Norma Legal Oficial del día 14 de Enero del año 1999 (14/01/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, jueves 14 de enero de 1999
Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Pag. 168853

Articulo 1º.- Apruebese un Regimen Especial Temporal para la Recepcion y Procesamiento en los Establecimientos Industriales Pesqueros ubicados en la MORDAZA de Paracas, que cuenten con licencia de operacion vigente otorgada por el Ministerio de Pesqueria. Articulo 2º.- Como parte de dicho regimen especial, dispongase que el volumen de materia prima a descargar por las embarcaciones pesqueras autorizadas por el establecimiento industrial ubicadas en la MORDAZA de Paracas, en tanto se logre el manejo integral de los efluentes del MORDAZA, no debera ser superior al equivalente al rango de 16 a 20 horas/ dia de su capacidad de procesamiento, sujeto a un monitoreo permanente. Sin perjuicio de lo dispuesto en el parrafo anterior, si durante la actividad de procesamiento se produjera la inoperatividad de los equipos de adecuacion y manejo ambiental, el establecimiento debera proceder inmediatamente a la suspension de toda la actividad de recepcion de materia prima, hasta que se supere dicha contingencia. Articulo 3º.- El Ministerio de Pesqueria aceptara como parte de dicho regimen temporal, las medidas de contingencia adoptadas por las empresas industriales pesqueras ubicadas en la MORDAZA de Paracas, mediante Carta de Compromiso de fecha 12 de enero de 1999, para la disposicion final de los efluentes producidos por la actividad procesadora. Articulo 4º.- Los armadores pesqueros, bajo responsabilidad, deberan disponer el estricto cumplimiento de la legislacion vigente en materia de achique y limpieza de las embarcaciones pesqueras. Articulo 5º.- El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente resolucion asi como a los compromisos asumidos en el documento a que se hace referencia en el Articulo 3º de la presente resolucion, MORDAZA lugar a la aplicacion de las infracciones establecidas en la Ley General de Pesca, en su Reglamento, en la Resolucion Ministerial Nº 208-96-PE, en la Resolucion Ministerial Nº 498-98-PE y demas normas legales vigentes. Para estos casos, las suspensiones que la Comision de Sanciones, dicte como medida cautelar en base a la Resolucion Ministerial Nº 498-98-PE, podran tener plazo indefinido. Articulo 6º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, las Direcciones Nacionales de Extraccion y Procesamiento Pesquero, la Direccion de Medio Ambiente y la Direccion Regional de Pesqueria - Ica, dentro del ambito jurisdiccional de sus respectivas competencias, velaran por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Comuniquese, registrese y publiquese. MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria 0664

Modifican resolucion y autorizan cambio de nombre de titular de permiso de pesca para operar embarcacion de bandera nacional
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 013-99-PE/DNE MORDAZA, 12 de enero de 1999 Visto los escritos de Registros Nºs. 0612002, CE-114001 y 04038003 de fechas 7 de MORDAZA, 6 de MORDAZA, 13 de octubre y 20 de noviembre de 1998, presentados por el armador MORDAZA ESTUARDO CAVENAGO REBAZA. CONSIDERANDO: Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 621-95-PE de fecha 6 de noviembre de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento, entre otros a la empresa PESQUERA Y PERMISO DE PESCA Nº de R.M. FECHA 621-95-PE 6.11.95 MORDAZA TITULAR NOMBRE DE LA EMBARCACION "ARGOS II"

COMERCIALIZADORA MORDAZA S.A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "ARGOS II" construida en el ano de 1964, con Matricula Nº PT-4500CM, de 100 TM de capacidad de bodega para la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano directo utilizando como sistema de preservacion a bordo CSW y como arte de pesca red de cerco con longitud de malla de 1 1/2 pulgada (38 mm.); Que el Articulo 47º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, establece que la transferencia de propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que por Resolucion Ministerial Nº 812-97-PE de fecha 18 de diciembre de 1997, se establecio que los armadores de embarcaciones pesqueras comprendidas en el Anexo B del Decreto Supremo Nº 006-97-PE o que hayan sido incorporadas al citado anexo mediante las Resoluciones Ministeriales correspondientes, podran solicitar la ampliacion de su permiso de pesca para los recursos anchoveta y sardina, segun corresponda, siempre que hayan sido construidas con anterioridad a la vigencia del Decreto Legislativo Nº 750, Ley de Promocion de Inversiones en el Sector Pesquero, conforme conste en el correspondiente certificado de matricula, y hayan realizado actividad extractiva de los recursos anchoveta o sardina, indistintamente, con anterioridad a la vigencia del citado Decreto Legislativo; Que a traves de los escritos del visto, el recurrente solicita la ampliacion del permiso de pesca otorgado mediante la Resolucion Ministerial Nº 621-95-PE para extraer los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, de acuerdo a lo previsto en la Resolucion Ministerial Nº 812-97-PE, asimismo, solicita el cambio de nombre del titular del permiso de pesca al haber adquirido la propiedad de la embarcacion citada; Que de la evaluacion, de los documentos presentados por el recurrente y habiendose determinado que la embarcacion pesquera "ARGOS II" fue construida en el ano de 1964 y, asimismo, que ha realizado actividad extractiva en el recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto con anterioridad a la vigencia del Decreto Legislativo Nº 750, por lo que forma parte del esfuerzo pesquero dentro de los niveles permisibles de captura del citado recurso, encontrandose comprendida en el literal F) EMBARCACIONES PESQUERAS CON PERMISO DE PESCA-SARDINA del Anexo B del Decreto Supremo Nº 006-97-PE, deviniendo en procedente su solicitud de ampliacion de permiso de pesca; Que asimismo, de la evaluacion efectuada a los documentos proporcionados por el recurrente acredita haber adquirido la propiedad de la embarcacion denominada "ARGOS II" habiendo cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 3 de cambio del titular del permiso de pesca para embarcacion nacional correspondiente a la Direccion Nacional de Extraccion, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 812-97-PE, al Articulo 43º inciso c), numeral 1), del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y el Articulo 138º de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 500-98-PE y 501-98-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE y Resolucion Ministerial Nº 505-98PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 621-95-PE de fecha 6 de noviembre de 1995 en lo que respecta a la embarcacion pesquera "ARGOS II" entendiendose que la citada embarcacion se encuentra autorizada a extraer los recursos anchoveta y sardina, utilizando redes de cerco de abertura de malla de 1/2 pulgada (13 mm.) y de 1 1/2 pulgada (38 mm.) destinados al consumo humano directo e indirecto. Articulo 2º.- Autorizar el cambio de nombre del titular del permiso de pesca, para operar la embarcacion de bandera nacional citada en el articulo anterior que a continuacion se detalla: SISTEMA DE PESCA RED-CERCO 1/2" y 1 1/2" CAP. BOD. (m3) 103.37 m3 SISTEMA DE PRES. CSW NUMERO DE MATRICULA CE-4500-CM ANO DE CONST. 1964

JABOCO ESTUARDO CAVENAGO MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.