Norma Legal Oficial del día 18 de Enero del año 1999 (18/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 18 de enero de 1999
ANEXO

SEISCIENTOS NOVENTISEIS METROS CUADRADOS (52,696.00 m2), ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; de propiedad de TELEFONICA DEL PERU S.A., de conformidad con el plano adjunto signado con el Nº 171-98-MML-DGO-DHU y autoricese la libre venta del lote Unico con un area de 45,400.25 m2, y la diferencia de 7,295.75 m2, corresponde a area destinada a vias publicas. Articulo Segundo.- DISPONER, la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados en un plazo MORDAZA de 30 dias calendario, contados a partir de la fecha de su notificacion. Articulo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para la inscripcion correspondiente, a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria para su conocimiento y fines, y al Servicio de Administracion Tributaria para la cobranza de la multa pendiente de pago. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Directora Municipal (e) Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA 0735

CUADRO DE TASAS PARA EL CALCULO DE ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y SERENAZGO 1999 LIMPIEZA PUBLICA a) Actividades Industriales, Comerciales y de Servicios en General: ........................................... 0.1802% del valuo (Trimestral) b) Casa-Habitacion: ...................................................... 0.0594% del valuo (Trimestral) c) Gobierno Central, Instituciones Publicas, Entidades Asistenciales Gratuitas, Organizaciones Clericales y Religiosas, Organizaciones Sindicales y otros: ............................ 0.0254% del valuo (Trimestral) d) Predios sin edificar o en MORDAZA de construccion: ............................................................ 0.1293% del valuo (Trimestral) e) Educacional no Estatal, Fundaciones, Asociaciones y Museos: ........................................... 0.159% del valuo (Trimestral) PARQUES Y JARDINES PUBLICOS A.- Actividades Industriales, Comerciales y de Servicios en General a) Frente a MORDAZA o Plaza Publica Desde 13,000.01 Desde 39,000.01 Desde 65,000.01 Desde 91,000.01 Mas de 118,000 Hasta hasta hasta hasta hasta 13,000 39,000 65,000 91,000 118,000 0.4764% 0.9538% 1.9077% 4.2928% 6.200% 9.5405% UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral)

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Disponen reajustar el monto a pagar por concepto de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo
ORDENANZA Nº 001-99-O-MSS MORDAZA de MORDAZA, 14 de enero de 1999 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza N°002-98-O-MSS, se aprobo la Ordenanza MORDAZA del Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo para la jurisdiccion de MORDAZA de MORDAZA, con la finalidad de facilitar su administracion y para garantizar su equitativa distribucion entre los contribuyentes; Que, en el Articulo 11º de la citada Ordenanza establece que anualmente, mediante Ordenanza y de conformidad con el Articulo 69º del Decreto Legislativo N°776, "Ley de Tributacion Municipal", se aprobara los criterios de determinacion y las Tasas o los importes fijos de los Arbitrios que resulten aplicables al ejercicio; Que, resulta necesario establecer las Tasas para el calculo de los importes de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, que deberan abonar los contribuyentes de la jurisdiccion de MORDAZA de MORDAZA, durante el ejercicio 1999; Que, se ha considerado conveniente reajustar las Tasas que se fijaron para el ejercicio 1998 mediante la referida ordenanza, de modo que el incremento de la tarifa no exceda la variacion acumulada del Indice de Precios al consumidor durante el ano 1998, que precisa el INEI (6.01%), conforme a ley; Estando a lo dispuesto por el Articulo 110º de la Ley Organica de Municipalidades N°23853, ha dado la siguiente: ORDENANZA SOBRE MONTO DE ARBITRIOS MUNICIPALES DE 1999 Articulo Primero.- Reajustar para el ejercicio 1999 hasta en 6.01% el importe de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo. Articulo Segundo.- Los importes de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo para el ano 1999 se calcularan en base a las Tasas fijadas en el Anexo que forma parte de la presente Ordenanza, teniendo como referencia el valor de la Unidad Impositiva Tributaria, vigente al 1 de enero de 1999. Articulo Tercero.- Mantengase vigente todas las disposiciones contenidas en la Ordenanza N°002-98-O-MSS, en tanto no se opongan a la presente norma. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA

b) Frente a Avenida, Arboleda y/o con jardines Desde 13,000.01 Desde 39,000.01 Desde 65,000.01 Desde 91,000.01 Mas de 118,000 c) Otras zonas Desde 13,000.01 Desde 39,000.01 Desde 65,000.01 Desde 91,000.01 Mas de 118,000 Hasta hasta hasta hasta hasta 13,000 39,000 65,000 91,000 118,000 0.381% 0.763% 1.526% 3.434% 4.961% 7.632% UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) Hasta hasta hasta hasta hasta 13,000 39,000 65,000 91,000 118,000 0.429% 0.858% 1.717% 3.864% 5.581% 9.063% UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral)

·Para el caso de Asentamientos Humanos y Pueblos Jovenes cuyos autoavaluos se encuentren en los 2 primeros tramos se aplicara el monto minimo de S/. 5.00 y S/.12.00 trimestrales respectivamente. B.- MORDAZA - Habitacion, Educacional no estatal, Fundaciones, Asociaciones, Organizaciones Comunidades, Partidos Politicos. a) Frente a Parques o Plazas Publicas Desde 13,000.01 Desde 39,000.01 Desde 65,000.01 Desde 91,000.01 Mas de 118,000 Hasta hasta hasta hasta hasta 13,000 39,000 65,000 91,000 118,000 0.2889% 0.7844% 1.6931% 2.6020% 3.9650% 5.7546% UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral)

b) Frente a Avenida, Arboleda y/o con jardines Desde 13,000.01 Desde 39,000.01 Desde 65,000.01 Desde 91,000.01 Mas de 118,000 c) Otras Zonas Desde 13,000.01 Desde 39,000.01 Desde 65,000.01 Desde 91,000.01 Mas de 118,000 Hasta hasta hasta hasta hasta 13,000 39,000 65,000 91,000 118,000 0.2273% 0.7018% 1.5075% 2.4370% 3.8203% 5.5344% UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) Hasta hasta hasta hasta hasta 13,000 39,000 65,000 91,000 118,000 0.2684% 0.7428% 1.5488% 2.4782% 3.8617% 5.5775% UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral)

· Para el caso de Asentamientos Humanos y Pueblos Jovenes cuyos autoavaluos se encuentren en los primeros tramos se aplicara el monto minimo de S/ 3.00 y S/9.00 trimestrales respectivamente. C.- Predio sin edificar o en MORDAZA de Construccion. a) Frente a MORDAZA o Plaza Publica Desde 13,000.01 Desde 39,000.01 Desde 65,000.01 Desde 91,000.01 Mas de 118,000 Hasta hasta hasta hasta hasta 13,000 39,000 65,000 91,000 118,000 0.1514% 0.8199% 1.7266% 2.6332% 3.9877% 5.7999% UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral) UIT (Trimestral)

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