Norma Legal Oficial del día 02 de Junio del año 1999 (02/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, miercoles 2 de junio de 1999
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NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE MARCONA NASCA
Emiten disposiciones referidas a Actas de trato directo suscritas con el Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 089-99-ALC/MDM Marcona, 26 de MORDAZA de 1999 VISTO: El Informe Nº 011-99 INFODEM sobre la legalidad de Pactos Colectivos, Informe Tecnico Legal Nº 01-99F.R.L. sobre Informe Legal de Acta de acuerdo Bilateral, informe Tecnico Legal Nº 02-99-F.R.L. sobre sueldos y bonificaciones a trabajadores municipales, Informe Nº 02-99-DM/MDM sobre Pactos Colectivos y Actas de trato directo de la Municipalidad de Marcona, Sesion Ordinaria Nº 10 del 11-5-99, Sesion Ordinaria Nº 11 del 25-5-99 y Oficio Nº 091-99-CG/AA2 Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que el Articulo 24º de la Constitucion Politica del Peru dispone que el trabajador tiene derecho a una remuneracion equitativa y suficiente, que procure para el y su familia el bienestar material y espiritual. El pago de la remuneracion y de los beneficios sociales del trabajador tienen prioridad sobre cualquier otra obligacion del empleador, las remuneraciones minimas se regulan por el Estado con participacion de las organizaciones representativas de los trabajadores y de los empleadores; Que segun Sesion Ordinaria Nº 010 del 11-5-99 por Acuerdo de Concejo se acordo dejar en suspenso las Actas de trato directo y que se pronuncie la Asesoria Legal, Direccion Municipal con un informe al respecto y en Sesion Ordinaria Nº 011 del 25-5-99 se acordo ratificar el acuerdo anterior y se proceda de acuerdo a Ley; Que de acuerdo al Oficio Nº 091-99-CG/AA2 de la Contraloria General de la Republica en respuesta al Oficio Nº 012-99-MDM del 8-1-99 en el cual se comunica el MORDAZA de transferencia municipal llevado a cabo en la Municipalidad de Marcona, en el MORDAZA de lo dispuesto por la Ley Nº 26997, como consecuencia del cual se han advertido presuntas irregularidades en la Administracion de los Recursos que fueron asignados en el periodo 1996-1998 a dicha entidad; Que de conformidad al Art. 52º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; los funcionarios, empleador y obrero asi como el personal de vigilancia de las municipalidades son servidores publicos sujetos exclusivamente al regimen laboral de la actividad publica y tienen los mismos deberes y derechos de los del gobierno central de la categoria correspondiente; Que el Decreto Supremo Nº 070-85-PCM aprueba mecanismo de negociacion colectiva de trabajo entre los funcionarios y servidores con los gobiernos locales el cual debia ajustarse a las prescripciones de los Decretos Supremos Nºs. 003-82-PCM y 026-82-JUS, prohibiendo terminantemente la percepcion de remuneraciones por conceptos no contemplados en la ley, cualquiera sea su forma o modalidad, siendo nula la contravencion a esta disposicion no generando derechos de MORDAZA alguno, recordando aqui las prescripciones del Art. 43º y las prohibiciones del Art. 44º del Decreto Legislativo Nº 276; Que, el Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad Distrital de Marcona no ha sido reconocido juridicamente contraviniendo el Art. 11º del D.S. Nº 003-82-PCM donde las organizaciones sindicales de servidores publicos se inscribiran en el registro que abrira el INAP, dicha ins

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIN
Designan integrantes del Comite de MORDAZA de la MORDAZA Centro "B"
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 045-99-ALC/MDSPL San MORDAZA de Lurin, 13 de enero de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIN VISTO: Las funciones establecidas en el Capitulo VI del Reglamento de Organizacion y Funciones - R.O.F., con respecto a las Agencias Municipales. CONSIDERANDO: Que, el Art. 56º, Inc. b), establece que la Unidad de MORDAZA y Tesoreria, depende del Administrador de la Agencia Municipal, y las decisiones sobre el uso de los recursos financieros estan a cargo del Comite de MORDAZA de la correspondiente zona; Que, el Comite de MORDAZA desarrolla una funcion fiscalizadora, siendo imprescindible establecer su conformacion, fecha y hora en que estos se reuniran; Por estas consideraciones, en uso de las facultades que le confiere la Ley Organica de Municipalidades, Art. 47º, inciso 6); RESUELVE: Articulo Primero.- ESTABLECER, que los integrantes del Comite de MORDAZA de la MORDAZA Centro "B", cuyas funciones se encuentran establecidas en el Art. 56º, Inc. b) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad, estara conformado por las siguientes personas: - Administrador de la Agencia Municipal. - Regidor designado a la Agencia Municipal MORDAZA Centro "B". - Representante del Comite Local de Administracion Municipal - C.L.A.M. de la MORDAZA Centro "B". Articulo Segundo.- Establecer que los integrantes del referido comite se reunan todos los dias jueves, a las 16.00 horas. Articulo Tercero.- Transcribase MORDAZA del presente dispositivo municipal a quienes corresponda para su cumplimiento. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA WEBERHOFER VILDOSO MORDAZA 7161

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