Norma Legal Oficial del día 29 de Marzo del año 1999 (29/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, lunes 29 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

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raciones y unidades inmobiliarias pendientes de adjudicacion a que se contraen las Resoluciones Ministeriales Nºs. 263-96/PRES y 088-98/PRES. Formara parte del Acta de Transferencia que suscriban MORDAZA empresas el informe que para el efecto ENACE en liquidacion debera presentar al BANMAT, en el que se detallaran las acciones llevadas a cabo con relacion a dicha cartera. La transferencia dispuesta comprendera la cartera de recuperaciones, unidades inmobiliarias pendientes de adjudicacion y el acervo documentario referido a dicha cartera. TITULO VII DE LOS PROCESOS DE LIQUIDACION DEL FONAVI Y DESACTIVACION DE LA UTE-FONAVI Articulo 25º.- La COLFONAVI aprobara los respectivos Presupuestos para la atencion de las inversiones y gastos a que se contraen los literales b) y e) del Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 094-98-EF. Articulo 26º.- Los gastos de inversion que deban efectuarse para la conclusion de las obras correspondientes a proyectos y/o programas financiados con recursos del FONAVI en MORDAZA de ejecucion al 27 de agosto de 1998, seran atendidos con cargo a los recursos de dicho Fondo en Liquidacion. El saldo financiero requerido para la culminacion de las obras en MORDAZA de ejecucion transferidas a FONCODES en cumplimiento de lo establecido en el numeral 5.1 del Articulo 5º de la Ley Nº 27044, sera atendido conforme a lo dispuesto por el Articulo 4º de la Ley Nº 26969. Las obligaciones de la UTE-FONAVI pendientes de pago asi como el costo operativo que demanden los procesos de liquidacion y desactivacion respectivamente, seran sufragados con fondos de la UTE-FONAVI, con excepcion de aquellos gastos que correspondan al MORDAZA de reclamacion a que se contrae el Articulo 12º del presente reglamento, los que seran atendidos con cargo a los ingresos del Fondo MIVIVIENDA. Articulo 27º.- La COLFONAVI continuara aplicando las estructuras de financiamiento aprobadas para cada proyecto y/o programa en ejecucion al 27 de agosto de 1998 que continuen a su cargo, incluida la relativa al porcentaje destinado a cubrir los costos de administracion del credito, los que constituiran ingresos de la UTE-FONAVI en desactivacion y seran destinados a atender los gastos administrativos propios del MORDAZA de liquidacion del FONAVI y de desactivacion de la UTE-FONAVI. Los gastos de supervision de los proyectos en ejecucion y/o elaboracion de estudios seran cargados al financiamiento de dichos proyectos. Articulo 28º.- La UTE-FONAVI en desactivacion, con cargo al FONAVI en Liquidacion, cancelara contablemente el valor de las viviendas construidas con recursos de dicho Fondo que han sido adjudicadas en cumplimiento de las Leyes Nos 23694, 23826 y 26607, el Decreto Ley Nº 25964 y el Decreto Supremo Nº 011-97-PRES. Articulo 29º.- El Ministerio de Economia y Finanzas podra autorizar a la COLFONAVI, conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, para transferir o vender mediante el procedimiento de subasta publica, previa tasacion del Consejo Nacional de Tasaciones CONATA, los bienes muebles de la UTE-FONAVI en desactivacion que no MORDAZA necesarios para la culminacion de sus procesos. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- UTE-FONAVI en desactivacion unicamente atendera los compromisos aprobados por el Consejo de Administracion de la UTE-FONAVI al 27 de agosto de 1998 para obras en ejecucion con el Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos ­ PRONAMACHCS del Ministerio de Agricultura. Los desembolsos que se efectuen seran con cargo a los recursos FONAVI en Liquidacion. Asimismo, PRONAMACHCS continuara efectuando la recuperacion de las inversiones FONAVI a su cargo y que no hayan sido materia de extincion de acuerdo a lo precisado por la Ley Nº 27044. Segunda.- Dentro de los treinta (30) dias calendario siguientes a la entrada en vigencia del presente reglamento, las Empresas Concesionarias de Distribucion de Electricidad y las Entidades Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado, o las que MORDAZA sus veces, bajo responsabilidad, deberan cumplir con trasladar a UTE-FONAVI en desactivacion el producto de la cobranza de los prestamos otorgados con recursos de dicho Fondo para obras de infraestructura MORDAZA de agua potable, alcantarillado y/o electrificacion que estuvieren pendiente de entrega, adjuntando para el efecto la informacion

