Norma Legal Oficial del día 09 de Julio del año 1999 (09/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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06.- Dr. Luz M. MORDAZA LA MORDAZA 07.- Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08.- Dr. Aulo MORDAZA MORDAZA MORDAZA

NORMAS LEGALES
2º JPL de Tarapoto JPL de Juanjui JPL de Yurimaguas

MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 1999

2. En el apartado II.1.j), MORDAZA parrafo: DICE: "Lo dispuesto en el presente literal solo es aplicable para los derechos, menores de US$ 500 000, creados a favor de terceros distintos a los mencionados en el apartado III. c)." DEBE DECIR: "Lo dispuesto en el presente literal solo es aplicable para los derechos, menores al equivalente de US$ 500 000, creados a favor de terceros distintos a los mencionados en el apartado III. c)." 3. En el apartado II.2.a): DICE: "a) Las obligaciones en moneda nacional cuyo rendimiento se ofrece en funcion de la variacion del MORDAZA de cambio de moneda extranjera asi como los depositos en moneda nacional vinculados a operaciones de compra a futuro de moneda extranjera que se hubiesen originado en operaciones swap y similares, estan sujetas a una tasa de encaje de 20 por ciento." DEBE DECIR: "a) Las obligaciones en moneda nacional cuyo rendimiento se ofrece en funcion de la variacion del MORDAZA de cambio de moneda extranjera asi como los depositos en moneda nacional vinculados a operaciones de compra a futuro de moneda extranjera que se hubiesen originado en operaciones swap y similares, estan sujetas a una tasa de encaje de 40 por ciento." 4. En el apartado V.a), MORDAZA parrafo: DICE: "Si el reporte se remite via facsimil, el plazo de MORDAZA del original se extiende en cinco dias utiles. Si este ultimo difiriese del enviado via facsimil, el reporte se considera presentado extemporaneamente. La remuneracion definitiva de intereses procedera cuando se reciba el reporte original." DEBE DECIR: "Si el reporte se remite via facsimil, el plazo de MORDAZA del original se extiende en cinco dias utiles. Si este ultimo difiriese del enviado via facsimil, el reporte se considera presentado extemporaneamente." 9002

Segundo.- El gasto que irrogue la accion de capacitacion, se efectuara con cargo a la Unidad Ejecutora Nº 02, del Pliego del Poder Judicial, para el ano de 1999. Tercero.- Al termino del evento, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA, presentara un informe a la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de la actividad academica realizada. Cuarto.- Transcribir la presente Resolucion al Presidente de la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA, Organos de Linea de la Secretaria Ejecutiva del Poder Judicial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEZUA MORDAZA 9001

BANCO CENTRAL DE RESERVA
FE DE ERRATAS CIRCULAR Nº 020-99-EF/90 Por Oficio Nº 0-010/LC-99-147 el Banco Central de Reserva del Peru solicita se publique Fe de Erratas de la Circular Nº 020-99-EF/90, publicada en nuestra edicion del dia 6 de MORDAZA de 1999, en la pagina 175393. 1. En el primer parrafo: DICE: "El Directorio de este Banco Central ha resuelto dejar sin efecto la Circular Nº 010-99-EF/90, sustituyendola por la presente, que rige a partir del periodo de encaje que se inicia el 1 de MORDAZA de 1999. En esta oportunidad, se modifica el tratamiento de encaje de la deuda subordinada, letras hipotecarias y bonos -excepto los de arrendamiento financiero-, estableciendose una exoneracion de encaje para dichos pasivos, siempre y cuando hayan sido emitidos a plazo promedio igual o mayor a 2 anos, hasta un nivel equivalente al 75 por ciento del capital pagado y reservas de la entidad emisora. El exceso sobre dicho nivel se sujeta al regimen general de encaje. Asimismo, se reduce a 20 por ciento la tasa de encaje de las obligaciones cuyo rendimiento se ofrece en funcion de la variacion del MORDAZA de cambio y de los depositos vinculados a operaciones de compra a futuro de moneda extranjera que se hubiesen generado en operaciones swap y similares." DEBE DECIR: "El Directorio de este Banco Central ha resuelto dejar sin efecto la Circular Nº 010-99-EF/90, sustituyendola por la presente, que rige a partir del periodo de encaje que se inicia el 1 de MORDAZA de 1999. En esta oportunidad, se modifica el tratamiento de encaje de la deuda subordinada, letras hipotecarias y bonos -excepto los de arrendamiento financiero-, estableciendose una exoneracion de encaje para dichos pasivos, siempre y cuando hayan sido emitidos a plazo promedio igual o mayor a 2 anos, hasta un nivel equivalente al 75 por ciento del capital pagado y reservas de la entidad emisora. El exceso sobre dicho nivel se sujeta al regimen general de encaje. Asimismo, se reduce a 40 por ciento la tasa de encaje de las obligaciones cuyo rendimiento se ofrece en funcion de la variacion del MORDAZA de cambio y de los depositos vinculados a operaciones de compra a futuro de moneda extranjera que se hubiesen generado en operaciones swap y similares."

JNE
Declaran que regidora del Concejo Distrital de Yauyos, provincia de Jauja, debe continuar en el ejercicio de su cargo
RESOLUCION Nº 1071-99-JNE MORDAZA, 8 de MORDAZA de 1999 VISTOS: Los Oficios Nºs. 123 y 151-A-MDY-99, recibidos el 4 y 17 de junio del ano en curso, respectivamente, remitidos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Yauyos, provincia de Jauja, departamento de MORDAZA, quien comunica que dicho concejo en sesion ordinaria de fecha 14 de MORDAZA del presente ano, acordo declarar la vacancia del cargo de la regidora MORDAZA De La MORDAZA Delgado; ademas, remite el recurso de revision interpuesto por la regidora MORDAZA De La MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion de Alcaldia Nº 003-99-MDY que declara la vacancia de su cargo, alega que los cargos son falsos;

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