Norma Legal Oficial del día 21 de Julio del año 1999 (21/07/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 1999

i) Presentar informes mensuales al Gerente General sobre la situacion economica y presupuestaria de la institucion; j) Elaborar los proyectos de Resoluciones de Gerencia General en el ambito de su competencia; k) Asegurar la disponibilidad de recursos para el pago de las obligaciones y presentar propuestas de racionalizacion del gasto. CAPITULO IV GERENCIA DE PERSONAL Articulo 31º.-La Gerencia de Personal es la encargada de proponer a la Gerencia General las politicas relativas a la seleccion, administracion, evaluacion, promocion, capacitacion y bienestar del personal de la Defensoria del Pueblo. Depende directamente de la Gerencia General. Articulo 32º.-Son competencias de la Gerencia de Personal: a) Proponer la politica y los reglamentos de personal; b) Proponer lineamientos para los procesos de seleccion, administracion, evaluacion y promocion de personal; c) Velar por el cumplimiento de la legislacion laboral y de las normas institucionales en materia de personal y promover su difusion; d) Contribuir con la elaboracion del presupuesto institucional en los aspectos que involucran la situacion de personal tales como los rubros relativos a remuneraciones, capacitacion, programas de motivacion y de bienestar, en coordinacion con las instancias correspondientes; e) Proponer modificaciones a la estructura remunerativa; f) Aprobar la Planilla Unica de Remuneraciones y la de pagos previsionales, en los plazos de ley; g) Preparar y presentar los informes de ley y llevar los registros del personal y los legajos respectivos, con la reserva exigida por las disposiciones legales; h) Presentar el Plan Anual de Capacitacion; i) Atender las consultas y reclamos laborales; j) Proponer reglas de disciplina interna y aplicar las medidas o correctivos a que MORDAZA lugar en el ambito de sus atribuciones; k) Garantizar la adecuada prestacion de servicios preventivos de salud, de asistencia social, de bienestar y seguridad laboral. CAPITULO V GERENCIA DE COOPERACION INTERNACIONAL Articulo 33º.-La Gerencia de Cooperacion Internacional es el organo encargado de coordinar la ejecucion de los proyectos financiados por la cooperacion tecnica internacional, asegurando el flujo oportuno de fondos obtenidos por los respectivos convenios. Asimismo, cautela el cumplimiento de los compromisos contraidos con las instituciones cooperantes, las condiciones de utilizacion de esos fondos y la disposicion de las contrapartidas nacionales procurando su optimizacion. Articulo 34º.-Son competencias de la Gerencia de Cooperacion Internacional: a) Asesorar a la Gerencia General en la fase de ejecucion de la cooperacion tecnica internacional; a) Realizar el seguimiento de los proyectos y programas en ejecucion; b) Proponer mecanismos de control de la ejecucion de los fondos a fin de asegurar el cumplimiento de los compromisos; c) Elaborar los informes de avances de los proyectos y programas financiados por cooperacion tecnica internacional; d) Coordinar con las MORDAZA de cooperacion y la administracion institucional, los procedimientos mas adecuados para la ejecucion de los proyectos en los terminos establecidos en cada convenio; e) Proponer, en coordinacion con la Oficina de Desarrollo Estrategico los instrumentos mas adecuados para la planificacion y gestion de los proyectos; f) Otras que le delegue o encargue la Gerencia General. CAPITULO VI GERENCIA DE INFORMACION Y SISTEMAS Articulo 35º.-La Gerencia de Informacion y Sistemas es la encargada de proveer a los organos de la Defensoria del Pueblo del permanente, oportuno y actua-

lizado servicio informatico y de documentacion e informacion que requieran. Depende directamente de la Gerencia General. Articulo 36º.-Son competencias de la Gerencia de Informacion y Sistemas: a) Organizar y mantener actualizado el centro de informacion y documentacion, asi como, el Archivo General de la Defensoria del Pueblo; b) Presentar el Plan de Trabajo de aplicacion, produccion y seguridad informatica de hardware y software, para uso de la institucion; c) Proponer los lineamientos administrativos en materia de informacion; d) Proponer las normas tecnicas de uso y mantenimiento de los equipos informaticos, asi como, difundir y controlar su correcta aplicacion; e) Proponer y ejecutar el programa anual de mantenimiento fisico del archivo de la institucion y formular el plan de eliminacion y transferencia documentaria; f) Otras que le encomiende la Gerencia General. TITULO VIII ORGANOS DESCONCENTRADOS CAPITULO UNICO REPRESENTACIONES DEFENSORIALES, OFICINAS Y MODULOS DE ATENCION Articulo 37º.-La Defensoria del Pueblo cuenta con Representantes Defensoriales los que tendran su cargo oficinas o modulos de atencion en el interior de la Republica. Las Representaciones Defensoriales se establecen en forma progresiva correspondiendo al Defensor del Pueblo determinar, segun las necesidades, las competencias, los alcances y el ambito geografico que les corresponde. Dependen directamente del Primer Adjunto al Defensor del Pueblo. TITULO IX REGIMEN ECONOMICO, FINANCIERO Y LABORAL CAPITULO I REGIMEN ECONOMICO Y FINANCIERO Articulo 38º.-La Defensoria del Pueblo constituye un Pliego del Presupuesto del Sector Publico, en la seccion Gobierno Central. Articulo 39º.-Constituyen recursos de la Defensoria del Pueblo: a) Los montos que le corresponden en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Publico; b) Los creditos y aportes internos o externos que obtenga; c) Las donaciones, aportes y transferencias que efectuen instituciones y organismos, publicos y privados, asi como las personas naturales; d) Los aportes de la cooperacion tecnica internacional que gestione en el MORDAZA de la autonomia que le otorga la ley; e) Los recursos provenientes de los ingresos propios de la Defensoria del Pueblo; f) Otros que se le asigne. CAPITULO II REGIMEN LABORAL Articulo 40º.-De acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 26602, el personal que labora en la Defensoria del Pueblo esta comprendido en el regimen laboral de la actividad privada. DISPOSICIONES FINALES Primera.- En un plazo no mayor de treinta dias calendario, el Gerente General debera presentar para su aprobacion por el Defensor del Pueblo, el proyecto del MORDAZA Cuadro de Asignacion de Personal (CAP) adecuado al presente Reglamento de Organizacion y Funciones. Segunda.- La instauracion y puesta en marcha del presente Reglamento se efectuara de manera gradual, de acuerdo con el potencial humano y los recursos materiales disponibles. Las disposiciones, directivas o manuales aprobados, continuaran rigiendo en lo que no se opongan a lo dispuesto por este Reglamento.

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