Norma Legal Oficial del día 05 de Julio del año 1999 (05/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
0306.24.00.00 0306.29

MORDAZA, lunes 5 de MORDAZA de 1999 -- Cangrejos (excepto macruros)

Blanca" (WSSV) y "Cabeza Amarilla" (YHV); estando a la delegacion de facultades otorgada mediante Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001029 del 18.3.97, sirvase tener presente y hacer de conocimiento al personal de la Intendencia a su cargo, lo siguiente: 1. A partir del 14.JUN.99 y hasta el 10.DIC.99 queda suspendida la importacion de todas las mercancias comprendidas en la Partida S.A. 03.06, originarias y/o procedentes de los paises en los que se MORDAZA comprobado la presencia de los virus de la "Mancha Blanca" (WSSV) y de la "Cabeza Amarilla" (YHV). 2. Las importaciones procedentes de los paises libres de los citados virus, deberan acreditar ante la Intendencia de Aduana de despacho, la opinion favorable del Ministerio de Pesqueria, previa MORDAZA ante dicho Sector del Certificado Sanitario y/o Patologico emitido por la entidad oficial del MORDAZA de origen y el expedido por la autoridad nacional competente o laboratorios autorizados por el Ministerio de Pesqueria de acuerdo a la tecnica y requisitos establecidos en el D.S. Nº 009-99-PE. Cabe indicar que en tanto se determine la autoridad competente o los laboratorios autorizados, anteriormente indicados, la Facultad de Medicina Veterinaria de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, es la autorizada a emitir dicho Certificado. Atentamente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional de Tecnica Aduanera 03.06 Crustaceos, incluso pelados, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; crustaceos sin pelar, cocidos en agua o vapor, incluso refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; harina, polvo y "pellets" de crustaceos, aptos para la alimentacion humana. 0306.11.00.00 0306.12.00.00 0306.13 Congelados: -- Langostas (Palinurus spp., Panulirus spp., Jasus spp.) -- Bogavantes (Homarus spp.)

-- Los demas, incluidos la harina, polvo y "pellets" de crustaceos, aptos para la alimentacion humana: 0306.29.10.00 --- Harina, polvo y "pellets" 0306.29.90.00 --- Los demas 8694

CONSUCODE
Declaran infundado recurso de revision referido a licitacion publica convocada por ESSALUD
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 118/99.TC-S2 MORDAZA, 1 de MORDAZA de 1999 Visto en sesion de la MORDAZA Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, del 30.6.99, el Expediente Nº 178.99.TC, referente al recurso de revision interpuesto por el postor Tecnofarma S.A., relacionado con su reclamo sobre otorgamiento de la Buena Pro del Item Nº 298 de la MORDAZA Convocatoria de la Licitacion Publica Nº 019.IPSS.98, realizada por ESSALUD el 14 de MORDAZA de 1999. CONSIDERANDO: Que, con fecha 4.4.99, la Entidad convoco por MORDAZA vez a la Licitacion Publica Nº 019.IPSS.98 y con fechas 6.5.99 y 14.5.99 se llevaron a cabo los actos publicos de apertura del Primer y MORDAZA Sobre, respectivamente, otorgandose en este ultimo acto la Buena Pro del Item Nº 298, a la Empresa postora Tecnofarma S.A.; Que, mediante escrito presentado el 21.5.99, el postor Laboratorio Bago del Peru S.A., interpuso recurso de apelacion contra la decision del Comite Especial de descalificar su propuesta en la referida licitacion, aduciendo que MORDAZA cumplio con las exigencias establecidas en las Bases y economicamente era la mas conveniente; Que, considera que la descalificacion de que fuera objeto se debe a que el producto ofertado Eugerial, no concuerda con el Protocolo del producto analizado "Eugerial COR X 30 VTA" y porque el numero del lote consignado en el Protocolo, "000058" no coincide con el numero del lote de los envases primario y MORDAZA "058", por lo que considera que el Comite Especial ha cometido un error al descalificarlo pues no existia ninguna discrepancia entre el nombre del producto ofertado y el consignado en el Protocolo de Analisis, ya que el agregado de "COR X 30 VTA" al producto Eugerial ofertado solo significa "Comprimido Recubierto, 30 Comprimidos y Venta"; Que, en cuanto a la discrepancia del numero del lote del producto ofertado y el Protocolo, manifiesta que, el error es mucho mas inconsistente todavia que en el primer caso por cuanto no requiere ni siquiera de analisis para verificar los numeros; estima que el numero que consigna el Protocolo, "000058", con el ofertado "058", no es diferente debido a que los ceros a la izquierda no tienen ningun valor; Que, la Entidad licitante, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 543.GG.ESSALUD.1999, del 27.5.99, declaro fundado el recurso de apelacion interpuesto por Laboratorios Bago del Peru S.A. y dispuso que el Comite Especial practicara nueva calificacion, por considerar que el producto ofertado por cada uno de los postores eran iguales tanto en su MORDAZA como en el numero de lote, por lo que la descalificacion del postor impugnante no tenia sustento que lo justifique; Que, el Comite Especial, en cumplimiento de la Resolucion de Gerencia General Nº 543.GG.ESSALUD.1999, del 27.5.99, en la misma fecha efectuo nueva calificacion

-- Camarones, langostinos y demas Decapodos natantia:

0306.13.10 --- Langostinos (Penaeus spp.): 0306.13.10.10 ---- Enteros 0306.13.10.20 ---- Colas, sin caparazon 0306.13.10.30 ---- Colas con caparazon, sin cocer en agua o vapor 0306.13.10.40 ---- Colas con caparazon, cocidos en agua o vapor 0306.13.10.90 ---- Los demas 0306.13.90.00 0306.14.00.00 0306.19.00.00 --- Los demas -- Cangrejos (excepto macruros) -- Los demas, incluidos la harina, polvo y "pellets" de crustaceos, aptos para la alimentacion humana 0306.21.00.00 0306.22.00.00 0306.23 Sin congelar: -- Langostas (Palinurus spp., Panulirus spp., Jasus spp.) -- Bogavantes (Homarus spp.)

-- Camarones, langostinos y demas Decapodos natantia: --- Langostinos (Penaeus spp.): ---- Para reproduccion o cria industrial

0306.23.11.00

0306.23.19 ---- Los demas: 0306.23.19.10 ----- Frescos o refrigerados 0306.23.19.90 -----Los demas --- Los demas: 0306.23.91.00 ---- Para reproduccion o cria industrial 0306.23.99.00 ---- Los demas

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