Norma Legal Oficial del día 13 de Junio del año 1999 (13/06/1999)


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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, MORDAZA 13 de junio de 1999

de 1999, ascendente a 5.53 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), dentro del termino establecido en el Articulo 3º de dicha resolucion, encontrandose acreditado su acceso a dicho beneficio dado que la infraccion sancionada fue cometida MORDAZA de la expedicion del Decreto Supremo Nº 005-98-PE, por lo que su solicitud resulta procedente; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 005-98-PE, en concordancia con lo establecido en las Resoluciones Ministeriales Nºs. 180 y 228-98-PE; Estando a lo acordado en el Acta de la Comision de Sanciones Nº 009-99-PE/CS de fecha 11 de junio de 1999; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar PROCEDENTE el fraccionamiento de pago solicitado por PESQUERA MORDAZA S.A.C., respecto de la multa ascendente a 5.53 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), impuesta mediante Resolucion Comision de Sanciones Nº 118-99-PE/CS del 25 de MORDAZA de 1999. Articulo 2º.- El pago fraccionado de la multa sera efectuado en seis (6) cuotas mensuales de 0.971 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) cada una, monto que incluye el interes compensatorio correspondiente al 50% de la Tasa Activa para Moneda Nacional (TAMN), disponiendose que el pago de las referidas cuotas mensuales tendra como fechas de vencimiento el dia 14 de cada mes, iniciandose dicho periodo el dia 14 de junio y concluyendo el dia 14 de noviembre de 1999. Articulo 3º.- El importe de las cuotas debera ser abonado en el Banco de MORDAZA, Cuenta Corriente Nº 00-044-107-0018-57 MINISTERIO DE PESQUERIA, siendo que el incumplimiento del pago a la fecha limite de dos (2) cuotas consecutivas o tres (3) alternas, conduciran a la extincion automatica del beneficio otorgado, aplicandose al monto de la multa el interes moratorio desde la fecha de su exigibilidad, ascendente al 15% de la Tasa Activa para Moneda Nacional (TAMN) vigente a la fecha del incumplimiento; los pagos efectuados durante el fraccionamiento se computaran como pagos a cuenta y seran descontados del monto total adeudado resultante de aplicar a la multa impuesta los intereses compensatorios, el saldo insoluto que resulte de tal operacion sera materia de cobro coactivo. Articulo 4º.- La recurrente debera acreditar el deposito correspondiente al pago de cada cuota mensual ante la Comision de Sanciones, dentro de un plazo MORDAZA de cinco (5) dias calendario, contados a partir de la fecha de vencimiento de cada cuota. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Pesqueria. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ZUZUNAGA ZUZUNAGA Presidente de la Comision de Sanciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembro Deliberante de la Comision de Sanciones JANINNE MORDAZA MORDAZA Miembro Deliberante de la Comision de Sanciones 7725

1º.- Oficializar el "II Congreso Internacional de Anestesia Cardiovascular", organizado por la Sociedad Peruana de Anestesiologos Cardiovasculares, evento que se realizara en la MORDAZA de Ica, del 21 al 22 de agosto de 1999. 2º.- La presente Resolucion no irrogara gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 7752

Autorizan viaje de funcionario de la Subdireccion de MORDAZA MORDAZA y Oceania del Ministerio, a Japon, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 253-99-RE MORDAZA, 11 de junio de 1999 De conformidad con el inciso b) del Articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de MORDAZA de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, a la MORDAZA de Tokio, Japon, del Primer Secretario en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA Tenya Hasegawa, Jefe del Departamento de China, Corea y Japon de la Sub-Direccion de MORDAZA MORDAZA y Oceania, del 7 al 13 de junio de 1999. 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion por concepto de pasajes US$ 1,287.44, de viaticos US$ 2,080.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion o liberacion de impuesto de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica

SALUD Oficializan el II Congreso Internacional de Anestesia Cardiovascular que se Aprueban Normas para la Aplicacion llevara a cabo en la MORDAZA de Ica del MORDAZA de Concurso para cubrir RESOLUCION SUPREMA Jefaturas de Departamentos y ServiNº 251-99-RE cios de los Hospitales e Institutos EsLima, 11 de junio de 1999 pecializados y Jefaturas de Centros de Teniendo en cuenta el Oficio SA-DVM Nº 522-99, del Viceministro de Salud, de 25 de MORDAZA de 1999, mediante el Salud cual solicita la oficializacion del "II Congreso Internacional de Anestesia Cardiovascular", organizado por la Sociedad Peruana de Anestesiologos Cardiovasculares, evento que se realizara en la MORDAZA de Ica, del 21 al 22 de agosto de 1999; De conformidad con el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 0006-76-RE, de 27 de octubre de 1976; y, el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; RESOLUCION MINISTERIAL Nº 288-99-SA/DM MORDAZA, 11 de junio de 1999 Visto el Oficio SA-OGP-Nº 098-99 de la Oficina General de Planificacion;

RELACIONES EXTERIORES

MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 7772

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