Norma Legal Oficial del día 21 de Julio del año 1999 (21/07/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 1999

mencionados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir a la Procuraduria Publica los antecedentes del caso para su conocimiento y demas fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria 9488

recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano directo, a traves de su planta de anchoado, en su establecimiento industrial ubicado en Prolongacion MORDAZA Grau s/n (Fundo Mogote Grande Lote B), MORDAZA Industrial San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, con la siguiente capacidad instalada: CURADO (anchoado) : 23 t/mes Articulo 2º.- CONSERVAS Y DERIVADOS SAN MORDAZA S.A., debera operar su establecimiento industrial pesquero con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera contar con un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, asi como debera cumplir con ejecutar las medidas de mitigacion contenidas en su Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion del Medio Ambiente a traves del Oficio Nº 263-98-PE/ DIREMA, de 1 de MORDAZA de 1998. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 080-98-PE/DNPP de fecha 7 de MORDAZA de 1998, en el extremo relativo a la autorizacion de instalacion de una planta de enlatado de recursos hidrobiologicos. Articulo 4º.- Incorporar al Anexo IV "Plantas de Procesamiento Pesquero-Curado" de la Resolucion Ministerial Nº 394-98-PE, la planta de curado (anchoado) perteneciente a la empresa CONSERVAS Y DERIVADOS SAN MORDAZA S.A. ubicada en Prolongacion MORDAZA Grau s/n (Fundo Mogote Grande Lote B), MORDAZA Industrial San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, con la capacidad verificada de 23 t/mes. Articulo 5º.- El incumplimiento de lo senalado en el Articulo 2º de la presente Resolucion sera causal de caducidad del derecho otorgado. Articulo 6º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria Ica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 9492 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 100-99-PE/DNPP MORDAZA, 19 de MORDAZA de 1999 Visto los escritos con registros Nºs. CE-027002 y 2890002 de fechas 29 de MORDAZA, 26 de MORDAZA y 10 de junio de 1999, presentados por la empresa PESCA PERU MORDAZA NORTE S.A.C. CONSIDERANDO: Que los Articulos 43º, inciso d) y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establecen que para la operacion de plantas de procesamiento de productos pesqueros se requiere de la licencia correspondiente, el que constituye un derecho que el Ministerio de Pesqueria otorga a nivel nacional; Que por Resolucion Ministerial Nº 377-95-PE, de fecha 12 de MORDAZA de 1995 se otorgo a la EMPRESA NACIONAL PESQUERA S.A. - PESCA PERU, licencia de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos para la produccion de harina de pescado en su Unidad Operativa Nº 4208, ubicada en el distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, con una capacidad instalada de 139 t/h de procesamiento de materia prima, en base a la cual en el MORDAZA del MORDAZA de inversion privada en el ambito de las empresas que conforman la actividad empresarial del Estado, se creo la empresa PESCA PERU MORDAZA NORTE S.A.; Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 379-97PE, de fecha 11 de agosto de 1997, se establecio que los adjudicatarios que resulten del MORDAZA de privatizacion de la Unidad Operativa Nº 4208 de procesamiento de recursos hidrobiologicos de PESCA PERU MORDAZA NOR-

Otorgan a empresas licencias de operacion para desarrollar actividades de procesamiento de recursos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 099-99-PE/DNPP MORDAZA, 19 de MORDAZA de 1999 Visto el expediente con escritos de registro Nº CE00066003, de fechas 6 y 18 de MORDAZA de 1999 presentado por CONSERVAS Y DERIVADOS SAN MORDAZA S.A. CONSIDERANDO: Que los Articulos 43º, inciso d) y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establecen que para la operacion de plantas de procesamiento de productos pesqueros se requiere de la licencia correspondiente, el que constituye un derecho que el Ministerio de Pesqueria otorga a nivel nacional; Que mediante Resolucion Directoral Nº 080-98-PE/ DNPP de fecha 7 de MORDAZA de 1998, se otorgo a CONSERVAS Y DERIVADOS SAN MORDAZA S.A. autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero, ubicado en Prol. MORDAZA Grau s/n, MORDAZA Ind. San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, para desarrollar las actividades de anchoado y enlatado de productos hidrobiologicos, con las capacidades proyectadas de 100 t/mes y 250 cajas/turno; Que la Direccion del Medio Ambiente mediante Oficio Nº 263-98-PE/DIREMA de fecha 1 de MORDAZA de 1998, senala que ha recaido calificacion favorable sobre el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la recurrente; Que mediante Informe Nº 108-99-PE/DNPP-Dn de fecha 16 de junio de 1999 la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero senala que la recurrente no ha cumplido con instalar su planta de enlatado, en consecuencia debe dejarse sin efecto el derecho administrativo otorgado; Que mediante los escritos del visto CONSERVAS Y DERIVADOS SAN MORDAZA S.A. solicita licencia para la operacion de su planta de anchoado de pescado, en su establecimiento industrial pesquero, referido en el MORDAZA considerando; Estando a lo informado por la Direccion de Normas de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 092-99-PE/DNPP-Dn de fecha 19 de MORDAZA de 1999, que sustenta la procedencia tecnica de lo solicitado y que senala que la recurrente ha cumplido con los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE; y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en los Articulos 43º inciso b), 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; los Articulos 55º, 57º, 59º, 60º y 61º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94PE, modificado por Decreto Supremo Nº 09-94-PE, la Resolucion Ministerial Nº 322-95-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa CONSERVAS Y DERIVADOS SAN MORDAZA S.A., licencia de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento de

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