regidor del concejo distrital de San MORDAZA de Chaccrampa por la vacancia del cargo de regidor de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, declarada conforme a ley por el concejo distrital de San MORDAZA de Chaccrampa en la sesion de fecha 16 de MORDAZA de 1999. Articulo Segundo.- Convocar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la lista independiente "Movimiento Civico Independiente Maestros y Pueblos Unidos", para que asuma el cargo de regidor del concejo distrital de San MORDAZA de Chaccrampa, en reemplazo de la regidora vacada senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para completar el periodo 1999 ­ 2002, otorgandose la respectiva credencial al regidor convocado. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 16103

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