Norma Legal Oficial del día 02 de Junio del año 1999 (02/06/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de junio de 1999

cripcion otorga personeria juridica a la organizacion sindical para todos los efectos legales; Que los pactos o convenios colectivos que suscriban en los gobiernos locales solo tienen validez si se ha observado el procedimiento establecido por los Decretos Supremos Nºs. 003-82-PCM, 026-82-JUS y 070-85-PCM, asimismo solo se pueden suscribir pactos o convenios con sindicatos debidamente reconocidos, vale decir que cuenten con personeria juridica y cuyas juntas directivas tengan representatividad sindical (junta directiva vigente registrada en el INAP); Que de conformidad con las leyes de presupuesto del Sector Publico para los anos 1986, 1987, 1988, 1989, 1990, 1991, 1992, 1993, 1994, 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, respectivamente, los Gobiernos Locales unicamente estaban autorizados a pactar los incrementos de remuneraciones por costos de MORDAZA de sus funcionarios y trabajadores por lo tanto es nulo de pleno derecho cualquier otro concepto que se MORDAZA pactado en los referidos anos, el tratamiento de las remuneraciones y bonificaciones del sector publico, aguinaldos, refrigerios, movilidad de los trabajadores de los Gobiernos Locales se atienden con cargo a los recursos directamente recaudados de cada municipalidad y se fijan mediante el procedimiento de Negociacion Bilateral establecido por el D.S. Nº 070-85PCM corresponde al Concejo Provincial o Distrital segun sea el caso y bajo responsabilidad garantizar que los pactos efectuados cuenten con el correspondiente financiamiento debidamente previsto, bajo sancion de nulidad de pleno derecho de los pactos celebrados; Que no obstante estar claramente establecido los mecanismos para la Negociacion Bilateral asi como las limitaciones en que estan incursas las anteriores administraciones y el sindicato de trabajadores de esta comuna han suscrito irresponsablemente actos que contravienen disposiciones legales expresas y en virtud de estos acuerdos los servidores perciben ademas de su remuneracion mensual gratificaciones adicionales tales como un MORDAZA adicional por vacaciones, Dia del Trabajador Municipal (5 de noviembre), Dia del Trabajo (1 de mayo) establecido en las Actas del trato directo suscritos de los anos 1995, 1996, 1997, 1998 y Resolucion de Alcaldia Nº 048-98 situacion que no permite orientar adecuadamente los recursos municipales a los verdaderos fines establecidos por la Ley Organica de Municipalidades; Que las Actas paritarias suscritas por la municipalidad con el Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad Distrital de Marcona al ano 1998 y las celebradas desde esta fecha hasta el ano 1995 deviene nulas de pleno derecho en aplicacion del Art. 43º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos - D.L. Nº 26111 aprobado por el D.S. Nº 002-94-JUS por no haber contado con la opinion favorable de la comision tecnica y no haberse sujetado al procedimiento establecido por ley; Que conforme al Art. 113º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos - D.L. Nº 26111 se establece la facultad de la Administracion Publica para declarar la nulidad de las resoluciones administrativas el mismo que prescribe a los seis (6) meses, contados a partir de la fecha en que MORDAZA quedado consentidas por lo que corresponde al Poder Judicial declarar la nulidad de las Actas de trato directo del ano 1995 al 1998 y la Resolucion de Alcaldia Nº 048-98; Estando a lo expuesto de conformidad con los DD.SS. Nºs. 003-82-PCM, 026-82-JUS y 070-85-PCM en concordancia con las Leyes anuales del Presupuesto del Sector Publico y D.S. Nº 074-95-PCM referente a disposiciones referidas a las transferencias de funciones desempenadas por el INAP, Art. 2, Art. 3.- a partir de la fecha de vigencia del presente dispositivo legal la Negociacion Colectiva en los Gobiernos Locales se efectuara bilateralmente conforme a las Normas Legales presupuestales correspondiente y a las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Suspender todo pago o acto administrativo conforme a las Actas de trato directo suscritas por la municipalidad con el Sindicato de los Trabajadores de la Municipalidad de Marcona, con anterioridad a 1998. Articulo Segundo.- Demandar judicialmente la nulidad de la Resolucion de Alcaldia Nº 048-98 y las Actas de trato directo anos 1995, 1996, 1997, 1998.

Articulo Tercero.- Oficiese a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), Contraloria General de la Republica, Municipalidad Provincial de Nasca con los antecedentes expuestos en la parte considerativa para los fines pertinentes. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion Municipal, Oficina de Personal el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 7168

MUNICIPALIDAD DE PAUCARPATA MORDAZA
Aprueban adquisicion directa de insumos destinados al Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 034-99-MDP Paucarpata, 24 de MORDAZA de 1999 VISTO: El Informe Nº 36-99-DM-MDP, emitido por la Direccion Municipal con fecha 18 de MORDAZA de 1999; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0229-99MDP, del 1 de marzo de 1999, se declaro la necesidad de llevar a cabo una licitacion publica para la adquisicion de insumos destinados a atender el Programa Vaso de Leche que administra la Municipalidad Distrital de Paucarpata, designandose el Comite Especial encargado de llevar adelante el proceso; asimismo, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0355-99-MDP se aprobaron las bases correspondientes al proceso; Que efectuada la primera convocatoria, esta se ha declarado desierta al haberse constatado la participacion de menos de 2 postores; Que la MORDAZA convocatoria ha fijado el dia 17 de junio como fecha para la MORDAZA y apertura de sobres, razon por la que, para poder atender la distribucion de raciones correspondientes al mes de MORDAZA, se ha solicitado la aprobacion de la adquisicion directa por situacion de urgencia, conforme lo permiten los Articulos 19º inciso c), 20º inciso c) y 21º de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; Por acuerdo adoptado en sesion del 22 de MORDAZA del ano en curso; SE RESOLVIO: Articulo Primero.- Aprobar, por situacion de urgencia, la realizacion de un MORDAZA de Adquisicion Directa de insumos destinados a atender la distribucion de raciones del Programa Vaso de Leche correspondiente al mes de mayo. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente segun lo dispuesto en el ultimo parrafo del Articulo 20º de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Articulo Tercero.- Poner la presente en conocimiento de la Direccion Municipal, Area de Contabilidad, Area de Tesoreria y Area de Abastecimiento. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 7166

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