Norma Legal Oficial del día 01 de Julio del año 1999 (01/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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DICE:

NORMAS LEGALES
VISTO:

MORDAZA, jueves 1 de MORDAZA de 1999

"... resulta procedente tramitar el recurso impugnativo como uno de resolucion..." DEBE DECIR: "... resulta procedente tramitar el recurso impugnativo como uno de reconsideracion..." 8565

El Oficio Nº 698-99-MP-FN-GG de fecha 25 de junio de 1999 y los Informes Nºs. 015 y 016-99-MP-FN-GECRE/04 de fechas 7 de MORDAZA y 25 de junio de 1999 respectivamente, relacionado con el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio Publico para 1999; y, CONSIDERANDO:

SBS
Autorizan traslado de agencia bancaria ubicada en el distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 0535-99 MORDAZA, 15 de junio de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Continental, para que se le autorice el traslado de la Agencia del Centro Comercial Plaza San MORDAZA, ubicada en la Tienda Nº 18 a la Tienda Nº 81, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica el traslado solicitado; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "B", mediante Informe Nº ASIF"B"112-OT/99; y, De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y la Circular Nº B-1996-97; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco Continental, el traslado de la Agencia del Centro Comercial Plaza San MORDAZA, ubicada en la Tienda Nº 18 a la Tienda Nº 81, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendenta Adjunta de Banca 8579

Que mediante Resolucion Administrativa del Titular del Pliego Nº 235-98-SE-TP-CEMP, de fecha 26 de junio de 1998, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos del Ministerio Publico; Que resulta necesario actualizar el referido Texto Unico de Procedimientos Administrativos, a solicitud de la Gerencia Tecnica del Instituto de Medicina Legal, en virtud a la modificacion la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), segun el Decreto Supremo Nº 12398-EF del 30 de diciembre de 1998, en el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 757 y del Decreto Supremo Nº 094-92-PCM; Que es necesario considerar en los precios de los servicios los gastos involucrados directamente en el desarrollo del servicio como lo establece la Resolucion Jefatural Nº 087-95-INAP/DTSA que aprueba la Directiva que establece las "Pautas metodologicas para la fijacion de costos de los procedimientos administrativos" Directiva Nº 001-95-INAP/DTSA; Contando con la visacion de la Gerencia Central de Recursos Economicos, Gerencia Tecnica del Instituto de Medicina Legal, Gerencia de Asesoria Juridica, y Gerencia General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26623 ampliada y modificada por las Leyes Nºs. 26695, 26738, 27009 y 27147, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, aprobado por Resolucion Nº 035-96MP-FN-CEMP, modificada por Resolucion Nº 335-98MP-CEMP y Reglamento de Organizacion y Funciones de la Secretaria Ejecutiva de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico aprobado por Resolucion Administrativa del Titular del Pliego Nº 005-96-SETP-CEMP y modificada por las Resoluciones Nºs. 019, 381, 586-97-SE-TP-CEMP y Resolucion Nº 11798-SE-TP-CEMP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio Publico para el ano 1999, el mismo que consta de nueve (9) procedimientos segun anexo adjunto y que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Quedan exonerados del pago de los servicios que brinda el Instituto de Medicina Legal: a) Las personas que se encuentran en condicion de indigencia, previa autorizacion del medico encargado de la Division Medico Legal correspondiente. b) Los Ninos y Adolescentes en cumplimiento del Articulo 182º del respectivo codigo. c) A solicitud de los miembros del Ministerio Publico, del Poder Judicial y de la Defensoria del Pueblo. d) Los casos de Violencia Familiar Ley Nº 26763. e) A solicitud de la Defensoria Municipal del MORDAZA y Adolescente (DEMUNAS), segun Ley Nº 26102. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolucion del Titular del Pliego Nº 235-98-SE-TP-CEMP, de fecha 26 de junio de 1998. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA D. MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y Titular del Pliego

MINISTERIO PUBLICO
Aprueban el MORDAZA del Ministerio Publico y precisan exoneraciones del pago de servicios que brinda el Instituto de Medicina legal
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 119-99-SE-TP-CEMP MORDAZA, 30 de junio de 1999

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