individualizada de cobranza, con estricta sujecion al Convenio MORDAZA sobre Recuperacion de las Inversiones FONAVI. De no contarse con la informacion respectiva se aplicaran, para efectos de la determinacion de la liquidacion de pagos de los beneficiarios, las reglas generales de imputacion de pago previstas en el Codigo Civil. Tercera.- Corresponde a las personas naturales que hubieren cancelado el total de sus deudas al FONAVI MORDAZA de la vigencia de la Ley Nº 26969, ejercer sus derechos y acciones sobre instalaciones de distribucion electrica ante las respectivas empresas concesionarias, conforme a la normatividad legal vigente sobre la materia. Cuarta.- Para efectos de la determinacion del saldo resultante entre el costo de la conexion domiciliaria y los pagos efectuados por las personas naturales beneficiarias de prestamos FONAVI, la COLFONAVI podra suspender en forma temporal la cobranza correspondiente a los prestamos FONAVI otorgados para la ejecucion de obras de electrificacion. Quinta.- En un plazo no mayor de ciento veinte (120) dias calendario contados a partir de la entrada en vigencia del presente reglamento, ENACE en Liquidacion informara a la UTE-FONAVI en desactivacion, bajo responsabilidad, sobre el total de las cobranzas efectuadas, a nivel de prestatario individual, respecto a las colocaciones FONAVI a su cargo y no transferidas en su oportunidad a dicho Fondo. Igualmente, dentro de dicho plazo debera presentar la liquidacion financiera correspondiente a la Linea de Credito que, con recursos del FONAVI, se le otorgara para la ejecucion del Programa de Destugurizacion "Ventanilla 2". Para efectos de la recuperacion de dicha inversion tambien presentara a UTE-FONAVI en desactivacion, bajo responsabilidad, el Padron Definitivo de Prestatarios, debidamente sustentado con los respectivos Contratos Individuales. Sexta.- En tanto se concrete la transferencia en propiedad a favor del Banco de Materiales de la cartera de prestamos FONAVI canalizados a traves de ENACE (Programa de Creditos Supervisados y Programa de Viviendas Multifamiliares) a que hace referencia el numeral 11.1 del Articulo 11º de la Ley Nº 27044, UTE-FONAVI en desactivacion continuara con la administracion y recuperacion de dichas inversiones. Setima.- Para efecto de lo dispuesto en los Articulos 6º y 13º de la Ley Nº 27044 y, en merito a lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 803, modificado por Ley Nº 27046, UTE-FONAVI en desactivacion queda autorizada a suscribir los convenios que MORDAZA necesarios con la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI. Octava.- A partir de la vigencia de la Ley Nº 26969, corresponde a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT evaluar las solicitudes de devolucion por pagos indebidos y/o en exceso de la contribucion al FONAVI, asi como resolver sobre la procedencia de las mismas mediante la emision de una resolucion. En caso de ser procedente, la referida resolucion debera consignar el monto del tributo y los intereses correspondientes. La SUNAT remitira la resolucion a que se refiere el parrafo anterior al Fondo MIVIVIENDA, el cual debera girar los cheques correspondientes y ponerlos a disposicion de los contribuyentes en un plazo que no excedera de cinco (5) dias habiles. Lo dispuesto en los parrafos precedentes es de aplicacion a las solicitudes que se encuentren en tramite. 4137

Autorizan viaje de funcionario del OSIPTEL, para participar en eventos realizados en Brasil
RESOLUCION SUPREMA Nº 127-99-EF MORDAZA, 26 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta C.087 SG/99, el Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones -OSIPTEL- solicita se autorice el viaje de un funcionario a la MORDAZA

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