Norma Legal Oficial del día 04 de Marzo del año 1999 (04/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, jueves 4 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES
RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIA FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA : : : :

Pag. 170497
HUANUCO-OXAPAMPA y viceversa MORDAZA OXAPAMPA CERRO DE PASCO - SAN MORDAZA DE MORDAZA - TARMA - SAN MORDAZA - LA MORDAZA : CERRO DE PASCO - SAN MORDAZA DE MORDAZA - TARMA - SAN MORDAZA - LA MORDAZA : Una (1) interdiaria : Tres (3) omnibus

Segundo.- Designar a la Eco. MORDAZA PARRAVICINI MORDAZA, como Fedataria Suplente del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones ­ INICTEL, por un periodo de dos (2) anos, a partir del 3 de febrero de 1999. Tercero.- Los Fedatarios a que se refieren los articulos anteriores desempenaran las funciones de autenticar copias de documentos que el publico usuario y los propios trabajadores y ex trabajadores del INICTEL presenten para su utilizacion, en los procedimientos y/o tramites pertinentes, dentro del INICTEL. Cuarto.- Los Fedatarios del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones ­ INICTEL quedan obligados a llevar un registro y archivo de los documentos y actos que realicen en ejercicio de las funciones encomendadas, las que tendran una duracion de dos (2) anos a partir de la fecha indicada en el Articulo 1º. Quinto.- Dejese sin efecto las designaciones de Fedatarios que se hubieran efectuado con anterioridad, a la expedicion de la presente resolucion. Sexto.- Remitase MORDAZA al Ministerio de Relaciones Exteriores, para su conocimiento y al Diario Oficial El Peruano para su publicacion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo -INICTEL2865

: Dos (2) omnibus: UP-2658 (1987) y VP-1704 (1984) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus: VP-1306 (1991) HORARIOS : Salidas de Huanuco:06.00 horas lunes, miercoles y viernes Salidas de Oxapampa:06.00 horas martes, jueves y MORDAZA

Otorgan concesion de ruta a empresa para que preste servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 231-99-MTC/15.18 MORDAZA, 19 de febrero de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 00187010, organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA S.R.Ltda., sobre Concesion de ruta: HUANUCO-OXAPAMPA y viceversa e Informe Nº 112-99-MTC/15.18.04.1.RCM, de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la referida empresa mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesion de ruta: Huanuco-Oxapampa y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95MTC; Que, en el Informe Nº 112-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97MTC, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA S.R.Ltda., la concesion de la ruta: HUANUCOOXAPAMPA y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos:

La tarjeta de circulacion sera expedida en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0595-MTC; caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del citado reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 2897

Autorizan a empresa de transportes ampliacion de ruta, sustitucion e incremento de flota vehicular
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 233-99-MTC/15.18 MORDAZA, 19 de febrero de 1999 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 02982010 y 03944010 organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES ROGGERO TOURS S.A., sobre ampliacion de ruta, escala comercial, sustitucion e incremento de flota vehicular y el Informe Tecnico Nº 103-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la Empresa de Transportes ROGGERO TOURS S.A., mediante los expedientes indicados en vistos y al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, ha solicitado ampliacion de ruta MORDAZA - Chimbote y viceversa otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 165-89-MTC/15.15 del 27 de diciembre de 1989 hasta la MORDAZA de MORDAZA, asi como el establecimiento de escala comercial en la MORDAZA de Chimbote, la sustitucion de flota vehicular del omnibus de placa de rodaje UO-4330 por el omnibus de placa de rodaje UO-7358 e incremento de flota vehicular con

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