Norma Legal Oficial del día 30 de Diciembre del año 1999 (30/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

MORDAZA, jueves 30 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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la presente MORDAZA, el proyecto debera estar sujeto necesariamente a los siguientes criterios: a) Que contribuya a ordenar el espacio MORDAZA circundante. b) Que armonice con las construcciones vecinas y el entorno urbano. c) Que el diseno muestre una arquitectura acorde con la nocion de uso temporal, provisional y transparente. d) Que los materiales a utilizarse MORDAZA desmontables de facil desmantelamiento y no MORDAZA de concreto. e) Que la altura MORDAZA sea de un piso. f) Que provea de estacionamiento necesario para las areas ampliadas segun las normas vigentes. Articulo 7º.- No se permitira el uso del retiro municipal para fines comerciales y de servicios en las zonas destinadas para estacionamiento, en el proyecto original. Articulo 8º.- El uso del retiro municipal implicara el pago a la Municipalidad de una tasa adicional a la correspondiente por la autorizacion municipal de funcionamiento. Esta tasa estara determinada de acuerdo al area ocupada, en el Cuadro de Tasas de la Municipalidad de MORDAZA Maria. Articulo 9º.- El procedimiento para el otorgamiento de autorizacion para el uso de retiro municipal esta sujeto a calificacion previa con silencio administrativo negativo. Corresponde a la Unidad de Tramite Documentario la recepcion de la solicitud y a la Direccion de Infraestructura MORDAZA, la evaluacion de la solicitud y de la documentacion requerida en el presente Decreto de Alcaldia. Articulo 10º.- Las Resoluciones de Alcaldia que autorizan el uso temporal del retiro municipal seran puestas en conocimiento de la Oficina de Rentas quien procedera a la actualizacion de la informacion de los establecimientos cuyos propietarios o arrendatarios estan afectos a la tasa indicada. La variacion de la tasa por efectos de la ampliacion del area en el establecimiento se producira en el trimestre siguiente de emitida la Resolucion de Alcaldia autoritativa. Articulo 11º.- La autorizacion temporal del uso del retiro municipal queda automaticamente sin efecto al cierre del establecimiento, cese de actividades o cuando se produzca el cambio de giro del negocio no compatible con lo autorizado; asi como el traspaso del mismo, aun cuando se trate del mismo giro. Articulo 12º.- El plazo de la autorizacion temporal para el uso del retiro municipal es simultaneo a la vigencia de la autorizacion municipal de funcionamiento del establecimiento que la obtenga y deben, para todos los casos, tener como vencimiento la misma fecha. En caso de incumplimiento de alguna de las normas municipales, la Muncipalidad procedera, a la demolicion y/o remocion de las construcciones y/o instalaciones existentes en el retiro municipal, bajo el procedimiento de ejecucion forzosa, en via coactiva y bajo cuenta, costo y riesgo del infractor, sin perjuicio de las sanciones correspondientes. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- En un plazo que no excedera de 120 dias calendario, los propietarios y/o arrendatarios de establecimientos comerciales y/o de servicios que se encuentren en actual uso de retiro municipal debera regularizar su situacion, adecuandose a los terminos del presente Decreto de Alcaldia. Toda autorizacion, licencia, permiso o similar concedido con anterioridad a la vigencia de la presente MORDAZA queda automaticamente sin efecto. Segunda.- La Division de Policia Municipal no podra imponer sanciones relativas al uso del retiro municipal ni la Oficina de Administracion Tributos y Rentas podra acotar de oficio la tasa de Licencia de Funcionamiento por incremento del area, durante el periodo aludido en la primera disposicion transitoria. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 16185

Disponen realizar catastro de arboles ubicados en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 20-99/MJM MORDAZA MORDAZA, 7 de diciembre de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el distrito de MORDAZA MORDAZA, se encuentra ubicado en un lugar privilegiado por su densidad forestal, contribuyendo a resaltar su ornato distrital, siendo ademas considerado como uno de los pulmones ecologicos de la MORDAZA de Lima; Que, al fomentar el cuidado de los arboles que se encuentran ubicados en la jurisdiccion se previene en la seguridad de los vecinos y de las personas que transitan por el distrito; mas aun cuando en el transcurso de las ultimas semanas han ocurrido sucesos lamentables de accidentes producidos por arboles que se han caido; Que, el distrito no cuenta con un catastro forestal que pueda detallar la poblacion de arboles existentes, ubicacion, el genero, etc., entre otras caracteristicas; Que, en ese orden de ideas, de acuerdo al Articulo 3º de la Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales, fomentan el bienestar y el desarrollo armonico de los vecinos de su circunscripcion por lo que es atendible regular esta situacion; En uso de su facultad conferida por el Articulo 47º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; SE DECRETA: Articulo Primero.- Declarar por un plazo de 120 dias en estado de emergencia los arboles que se encuentran ubicados en la via publica de la jurisdiccion de MORDAZA Maria. Articulo Segundo.- Disponer el levantamiento catastral de los arboles publicos, con el apoyo de profesionales forestales, quienes determinaran los lugares de ubicacion de los arboles que inexorablemente deberan de ser talados. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Promocion y Servicios Comunales coordinar la reposicion del doble de la cantidad de arboles talados. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 16186

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Encargan despacho de Alcaldia al MORDAZA MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 022-99 La MORDAZA, 23 de diciembre de 1999 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA Distrital de La MORDAZA, Ing. MORDAZA MORDAZA Lequien, MORDAZA uso de su descanso fisico vacacional desde el dia 27 de diciembre de 1999 hasta el dia 15 de enero del 2000;

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