Norma Legal Oficial del día 30 de Junio del año 1999 (30/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, miercoles 30 de junio de 1999

NORMAS LEGALES

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2º.- La obligacion tributaria nace la momento de estacionar el vehiculo en las zonas reservadas para Estacionamiento Vehicular, en el horario de 6.00 a 18.00 horas. El pago debera efectuarse MORDAZA que el conductor se retire de la MORDAZA de estacionamiento. 3º.- Son deudores tributarios en calidad de contribuyentes, los conductores de los vehiculos motorizados que estacionen en las zonas de parqueo indicadas en el Articulo primero. Las personas que aparezcan como titulares de las tarjetas de propiedad de los vehiculos estacionados, son responsables solidarios por el pago del tributo debidamente actualizado. 4º.- Las Zonas de Parqueo aprobadas mediante la presente Ordenanza, estan ubicadas en las Playas MORDAZA, Barlovento y Conchan del distrito. 5º.- Fijese la Tasa por Estacionamiento Vehicular en 0.0357 % de la UIT vigente, por cada media hora o fraccion, siendo su equivalente en S/. 1.00 (UN MORDAZA SOL) para el presente Ejercicio. 6º.- Establecer la Tasa Unica de Estacionamiento de Vehiculos por dia, cuando se haga uso del servicio mayor a dos horas y media por cada vehiculo, en 0.179 % de la UIT, siendo su equivalente a S/. 5.00 (CINCO NUEVOS SOLES) para el presente Ejercicio. 7º.- El pago de la tasa incluye el parqueo de vehiculos, la senalizacion, identificacion de los espacios y servicio de vigilancia. 8º.- Declarar inafectos al pago del derecho de parqueo municipal a los conductores de: ambulancias, vehiculos de las Companias de Bomberos y Defensa Civil, vehiculos de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional, vehiculos que presten servicio de serenazgo (Seguridad Ciudadana) y vehiculos de propiedad de la Municipalidad de MORDAZA El Salvador. Para que proceda la inafectacion, los conductores deberan encontrarse en cumplimiento de sus funciones. 9º.- El rendimiento del tributo, constituye renta propia de la Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA, encargandose la recaudacion y administracion de los recursos a la Agencia Municipal Nº 1. 10º.- Encargar al MORDAZA, aprobar las normas complementarias, mediante Decreto de Alcaldia, para la mejor aplicacion y cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. R. MORDAZA PUMAR MORDAZA MORDAZA 8418

el ano 1991, no teniendo representacion legal el Comite Directivo actual, en la fecha de suscripcion del Contrato de Cesion MORDAZA mencionado; Que, la Municipalidad como organo de gobierno local y que MORDAZA por el interes y patrimonio de la Comunidad, debe salvaguardar los intereses de esta ultima; Que, el inmueble destinado al Local Comunal Central de la CUAVES, debe cumplir sus fines para el que ha sido destinado y considerado asi mediante Resolucion de Alcaldia Nº 2832 de fecha 29 de diciembre de 1986, expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Estando a lo solicitado y en uso de las facultades contenidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE DECRETA: Articulo 1º.- DECLARESE como PATRIMONIO HISTORICO intangible, el Local Central de la COMUNIDAD MORDAZA AUTOGESTIONARIA DE MORDAZA EL MORDAZA - CUAVES, ubicado en el Sector 2, Grupo Residencial 4. Manzana N, Av. MORDAZA Velasco MORDAZA jurisdiccion de este distrito, cuya area es de: 3,218.00 m2. Articulo 2º.- Transcribir el presente Decreto a la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal -COFOPRIy al Ministerio de la Presidencia. para lo que fuera de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. R. MORDAZA PUMAR MORDAZA MORDAZA 8425

Aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 009-99/MVES MORDAZA El MORDAZA, 24 de junio de 1999 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA Visto en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 24 de junio de 1999 el Informe Nº 001 - de la Comision Especial de elaboracion y seguimiento del MORDAZA, sobre el Texto Unico de Procedimientos Administrativos 1999. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto al Art. 22º del Decreto Legislativo Nº 757 Ley MORDAZA para el crecimiento de la Inversion Privada, se ha establecido la obligatoriedad para todas las entidades de la Administracion Publica de aprobar y publicar en el Diario Oficial El Peruano, a mas tardar el 30 de junio de cada ano su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos, (TUPA); Que, con Resolucion de Alcaldia Nº 243-99/MVES de fecha 24 de marzo de 1999, se conforma una Comision Especial con el objeto de elaborar, implementar y realizar un seguimiento del TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA); Que, habiendo recibido el Informe de la Comision Especial con la elaboracion del Proyecto - MORDAZA, es necesario aprobar el MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, en aplicacion a lo dispuesto en el reglamento de las disposiciones de Seguridad Juridica en materia administrativa contenida en la Ley MORDAZA para el crecimiento de la Inversion Privada; Estando a lo informado por la Comision y a lo dispuesto en el Art. 109º de la Ley Organica de las Municipalidades Nº 23853, el Decreto Legislativo Nº 757 Ley MORDAZA para el crecimiento de la Inversion Privada y el Art. 36º del Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria legal del Concejo; SE ORDENA: Articulo Primero.- Aprobar el MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos que consta de 114 Procedimientos Administrativos, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y/o su ratificacion por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Tercero.- Deroguese la Ordenanza Municipal Nº 010-98/MVES, de fecha 25-6-98, que aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos 1998 y cualquier disposicion que se oponga a la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. R. MORDAZA PUMAR MORDAZA MORDAZA

Declaran como Patrimonio Historico Intangible el local Central de la CUAVES
DECRETO DE ALCALDIA Nº 017-99-ALC/MVES MORDAZA El MORDAZA, 17 de junio de 1999 Visto; El Expediente Administrativo Nº 05050-99, presentado por el CONSEJO DE VIGILANCIA DE LA COMUNIDAD MORDAZA AUTOGESTIONARIA DE MORDAZA EL MORDAZA -CUAVES- y la COMISION ESPECIAL MULTISECTORIAL-CUAVES, relativo a la Declaracion de Patrimonio Comunal del terreno del local Central de la CUAVES; CONSIDERANDO: Que, con expediente senalado en la parte considerativa, los recurrentes se apersonan a esta Municipalidad, dando a conocer que el Consejo Directivo de la CUAVES, presidido por don: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha cedido en uso parte del local Central de la CUAVES, ubicado en el Sector 2, Grupo Residencial 4, Manzana N, Av. MORDAZA Velasco MORDAZA de este distrito a la Empresa ELEKTRA DEL PERU S.A., comprometiendo el derecho de la comunidad que tiene sobre dicho inmueble, cuya area total es de: 3,218.00 m2 y sin contar con la expresa autorizacion de los organos correspondientes de la misma; Que, de la revision de todo lo actuado se tiene que la denominada COMUNIDAD MORDAZA AUTOGESTIONARIA DE MORDAZA EL MORDAZA -CUAVES- a traves de don: IRENIO JESUSI DE LA MORDAZA y OTROS, ha otorgado en usufructo a favor de ELEKTRA DEL PERU S.A., parte del terreno del Local Central senalado en el primer considerando, mediante Escritura Publica de fecha 27 de MORDAZA de 1999, celebrado ante el Notario Publico de MORDAZA Dr. MORDAZA BARTRA VALDIVIESO, asimismo segun MORDAZA literal de la Ficha Nº 6840 expedido por los Registros Publicos de LimaPersonas Juridicas, la Junta Directiva de la Asociacion Civil: COMUNIDAD MORDAZA AUTOGESTIONARIA DE MORDAZA EL MORDAZA -CUAVES, se encuentra inscrita solo hasta

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