Norma Legal Oficial del día 01 de Julio del año 1999 (01/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO UIT 5% Por Vehiculo 30 d.

Nº DENOMINACION DE DEL ORD. PROCEDIMIENTO 030 RENOVACION DE PERMISO DE OPERACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS POR CARRETERA ENTRE TACNA-ARICA.

CALIFICACION AUTOEVALUACION NO MATICO POSIT. NEGAT. REGUL.

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE Mesa de Partes de la Direccion General de Circulacion Terrestre

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE Director General

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECUR. IMPUG. Reconsideracion Director General Apelacion Viceministro

MORDAZA, jueves 1 de MORDAZA de 1999

Vigencia: 5 anos

1. Pago al Banco de la Nacion. 2. Poder del representante legal actualizado. 3. MORDAZA simple de poliza de seguros vigente que cubra accidentes personales de los pasajeros, conductores y terceros, de acuerdo a los montos minimos establecidos para el servicio de transporte interprovincial de pasajeros. 4. Declaracion Jurada comprometiendose a que en caso de accidente, la empresa auxiliara en forma inmediata a los pasajeros, asumiendo los gastos medicos, de hospitalizacion, quirurgicos, farmaceuticos y de sepelio que requieran, sin que ello signifique reconocer responsabilidad en el evento. 3% Por Vehiculo 30 d. Mesa de Partes de la Direccion General de Circulacion Terrestre Director General

031

MODIFICACION DE FLOTA VEHICULAR (TACNA-ARICA).

1. Pago al Banco de la Nacion. 2. MORDAZA de las tarjetas de propiedad de los vehiculos ofertados a nombre de la empresa cuya antiguedad no debe exceder los diez (10) anos, contados a partir del 1° de enero del ano siguiente de su fabricacion. 3. MORDAZA simple de poliza de seguros vigente que cubra accidentes personales de los pasajeros, conductores y terceros, de acuerdo a los montos minimos establecidos para el servicio de transporte interprovincial de pasajeros. 4. Devolucion de la Tarjeta de Circulacion vehicular (para los casos de sustitucion o disminucion).

Reconsideracion Director General Apelacion Viceministro

SERVICIO ESPECIAL COMUNAL DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PASAJEROS POR CARRETERA 20% 30 d. Mesa de Partes de la Direccion General de Circulacion Terrestre Director General

032

PERMISO DE OPERACION DE TRANSPORTE ESPECIAL COMUNAL.

NORMAS LEGALES

Vigencia: 5 anos

1. Pago al Banco de la Nacion. 2. MORDAZA del documento que acredite el reconocimiento oficial de la Comunidad y de la designacion del representante legal. 3. Fotocopia de las tarjetas de propiedad de los vehiculos a nombre de la Comunidad cuya antiguedad no debe exceder los diez (10) anos contados a partir del 1° de enero del ano siguiente al de su fabricacion. 4. Anexo describiendo detalladamente la ruta e itinerario y flota vehicular. 5. MORDAZA simple de poliza de seguros vigente que cubra los accidentes personales de los pasajeros, conductores y terceros o compromiso bajo forma de declaracion jurada de contratarla MORDAZA de iniciar el servicio, en los montos minimos de cobertura establecidos para el servicio de transporte interprovincial de pasajeros. 6. Declaracion Jurada comprometiendose a que en caso de accidente, comunidad auxiliara en forma inmediata a los pasajeros, asumiendo los gastos medicos, de hospitalizacion, quirurgicos, farmaceuticos y de sepelio que requieran los pasajeros, sin que ello signifique reconocer responsabilidad en el evento. 7. Declaracion jurada indicando que el vehiculo cuenta con tacografo. 20% 30 d.

Reconsideracion Director General Apelacion Viceministro

033

RENOVACION DEL PERMISO DE OPERACION ESPECIAL COMUNAL.

1. Pago al Banco de la Nacion. 2. Solicitud pidiendo la renovacion firmado por el representante legal de la empresa.

Mesa de Partes de la Direccion General de Circulacion Terrestre

Director General

Vigencia: 5 anos

Reconsideracion Director General Apelacion Viceministro

SERVICIO DE TRANSPORTE DE TRABAJADORES POR CARRETERA 10% 30 d. Mesa de Partes de la Direccion General Director General Reconsideracion Director General

Pag. 175181

034

PERMISO DE OPERACION DE TRANSPORTE DE TRABAJADORES POR CARRETERA.

1. Pago al Banco de la Nacion. 2. MORDAZA simple de la Escritura de Constitucion Social de la empresa

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