Norma Legal Oficial del día 30 de Diciembre del año 1999 (30/12/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

Pag. 182154

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 30 de diciembre de 1999

"MERCANCIAS TRANSPORTADAS EN VEHICULO PARTICULAR" 7. En caso que en el Listado emitido por el sistema aparezcan bienes que excedan los montos y volumenes permitidos por el D.S. Nº 202-92-EF,o que se trate de bienes no contemplados en dicho Decreto Supremo, el Turista debe proceder a cancelar los derechos de aduana y demas tributos que afectan su importacion mediante Declaracion Simplificada ante las Oficina de ADUANAS ubicada en el Terminal Terrestre " MORDAZA A. MORDAZA ", siempre que el valor de las mercancias no exceda los Dos Mil dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 2,000.00), caso contrario debe efectuarse el tramite ante la Intendencia de Aduana de Tacna mediante la Declaracion Unica de Importacion presentada a traves de un Agente de Aduana. 8. De no efectuarse la cancelacion de los tributos o no se presente la Declaracion Unica de importacion a que se refiere el numeral precedente, la mercaderia cae en abandono legal de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento. Embarque del Equipaje y Pasajeros en el Terminal Terrestre asi como de las Encomiendas. 9. El embarque del equipaje y de los pasajeros asi como de las encomiendas que se transporten por via terrestre, se efectua en el Terminal Terrestre " MORDAZA A. MORDAZA " de la MORDAZA de Tacna. 10.Las encomiendas deben tramitarse en el horario establecido por la Intendencia de Aduana de Tacna, para lo cual el publico usuario MORDAZA de requerir los servicios de la empresa de transporte presenta los bultos ante la Autoridad Aduanera para su revision fisica y posterior colocacion de MORDAZA de identificacion. Efectuada la revision, el usuario entrega las encomiendas a la Empresa de Transportes quien se encarga de su ingreso a las bodegas del omnibus en el horario de salida que le corresponda. 11. La bodega de equipajes de los pasajeros para escalas intermedias, estara especialmente acondicionada y precintada hasta el Puesto de Control, figurando en el Manifiesto de Pasajeros y Equipaje el numero de la bodega asignada para las escalas intermedias asi como los numeros de los precintos colocados. 12. Previamente a la salida de los omnibuses, la Empresa de Transporte debe entregar al Piloto y/o Copiloto el respectivo Manifiesto de pasajeros y equipajes, en original y tres copias, el que debe consignar la hora de salida, y estar debidamente firmado y MORDAZA por el personal o los representantes de la Empresa Transportista. 13.La Autoridad del Terminal Terrestre previamente constata que el transportista embarque primero las encomiendas debidamente enzunchadas, y a continuacion los equipajes segun su destino, procediendo a colocar los precintos de seguridad en las bodegas, cuyos numeros se consignaran en el Manifiesto respectivo, quedando de esta manera autorizado para su viaje. 14. El personal de ADUANAS intervendra al pasajero o el equipaje que se embarque, cuando se presuma la existencia de una infraccion administrativa o delito de Contrabando, asi como ante cualquier tramite irregular u otra actitud que presuma su comision. A.2. CONTROL FISICO DEL EQUIPAJE Y PASAJEROS EN EL PUESTO DE CONTROL 1. Al arribo de los omnibuses al Puesto de Control, el conductor del vehiculo, entrega al Oficial de Aduanas el Manifiesto de Equipajes y de Pasajeros. 2. Luego de la recepcion del Manifiesto, en el Puesto de Control Aduanero de Tomasiri los omnibuses son sometidos a un MORDAZA de seleccion aleatoria para su revision fisica en un porcentaje no superior al 50% del total de omnibuses con paso registrado el dia anterior, emitiendose una Boleta en original y MORDAZA que indique el resultado de la seleccion aleatoria. Tratandose de otros Puestos de Control Aduanero la revision fisica se efectuara al 100%. 3. Los omnibuses "no seleccionados a revision fisica" en el Puesto de Control Aduanero de Tomasiri, proseguiran el viaje, y de ser el caso podran ser intervenidos por el personal de ADUANAS de presentarse las incidencias senaladas en el numeral 14 del rubro A.1. 4. En los casos de los omnibuses "seleccionados a revision fisica", el vehiculo se ubica en el lugar designado para tal efecto, procediendo el Oficial de Aduanas a abrir

