Norma Legal Oficial del día 13 de Junio del año 1999 (13/06/1999)


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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 13 de junio de 1999

Que, el Art. 36º del Codigo Tributario aprobado por Decreto Legislativo Nº 816 modificado por la Ley Nº 27038, faculta a la Administracion Tributaria a otorgar fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria del deudor tributario que asi lo solicita, siempre y cuando este cumpla con los requerimientos y garantias que la Administracion establezca mediante resolucion; Que, el Edicto Nº 001-98 aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad, y ante estas funciones y/o atribuciones confiere a la Direccion de Rentas el control de la recaudacion de los ingresos por concepto de tributos administrados por esta, ademas de multas administrativas, asi como la potestad de cancelar fraccionamiento de la deuda; De conformidad con lo expuesto; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de Fraccionamiento de las deudas Tributarias y no Tributarias por la Municipalidad o cuya cobranza le sea encomendada, el cual consta de cuatro capitulos, 22 articulos, una disposicion complementaria, una disposicion transitoria y una disposicion final. Articulo 2º.- El presente Decreto entrara en vigencia a partir del dia habil siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 7738

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIN
Facultan a la Administracion Municipal aceptar mediante convenio el canje de deudas tributarias por bienes y/o servicios
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-99-MDSPL San MORDAZA de Lurin, 3 de junio de 1999 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIN POR CUANTO: Visto en sesion ordinaria de fecha 2 de junio del ano en curso, el Informe Nº 208-99-OAJ/MDSPL de la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, se vienen presentando diversas solicitudes de contribuyentes que tienen adeudos con la Municipalidad por concepto de tributos, quienes al no tener la capacidad economica con dicha obligacion ofrecen el canje de la deuda con bienes y/o servicios. Que, es politica de la presente Administracion Municipal brindar a sus contribuyentes facilidades para que puedan cumplir con las obligaciones tributarias municipales, por lo que es necesario para tal efecto establecer un procedimiento adecuado para dar tramite a estos pedidos, el mismo que debera atenerse a las disposiciones legales que a continuacion se indican e implementandolo a traves de una Comision Tecnica integradas por funcionarios de este organo local. Que, el ultimo parrafo del Art. 32º del Codigo Tributario aprobado por D. Ley Nº 816, establece que mediante Decreto Supremo se podra disponer el pago de tributos en especie. Que el acotado dispositivo puede aplicarse por analogia a los tributos que administra la Municipalidad,dado que esto solo suplira la ausencia de regularizacion de aspectos sustantivos o formales de la MORDAZA Tributaria, siempre que ello no implique aplicar tributos, sanciones o conceder exoneraciones no previstas en la ley. Que de acuerdo a lo establecido en el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal la funcion normativa, la que se efectuara entre otros dispositivos por las ordenanzas, las cuales tienen rango de ley conforme a lo dispuesto en el numeral IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario. Que, al tratarse de una regularizacion de pago no se encuentra incluido dentro de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 211 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por lo cual no se debe someterse este procedimiento a la rectificacion por parte de la MORDAZA mencionada; Estando a lo expuesto y de conformidad con el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru, la MORDAZA IV y Art. 32º del Codigo Tributario, los Arts. 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, se aprueba la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- FACULTAR a la Administracion de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurin, para que mediante convenio acepte el canje de deudas tributarias por bienes y/o servicios como medio de pago total o parcial de las obligaciones tributarias acumuladas al 31.12.98, cuyos montos de pago MORDAZA superiores a dos Unidades Impositivas Tributarias UIT, para el ano 1999, previa evaluacion y calificacion de la Comision Tecnica de Funcionarios que se designara para este objetivo. Articulo Segundo.- ESTABLECER que los bienes y/o servicios que se soliciten en canje por las obligaciones tributarias, deben estar comprendidos dentro de nuestro plan anual de adquisiciones y contrataciones del presente ano. Articulo Tercero.- FACULTAR al senor MORDAZA para que emita las disposiciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA WEBERHOFER VILDOSO MORDAZA 7622

Disponen celebrar matrimonio masivo en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-99-MDP Pucusana, 25 de MORDAZA de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA DE LA PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, en Sesion de Concejo de fecha 24 de MORDAZA de 1999, se acordo llevar a cabo el Matrimonio Masivo para el dia 26 de junio de 1999; Que, en aras de regularizar la situacion conyugal de innumerables parejas de convivientes que habitan en el distrito; Y, al MORDAZA de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 en las facultades que le confiere a la Alcaldia en el Art. 47º; SE RESUELVE: 1º.- Procedase a celebrar el Matrimonio Masivo, para el dia 26 de junio de 1999, a horas 12.00 m., en el local de la Biblioteca Municipal, para lo cual se exonerara de los pagos por Derecho y Formato de Matrimonio Civil; publicandose el Edicto Matrimonial en la Municipalidad de Pucusana conforme a Ley. 2º.- Encarguese a la Jefatura de Registro Civil, de solicitar los siguientes requisitos: a) Partidas de Nacimiento de ambos, recientemente expedida b) Certificados de Salud y Domiciliario de ambos c) Documento de identidad legalizado de ambos 3º.- Encarguese el Departamento de Rentas, de tener en cuenta lo establecido en el primer punto, de la presente disposicion. 4º.- Los gastos que genere dicha celebracion seran cargados a la partida correspondiente. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 7731

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