Norma Legal Oficial del día 12 de Marzo del año 1999 (12/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, viernes 12 de marzo de 1999
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 007-97-TR de 10 de enero de 1997, se constituyo la Comision Consultiva de Trabajo de este Ministerio, integrada por profesionales y especialistas de reconocida capacidad y experiencia; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluidas las funciones de la Comision Consultiva de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, dandose las MORDAZA a cada uno de sus integrantes por la importante colaboracion brindada en forma Ad Honorem. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MUFARECH NEMI Ministro de Trabajo y Promocion Social 3411 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 049-99-TR MORDAZA, 10 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 045-96-TR de 17 de MORDAZA de 1996, se constituyo la Comision Consultiva de Promocion Social de este Ministerio, integrada por profesionales y especialistas de reconocida capacidad y experiencia; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluidas las funciones de la Comision Consultiva de Promocion Social del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, dandose las MORDAZA a cada uno de sus integrantes por la importante colaboracion brindada en forma Ad Honorem. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MUFARECH NEMI Ministro de Trabajo y Promocion Social 3412

reglamento, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0595-MTC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-98-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTES "TURISMO HUARAL S.A." la concesion de la ruta: MORDAZA CHANCAY y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de esta resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: RAZON SOCIAL RUTA ORIGEN DESTINO FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA : "TURISMO HUARAL S.A." : : : : : MORDAZA - CHANCAY y viceversa MORDAZA REGION: ----CHANCAY REGION: ----Siete (7) diarias Tres (3) omnibus

: Dos (2) omnibus: UH-2120 (1981) y UI-3922 (1982) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus: UI-9564 (1981) HORARIOS : Salida de Lima: 06.00, 08.30, 11.00, 13.30, 16.00, 18.30 y 21.00 horas Salida de Chancay: 06.00, 08.30, 11.00, 13.30, 16.00, 18.30 y 21.00 horas

MTC
Otorgan concesion a empresas para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 249-99-MTC/15.18 MORDAZA, 19 de febrero de 1999 VISTOS, el expediente de Registro Nº 00201010 organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES "TURISMO HUARAL S.A.", sobre Concesion de Ruta: MORDAZA - Chancay y viceversa, e Informe Nº 108-99-MTC/15.18.04.1.atr, de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes "TURISMO HUARAL S.A.", mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesion de la ruta: MORDAZA CHANCAY y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, mediante el Informe Nº 108-99-MTC/15.18.04.1.atr, se indica que la referida empresa ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido

La tarjeta de circulacion sera expedida en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95MTC; en caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del citado reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 3329 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 250-99-MTC/15.18 MORDAZA, 19 de febrero de 1999 VISTO, el Expediente de Registro Nº 00211010, organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES LOS CANARIOS S.R.L., sobre nueva concesion de ruta: Lima-Tarma y viceversa e Informe Nº 091-99-MTC/15.18.04.1 de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la EMPRESA DE TRANSPORTES LOS CANARIOS S.R.L., mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado concesion en la ruta: LIMA-TARMA y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC.

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