las bodegas y el enmallado, previa constatacion del numero de los precintos colocados con aquel consignado en el Manifiesto, debiendo ingresar los pasajeros a los modulos de revision fisica portando todo su equipaje. 5. Para efectos de la revision fisica del equipaje, el pasajero debe presentar al Oficial de Aduanas designado el Listado emitido por el sistema debidamente firmado y MORDAZA por el personal de CETICOS-Tacna, y la Declaracion Simplificada o la Declaracion Unica de Importacion cancelada cuando corresponda, asi como los originales de las Boletas de Venta de la MORDAZA de Comercializacion de Tacna. 6. De resultar conforme la revision fisica, el Oficial de Aduanas entregara al pasajero el listado emitido por el sistema y las Boletas de Venta de la MORDAZA de Comercializacion de Tacna debidamente firmadas y selladas. Si como consecuencia de la revision fisica se encuentran bienes no declarados se procede a su incautacion. 7. Concluida la revision fisica, el Oficial de Aduanas procede a colocar los precintos de seguridad, en las bodegas y enmallado abiertos consignando el numero de los mismos en el Manifiesto de Equipaje. Adicionalmente, colocan en las aberturas de las bodegas un sello adhesivo de seguridad debidamente numerado el cual firma en senal de conformidad. 8. Los Turistas que viajen en vehiculos particulares a su llegada al Puesto de Control Aduanero deben entregar al Oficial de Aduanas, la documentacion senalada en el numeral 5 del presente rubro. Efectuada la recepcion de los documentos el Oficial de Aduanas designado proceden a la revision fisica de los bienes que transporta teniendo en cuenta lo senalado en el numeral 6 del presente rubro. A.3. CONTROL ADUANERO DEL EQUIPAJE DE LOS TURISTAS QUE SE EMBARQUEN POR VIA AEREA 1. Los Turistas que se embarquen por via aerea en el Aeropuerto de Tacna para acogerse a la franquicia establecida en el D.S. Nº 202-92-EF, deben declarar los bienes adquiridos en la MORDAZA de Comercializacion de Tacna que conforman su equipaje recabando el formulario de Declaracion Jurada de Equipajes ( Ver Anexo) en la Oficina de CETICOS - Tacna ubicada en el mencionado Aeropuerto. 2. La Declaracion Jurada de Equipajes debidamente llenada y firmada asi como los documentos que se indican en el numeral 3 del rubro A.1 son presentados por el Turista ante la Oficina de CETICOS - Tacna ubicada en el Aeropuerto de Tacna con la anticipacion senalada por las empresas de transporte aereo para el abordaje del avion segun el itinerario del vuelo. Siendo aplicable por parte del personal de CETICOS - Tacna para efectos de la recepcion y registro lo senalado en el numeral 4 del rubro A.1. 3. El personal de CETICOS - Tacna ingresa la informacion pertinente al Sistema Integrado de Gestion Aduanera SIGAD conforme a lo senalado en el numeral 5 del rubro A.1, registrada la informacion, el sistema emite un listado en original y MORDAZA con la descripcion de los bienes que constituye el equipaje del Turista y el estado de su cuenta corriente, entregando el personal de CETICOS-Tacna al Turista el original del listado debidamente firmado y MORDAZA, quien debera conservarlo para su MORDAZA al momento de la revision fisica por parte de la Autoridad Aduanera. 4. En caso que en el listado emitido por el sistema aparezcan bienes que excedan los montos y volumenes permitidos por el D.S.Nº 202-92-EF o que se trate de mercancias no contempladas en dicho Decreto Supremo, se procede conforme a lo senalado en los numerales 7 y 8 del rubro A.1 5. Una vez recepcionado y registrado el equipaje por las companias de transporte aereo, este sera trasladado a los ambientes destinados para su revision fisica por el personal aduanero encargado de esta funcion, la cual se efectua de manera aleatoria o selectiva. 6. El Turista cuyo equipaje MORDAZA sido seleccionado a revision fisica presenta al Oficial de Aduanas designado, el listado emitido por el sistema, la Declaracion Simplificada o la Declaracion Unica de Importacion debidamente cancelada cuando corresponda, asi como los originales de las Boletas de Venta de la MORDAZA de Comercializacion de Tacna, quien procedera a la revision fisica del equipaje teniendo en cuenta lo senalado en el numeral 6 del rubro A.2. 7. De resultar conforme la revision fisica, el Oficial de Aduanas autoriza el traslado del equipaje a las bodegas del avion entregando al Turista el listado emitido por el sistema y los originales de las Boletas de Venta de la MORDAZA de Comercializacion de Tacna debidamente firmadas y selladas.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.