Norma Legal Oficial del día 17 de Enero del año 1999 (17/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, MORDAZA 17 de enero de 1999

NORMAS LEGALES

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fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, dandose por agotada la via administrativa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARRUS ROKOVICH Viceministro de Pesqueria

SBS

Aprueban modificaciones de formas, informe crediticio confidencial, re0799 porte y plan de cuentas referidos al Declaran en abandono procedimiento factoring CIRCULAR Nº B-2027-99 administrativo de autorizacion de increLima, 14 de enero de 1999 mento de flota
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 015-99-PE/DNE MORDAZA, 14 de enero de 1999 Visto el Expediente de Registro Nº CE-0161001 con escritos de fechas 2 de junio y 24 de MORDAZA de 1998, presentados por CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A., mediante los cuales solicita autorizacion de incremento de flota de la embarcacion "MARIA MORDAZA I" (ex TARATA 1) para dedicarse a la extraccion de recursos hidrobiologicos subexplotados con destino al consumo humano directo. CONSIDERANDO: Que el Articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que la construccion y adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con la autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesqueria, en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos, la que se otorgara solo a aquellos armadores pesqueros cuyas embarcaciones posean sistema de preservacion a bordo, adecuados artes y aparejos de pesca, y su operacion se oriente a la extraccion de recursos hidrobiologicos subexplotados e inexplotados; Que los Articulos 46º, 69º inciso e) y 70º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, establecen que los interesados que no cumplan con subsanar los requisitos procedimentales en el plazo MORDAZA de tres (3) meses contados a partir del dia siguiente de la notificacion, incurriran en abandono del procedimiento administrativo; Que mediante los escritos del visto, la recurrente solicita autorizacion de incremento de flota para operar la embarcacion pesquera denominada "MARIA MORDAZA I" (ex TARATA 1), con Matricula Nº CE-13581-PM, de 323.18 m3 de volumen de bodega, equipada con redes de cerco sardinero de 1 1/2 pulgada, para dedicarse a la extraccion de los recursos hidrobiologicos subexplotados cojinova, MORDAZA, MORDAZA, robalo, destinados al consumo humano directo; Que a traves del Oficio Nº 2285-98-PE/DNE-Dacp de fecha 8 de setiembre de 1998, se solicito a la recurrente, a fin de proseguir con el tramite, alcance un MORDAZA formato de informacion tecnica economica de la embarcacion pesquera debidamente llenado, donde se consigne particularmente el MORDAZA de sistema de conservacion que pretende utilizar, no habiendo cumplido hasta la fecha con presentar el citado documento, habiendose paralizado el procedimiento administrativo por causa imputable al administrado, en consecuencia se encuentra incurso en la causal de abandono establecida en los Articulos 69º literal e), 70º y 91º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas a traves del Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar en abandono el procedimiento administrativo de autorizacion de incremento de flota para la embarcacion pesquera "MARIA MORDAZA I" (ex TARATA 1), solicitado por CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Extraccion 0801 Atentamente, MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros CIRCULAR Nº B-2027-99 F- 368-99 CM-217-99 EAF-175-99 CR-087-99 EDPYME-035-99 ---------------------------------------------Ref.: Modificaciones a la Forma "A" y sus normas de agrupacion, a la Forma "E", al Informe Crediticio Confidencial, al Reporte Nº 7, y al Plan de Cuentas. ---------------------------------------------Senor Gerente General: Sirvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 13 del Articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, y en virtud de lo dispuesto en el Articulo 25º de la Resolucion SBS Nº 1021-98 del 1 de octubre de 1998, en adelante la Resolucion, mediante la cual se aprobo el Reglamento de factoring, descuento y de empresas de factoring, esta Superintendencia establece las siguientes disposiciones: 1. Modificaciones a la Forma ¨A¨ e Informacion Complementaria Efectuar las siguientes modificaciones a la Forma ¨A¨ e Informacion Complementaria: 1.1 La Forma "A" Balance General y sus Normas de Agrupacion en la parte que corresponde a Colocaciones, segun se indica en el Anexo Nº 1. 1.2 La Forma ¨E¨ Informacion Adelantada del Balance en la parte que corresponde a Inversiones y Colocaciones y su respectivo Anexo Nº 5, segun se indica en el Anexo Nº 2. 1.3 El Informe Crediticio Confidencial en la parte que corresponde a la seccion C - Financiamientos y sus instrucciones, segun se indica en el Anexo Nº 3. 1.4 El Reporte Nº 7 ¨Detalle de Activos y Creditos Contingentes ponderados por Riesgo¨ en la parte que corresponde al numeral 15 de la seccion V, segun se indica en el Anexo Nº 4. 2. Plan de Cuentas de Instituciones Financieras Eliminar del Plan de Cuentas para Instituciones Financieras aprobado mediante Resolucion SBS Nº 1256- 92, las siguientes cuentas analiticas del Rubro 13 ¨Inversiones¨ : 1301.08.07 1307.01.02 1308.01.02 Facturas por Cobrar Facturas por Cobrar Facturas por Cobrar

3. Vigencia La presente Circular entra en vigencia a partir de la informacion correspondiente al mes de enero de 1999.

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