Norma Legal Oficial del día 01 de Julio del año 1999 (01/07/1999)
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TEXTO DE LA PÁGINA 40
Nº DE ORD.
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO
REQUISITOS
DERECHO DE PAGO UIT
CALIFICACION AUTOEVALUACION NO MATICO POSIT. NEGAT. REGUL.
DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE de Circulacion Terrestre
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE
Pag. 175182
Vigencia: 5 anos
inscrita en los Registros Publicos y del poder del representante legal (actualizado). 3. Fotocopia de las tarjetas de propiedad de los vehiculos a nombre de la empresa. Los vehiculos a comprometerse podran ser camionetas de traccion simple o doble, camionetas rurales y/o omnibus, que no excedan los diez (10) anos de antiguedad contados a partir del 1° de enero del ano siguiente de su fabricacion. 4. MORDAZA simple de poliza de seguros vigente que cubra los accidentes personales de los pasajeros, conductores y terceros o compromiso bajo forma de declaracion jurada de contratarla MORDAZA de iniciar el servicio, en los montos minimos de cobertura establecidos para el servicio de transporte interprovincial de pasajeros. 5. Declaracion Jurada comprometiendose a que en caso de accidente, la empresa auxiliara en forma inmediata a los pasajeros, asumiendo los gastos medicos, de hospitalizacion, quirurgicos, farmaceuticos y de sepelio que requieran, sin que ello signifique reconocer responsabilidad en el evento. 6. Declaracion jurada indicando que el vehiculo cuenta con tacografo operativo. Nota: La renovacion del permiso de operacion se otorgara por periodos iguales, previa actualizacion de los requisitos. 20% 30 d. Mesa de Partes de la Direccion General de Circulacion Terrestre Director General Reconsideracion Director General Apelacion Viceministro
AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECUR. IMPUG. Apelacion Viceministro
NORMAS LEGALES
035
PERMISOS EXCEPCIONALES PARA SERVICIO DE TRANSPORTE INTERPROVINCIAL DE PASAJEROS POR CARRETERA.
1. Pago al Banco de la Nacion. 2. Solicitud bajo la forma de declaracion jurada indicando Razon Social, Domicilio, N° RUC, nombre del representante legal. 3. MORDAZA simple de la Escritura de Constitucion Social de la empresa inscrita en los Registros Publicos y del poder del representante legal. 4. MORDAZA fotostatica de las tarjetas de propiedad de los vehiculos ofertados, a nombre de la peticionaria y en los casos que corresponda, MORDAZA del contrato de arrendamiento financiero de los vehiculos elevados a Escritura Publica. 5. Anexo describiendo detalladamente ruta, itinerario, frecuencias, horarios de salida, flota operativa, y vehiculos de reserva de acuerdo a la modalidad del servicio, directo o con escalas comerciales. 6. MORDAZA de la poliza de Seguros vigente, que cubra accidentes personales de los pasajeros, conductores y terceros de acuerdo a los montos minimos establecidos para el servicio. La poliza debe incluir el texto del 2°. Parrafo del numeral 6 literal a) Art. 5 D.S. 0896-MTC modificado por D.S. 018-96-MTC. 7. Declaracion jurada comprometiendose a que en caso de accidente, la empresa auxiliara en forma inmediata a los pasajeros asumiendo los gastos medicos, de hospitalizacion, quirurgicos, farmaceuticos y de sepelio que requieran, sin que ello signifique reconocer responsabilidad en el evento. 20% 30 d.
036
RENOVACION DE OPERACION DE TRANSPORTE DE TRABAJADORES POR CARRETERA.
Mesa de Partes de la Direccion General de Circulacion Terrestre
Director General
Vigencia 5 anos
1. Pago al Banco de la Nacion. 2. MORDAZA simple del poder actualizado del representante legal. 3. MORDAZA simple de poliza de seguro vigente que cubra los accidentes personales de pasajeros, conductores y terceros con los montos minimos de cobertura establecidos para el Servicio de Transporte interprovincial de pasajeros.
Reconsideracion Director General Apelacion Viceministro
MORDAZA, jueves 1 de MORDAZA de 1999
NOTA:
1) Para los procedimientos en que no se indique expresamente, debera presentarse una solicitud simple suscrito por el representante legal, acreditado bajo la forma de Declaracion Jurada indicando el Numero de RUC y conocer las disposiciones contenidas en la Ley de Simplificacion Administrativa y su Reglamento. 2) Sustentacion de Recursos impugnativos: - Derecho de Tramite 10% UIT - MORDAZA en la Mesa de Partes de la Direccion General de Circulacion Terrestre.