Norma Legal Oficial del día 03 de Junio del año 1999 (03/06/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 3 de junio de 1999

me al Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado. Segundo.- En el area natural "Poza de La Arenilla", queda prohibida la ejecucion de obras o la realizacion de todo MORDAZA de actividades que no cuenten con la autorizacion previa del Concejo Distrital de La Punta. Tercero.- Hacer de conocimiento publico el presente acuerdo y transcribirlo al Concejo Provincial del Callao, CORDELICA, Ministerio de Defensa (Sector Marina), Ministerio de Pesqueria, Superintendencia de Bienes Nacionales, INRENA y demas entidades que se estimen convenientes. POR TANTO: Mando se de cumplimiento al presente acuerdo. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA 7226

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Aprueban contratacion del Servicio de Recepcion Final de Residuos Solidos mediante el procedimiento de Adjudicacion Directa de menor cuantia
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 01942-99 Los MORDAZA, 1 de junio de 1999 VISTOS: Los Informes Nº 092-99-MDLO/DSC de la Direccion de Servicios a la Comunidad y Nº 244-99-MDLO/ OAL de la Oficina de Asesoria Legal, la Carta Notarial de fecha 28 de MORDAZA de 1999 remitida por la Empresa MORDAZA Upaca S.A. - RELIMA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante informe de vistos, el Director de Servicios a la Comunidad informa que la Empresa MORDAZA Upaca S.A. - RELIMA, mediante Carta Notarial, ha expresado su decision de impedir el ingreso de las unidades recolectoras de residuos solidos del distrito de Los MORDAZA al Relleno Sanitario de Zapallal, decision que hizo efectiva los dias 4 y 7 de MORDAZA ultimo, causando un retraso en el servicio de recoleccion de residuos solidos que se brinda a la poblacion. En tal sentido solicita se declare en situacion de urgencia el servicio de recepcion de la disposicion final de los residuos solidos en el distrito, por un espacio de 3 meses y en tanto continue el problema precitado; Que, a traves de la Carta Notarial C.292/99, recepcionada el 31 de MORDAZA de 1999 como Expediente Nº 008746, la Empresa MORDAZA Upaca S.A. - RELIMA, reiterando lo expresado mediante Carta Notarial Nº 201/99, expresa que a partir del 1 de junio de 1999, solo se efectuara la disposicion final de los residuos solidos en los Rellenos Sanitarios "El Zapallal" y "Portillo Grande", segun sea el caso, provenientes de los distritos que paguen directamente a dicha empresa por dicho servicio; Que, la Oficina de Asesoria Legal, a traves del Informe Nº 244-99-MDLO/IOAL, senala que la Municipalidad no esta obligada a efectuar ningun pago a la Empresa MORDAZA Upaca S.A. - RELIMA por cuanto no la une con esta ningun vinculo contractual, en tanto que mientras dure el MORDAZA de Concurso Publico para la contratacion del servicio de recepcion final de residuos solidos (lo cual implica preparacion de bases, designacion del Comite Especial, venta de Bases, Consultas, etc.), solo podria contratarse via Adjudicacion Directa hasta por un monto de S/. 15,000.00, lo cual es insuficiente por lo que el servicio precitado se veria afectado perjudicando de esta forma la salud publica y la limpieza en el distrito. En tal sentido, opina que en aplicacion de lo dispuesto en el Articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, procede declarar en situacion de urgencia el servicio de recepcion final de residuos solidos en el distrito de Los MORDAZA por un periodo de tres meses, exonerando de esta manera a la Municipalidad, de la obligacion de contratar el mismo via Concurso Publico, conforme lo dispuesto en el Articulo 19º, inciso c), del precitado dispositivo. En tal sentido, senala la Oficina de Asesoria

Legal que debe emitirse la correspondiente Resolucion de Alcaldia a publicarse en el Diario Oficial El Peruano y haciendose de conocimiento de las entidades a que se refiere el Articulo 19º, penultimo parrafo de la Ley Nº 26850. Asimismo la contratacion del precitado servicio se MORDAZA via adjudicacion directa de menor cuantia conforme lo facultan los Articulos 13º y 20º de la precitada ley; Que, las Municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; Que, conforme a lo estipulado por los Articulos 66º, inciso 12), y 71º, inciso 4), es funcion de las Municipalidades Distritales en materia de poblacion, salud y saneamiento ambiental, ejecutar, sostener o supervigilar, por lo menos, el servicio de limpieza publica, ubicar las areas para la acumulacion de basura y/o el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado Nº 26850, en su Articulo 19º, inciso c), establece que estan exoneradas de Licitacion Publica y Concurso Publico las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas. Asimismo, el Articulo 21º del precitado dispositivo senala que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia de un bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial o de operaciones productivas; o cuando la utilizacion de licitacion o concurso no cumpla funcion alguna, debido a que los bienes no admiten sustitutos o existiendo sustitutos, estos pueden afectar negativamente el servicio o MORDAZA productivo; Estando a lo informado, contando con el visto MORDAZA de la Direccion de Servicios a la Comunidad, Oficina de Asesoria Legal, Oficina de Administracion y Direccion Municipal y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 47º, inciso 6), de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA, por un periodo de 3 (tres) meses, la prestacion del servicio de recepcion final de residuos solidos en la jurisdiccion del distrito de Los MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- APROBAR, la contratacion del Servicio de Recepcion Final de Residuos Solidos por el periodo a que se refiere el articulo precedente, mediante el procedimiento de Adjudicacion Directa de menor cuantia. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina de Administracion y Direccion Municipal, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, y a la Oficina de Secretaria General el hacerla de conocimiento del Ministerio de Economia y Finanzas, la Contraloria General de la Republica y Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 7269

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Establecen Derecho de Estacionamiento Vehicular en el distrito
ORDENANZA Nº 023-MDLV La MORDAZA, 31 de MORDAZA de 1999 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto; en sesion ordinaria de Concejo de fecha 17 de MORDAZA de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir con-

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